Expediente de
un proceso judicial sobre una urca Sueca, detenido por un navío guarda costa en
las aguas de Mazagón, en el año de 1754, Y de cómo la Justicias Marítima, de
casi todos los puertos que comprende el llamado Golfo de Cádiz, sabían que este
navío "Corsario" se dedicaba al transporte de armas, y de caminos
habían abordados con pruebas a tres más embarcaciones que habían tropezado con el sueco.
Pero la Justicia
Marítima Española, después de un proceso de Consejo de Guerra, lo absuelven de
los delitos citados, dando entender que el navío Sueco, no era del todo
considerado" pirata" cómo podrían ser un Ingles o un francés ya que de
aquellos años viene una frase muy común
en los puertos andaluces lo de "hacerse el sueco" ya que éstos siempre estaban
dispuestos a prestar servicios a los españoles.
Don Miguel Agustín Carreño Caballero
de la Orden de Calatrava, Comendador de
Puerto, Teniente General de la Orden de sus Majestades, Gobernador Político
Militar y Comandante General de esta Plaza y de Ceuta = Hago saber a los
señores comandante reales, Ministros y Comisario Jueces de Marina,
Gobernadores, Corregidores ordinarios, Subtenientes especialmente los que están
sujetos al Ministro de Marina de Algeciras y del Campo de Gibraltar; a
quien presento mi causa contra Ricardo Orneex, que es el
Capitán del navío sueco de las armas de Westercuichk, que en concepto de la
Real Provisión y señores del supremo Consejo de Guerra ganado a instancia del
referido, el día veinte y tres de Diciembre del año pasado de mil setecientos
cincuenta y cuatro, para mi cometida sobre las averiguaciones de los presente
socios
Resumen de una parte
del expediente:
En concepto con la cual he mandado la
citada requisitoria en la forma que se pedía y que fue para la Justicia y Jueces
del departamento de Marina del Campo de
Gibraltar para ser comprobado los primeros documento con el fin de demandar y poner testimonio sobre la instrucción
para de hacer oficio y que se le
entregasen los originales con los autos extraídos para enseguida seguir la
justificación y entregada por los correspondientes a la ciudad de Cádiz;
pidiéndose al mismo tiempo por otro la atención a tener noticia clara sobre el vecindario de los cosarios y
otras gentes se ha hacían beneficiado por estos intereses instruidos en la
ciudad de Moguer donde es vecino don Basilio Tome Romero que inició la
instrucción e inició igualmente suplicando la parte correspondiente la parte a la pedida inquisitoria se entendiesen con
las demás Justicias o
Ministros de otras ciudades y otras
partes donde se presentarse para el mismo fin y que autoricen a los testigos,
que se señalasen; devolviéndose con la inquisitoria los autos para que no se
atrasen las verificaciones citadas, respectivo a la Instrucción los hechos sin
perjudicar la Real Justicia.
Por esto pido requisito para el citado
proceso digo mandar y mando que con seguridad
se cumpla la orden y se nombre a don Ricardo Felvo Oxmigo como apoderado del Capitán del navío
sueco mencionado, para que tenga toda ayuda necesaria.
Quedando admitido los antecedentes acumulado
y presentado por don Josehp de Quintana
Cevallo Ministro de la Marina de la Provincia de Ayamonte, en que comprende
este Puerto, por la que mando dase cumplimiento el despacho presentado por don Agustín Carreño Caballero de la Orden de
Calatrava, Comendador de Puerto y Procurador de la Plaza de Ceuta junto con
servida por parte de la ciudad de Tarifa, el cual expresó mencionado servicio; como Comisionado
en virtud de otra Real Provisión sobre
los principales socios o fiadores del armamento apresado del navío Sueco.
En la Ciudad de Moguer, siendo el día 2
de Abril de mil, setenta, cincuenta, y seis, el Sr Luis Manuel Leconte, Abogado
de los Reales Consejos, Subdelegado de la Marina, que habiendo visto el
expediente del Presidente de la Marina de la Provincia de Ayamonte, en que
comprende también este Puerto, mando el cumplimiento, para juntarla con la
expuesta por el Gobernador de la Plaza de Ceuta; la del Comendador de Tarifa;
el de Algeciras junto las de la Ciudad de Cádiz y la del Campo de Gilbraltar,
se le pasen todos los testimonio presentado al señor don Pedro Felvo Oxmico, acumulado por los años investigado.
De la fuente extraída del Archivo Histórico Municipal de Moguer.
Según la aportación recibida por parte de la
Justicia de la Ciudad de Cádiz, en atención de mi autoridad por tener de mi
parte la naturaleza y vecindario de los Corsarios y otros hechos que se han
instruido en la Ciudad de Moguer donde es vecino Bartolomé Romero que fue uno de los denunciantes de este proceso.
Por lo tanto: que el don Pedro Felvo Oxmigo Vez, con domicilio
en la Ciudad de Cádiz, apoderado de Don Ricardo Hoxneex de la nación Sueca,
Capitán del navío de las armas de Westercuichk después haber practicado las
diligencias en los diferentes puertos mencionados, los Señores del Reino y
Supremo mediante Consejo de Guerra, son absuelto en el proceso citado.
José García Díaz.
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