martes, 11 de junio de 2024

Bonares, en el Condado de Niebla en 1853.

 


 

  Este Ayuntamiento, recibe por parte de la Comisión Superior de Instrucción Primaria de esta provincia don José María de Cepeda como Presidente interino de ella.

   “Accediendo esta Comisión la fundada solicitud que, con fecha del 9 de este mes de agosto, le ha dirigido el Maestro titular de la Escuela primaria de primeras letras de este pueblo don José Carrasco, ha acordado decirle a usted, que teniendo derecho el interesado, que según la Ley para que además de su dotación actual es de 1,400 reales de vellón anuales, se tiene la obligación de facilitarle una casa habitación para sí y su familia, junto con los recursos necesarios para que la Escuela esté provista de los útiles y enseres que debe tener, disponga ustedes que desde el inmediato termine este mes de agosto se le satisfaga en su dotación exclusivamente de los fondos municipales al respecto a lo expresado los 1,400 reales de vellón, quedando además a beneficio del Maestro los 600 Rs. con que anualmente contribuye la “obra pía” que en este lugar existe; a fin de que con ello pueda satisfacer el alquiler de la casa que habita, y tener constantemente provisto el Establecimiento de los útiles para la enseñanza de los niños pobres, así como de los otros enseres comunes a todo lo que concurren a la Escuela”.

    “Lo que comunico al señor Alcalde para los efectos consiguiente.

  Dios guarde a usted muchos años en Huelva, agosto de 1853.”

       De la 2º Sesión de la Delegación Provincial, se atiende a esta correspondencia:

  “Don José Márquez, menor de esta vecindad, he acudido a esta administración esperando que, por los arrendatarios de Consumo de esta villa, que se ha decomisado un cerdo que mató el día 4 del corriente mes de noviembres. Y no habiéndose recibido de esta oficina las diligencias oportunas sobre este hecho, que se encuentra ordenada en el artículo nº 55 y 56 de la Real Decreto del 20 de junio del año pasado, por lo que les pido que es indispensable que les remita de vuelta de correo, la información que ha motivado los siguientes hechos”.

  Días después, el Regidor Síndico se dirige a esta Administración en representación de esta Alcaldía, dando explicación los motivos por los cuales se han requisado dicho cerdo a este joven local. Que ha formado la siguiente reclamación, es la de no pedir el permiso local reglamentario para su sacrificio dos días antes, como dicta las normas locales y se ponga en aviso al Técnico local Sanitario, para que este ejerza su vigilancia y examen correspondiente de su estado de salud del expresado animal para su consumo.

   De la Comandancia del 2º Tercio de la Guardia Civil de la Palma, se dirige a esta Alcaldía con la siguiente Circular por correo Oficial:

   Me consta que, en este pueblo hay varios sujetos que tienen armas sin estar autorizado con las oportunas licencias también hacen uso de ellas para la caza furtiva.

  Por lo tanto, perteneciendo este pueblo a la jurisdicción dela Línea de mi cargo, me ha parecido conveniente dirigirme a usted como Alcalde, para que tenga bien a disponer corregir este problema. Puesto que yo como Oficial de Rango, provengo a las fuerzas de mi mando que, en servicio de vigilancia, detenga aquellos vecinos que porten armas sin previa autorización, le serán requisadas y puesto a disposición de las Autoridades para que dicte la sentencia correspondiente, que puede llevar a varios meses de presidio”.

  “Haga usted por su parte publicar un Bando, en los sitios destinados para ello en este pueblo, con objeto que dicha información haga llegar al mayor número de vecinos y estos queden prevenidos”.

                                                                  

                      

  Dentro del pago de la Contribución Territorial, en la Sección 3º de este pueblo rescatamos algunas sobre los efectos de los bienes declarados como Riqueza imponible.

  Destacamos a la señora Ildefonsa Bautista, propietaria de una casa, varias besanas de tierra calma, higueras y huerto en el Marote, tiene un mulo y una burra, por lo que deberá de abonar la suma de 685 reales de vellón.

  Doña Matea Cintado, propietaria de poca tierra, tiene a su nombre una media casa y un jumento, por lo que tendrá que abonar 126 rs.

 Doña María Márquez, dispone de una casa, varios millares de viña y un mulo, abonará la suma de 487 rs.

  Doña Josefa Pulido, solo dispone de una casa, donde deberá de abonar la suma requerida de 165 rs.

  Doña Ángela Pulido, tiene en propiedad una casa, tierra de baldíos, olivos y viñas, cuentas con una mula para las labores por lo que supone abonar 537 rs.

   Doña Ana Patricio Pulido, una casa en propiedad, tierra de labor y tres vacas lecheras que suma el importe 583 rs.

   Doña María Díaz, tiene en propiedad media casa y varias higueras alojadas en el corral, abonará 60 rs.

  Doña Josefa Rodríguez, dispone media casa, con la de su cuñada, dispone de gallinas ponedoras para la venta de sus huevos.

  Señora viuda de José Martín, dispone de una casa, huerto y un pozo y una burra deberá de abonar 243 rs.

  Doña María Quintero, una de la más grandes propietaria de tierras de sembrado de cereales, viñas y olivos y utensilios de caña y mimbre, una casa de propiedad con un cerdo en la cochinera, deberá de abonar la suma de 1,478 rs.

  Doña María la O, tiene una casa en su nombre, tierra de campiña con almendros, y gallinas corraleras.

  Doña María Padilla, tiene en propiedad una casa y varias estacas de olivos.

  Doña Ana María Pulido, propietaria de varias besanas de cultivo de cereales.

   Doña Mariana Pérez, tiene media casa con higueras en el corral abonará 146 rs.

  Señora viuda de Cristóbal Martín Pavón, dispone de una casa en propiedad, y está dentro de las grandes propietarias en fanegas de terreno de huertas y frutales, tiene un cerdo en el corral deberán de abonar la suma de 2,007 rs.

                                                              

                                                              

                                                               Fabricando el jabón.

  Doña Salomé Carrasco, solo dispone de media casa, y ejerce como ama de cría, debiendo de abonar 136 rs.

 Doña Magdalena Pabón, media casa lo mismo que la anterior.

 Doña Salomé Romero, un portal de casa, tierra de secano y gallinas en el corral deberá de abonar 212 rs.

Doña María Martín Reinona, por su casa con higueras y gallinero deberá de abonar 228 rs.

  Doña Sebastiana Carrasco, dispone de una casa, tierra calma de cultivo, olivos y una mula, cuyo importe es 386 rs.

 Doña Isabel Martín, por su casa, tierras de labor de secano y un mulo deberá de abonar 786 rs.

 Doña Leonor Pabón, por media casa, 100 rs.

  Doña Mariana Moro, otra media casa 75 rs.

  Doña Sebastiana Barrera, dispone de una suerte de naranjo y limones, una casa y una mula.

  Doña Andrea Limón, tiene una casa, tierra de cultivos y una mula.

  Doña Paula Martín Quintero, manzanos, un jumento a pagar 59 rs.

  Doña Marcelina Barriga, tiene una casa, olivos y un tercio de la fábrica de jabón duro.

   Doña Catalina Quintero, una casa con gallineros, 318 rs.

   Doña Bárbara de los Santos, dispone de un portal de casa 90 rs.

   Doña María Pavón, una casa tasada en 138 rs.

   Doña Carmen García, tierra de siembra, y una casa con gallinero.

   Doña María Josefa Martín, dispone de media casa, olivos y viñas, deberá de abonar 220 rs.

    Doña Antonia Fernández, declara tierra y un jumento.

     Doña María Velo Charandela, una casa y por tierra de siembra abonará la suma de 256 rs.

    Doña Dorotea Carrasco, una casa, tierras y cuatro parejas de bueyes. Aportará 669 rs.

    Doña Ana Muñoz, declara una casa con gallinas en el corral.

     Doña Andrea Coronel, tiene dos casas, fanegas de tierra de cultivos, 7 cabeza de ganado mular, y 9 vacas lecheras abonará la suma de 2, 078 rs.

   Doña María Carrasco Melliza, tiene media casa con gallineros.

   Doña María Antonia Márquez, una casa y tierras de cultivos.

    Doña Dolores Moro, una casa con gallinero en el corral.

    Doña Paula Martín, una casa con gallinero, olivos y viñas donde abonara la suma de  1,034 rs.

    Doña María Fernández, por tierra 101 rs.

    Sr. Viuda de Ildefonso Martín, una casa y tierra de cultivos.

   Doña María Quejada, tiene media casa con higueras.

    Doña Juana Caballero, una casa con gallinero y tierra de labor.

    Doña María Martín Paredes, una casa y tierra de Cultivo.

   Doña Ana Coronel una casa y una suerte de olivos.

    Doña Juana Carrasco, con casa hacendada, deberá de aportar                               3,478 rs.

   Estas señoras, hace cerca de 180 años era las emprendedoras locales, como se demuestra con su contribución anual en beneficio de la vecindad.

José García Díaz.

 

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