miércoles, 7 de octubre de 2015

Una nueva ley, de régimen local en Moguer.


                

                     Este curioso caso, sucedió el jueves 12 de julio de 1877.

       A través del   periódico "El Solfeo", primero y único diario de su índole que en España se publica, insertará en todos sus números caricaturas políticas o de costumbres y artículos humorísticos, revistas cómicas, noticias serias en broma. Etcétera,etc

   Sus lemas son: oposición constante e imparcialidad absoluta.

  Justicia seca y caiga quien caiga, porque esto es nada menos que un diario para músicos y danzantes; después de esta breve presentación, nos vamos a un curioso pueblo de la provincia de Huelva.

       En Moguer, donde hay un alcalde que dice haber recibido del Gobierno ese honroso cargo, y  que es todo un águila en el oficio, como mis lectores van a ver.

      Antes mis ojos tengo el formidable bando que acaba de publicar esta criatura, y que acredita el acierto con que ha procedido el Gobierno en su elección. Por el preámbulo o empuñadura del mencionado documento se comprenderá en seguida que no es el alcalde de Moguer un funcionario de tres al cuarto, si no una verdadera autoridad conservadora, un alcalde transcendental para la humanidad.

      He aquí en qué forma comienza su código de policía urbana, en el Salón Municipal que  a la paternal solicitud del Gobierno deben los dichosos y afortunados habitantes de Moguer.

   “Al aceptar el honroso cargo que me han conferido el Gobierno, cumplo con el primero de mis deberes dictando algunas disposiciones que juzgo oportunas para imprimir el reposo público y gozar este vecindario de aquella calma y seguridad que sólo puede permitir la solidez y vigor de una autoridad basada en principios de justicias.”

       Y dicho y hecho. Esta sólida y vigorosa autoridad, creyendo que “para imprimir el reposo público” y dejarlo bien impreso y estampado no bastan algunas disposiciones en corto número, adopta nada menos que 38 en su bando, que pasará a las edades futuras como un monumento literario y acabado modelo de legislación municipal.

        Después de las teorías de Sr. Cánovas y de las revistas taurinas del “Tío Cándido” no conozco nada más completo y acabado que las tres docenas y picos de disposiciones adoptadas por el alcalde de Moguer.

       Religión, política, ciencias  artes, agricultura, industria, comercio, higiene, salubridad, espectáculos públicos y diversiones privadas, todo, absolutamente todo cae bajo la jurisdicción de ese magnífico alcalde que entre Romero Robledo y la Divina Providencia han dado a Moguer. Sobre todo legisla, para todo da reglas a de todo saca multas ese portentoso bando que pone a su autor, D. José Joaquín Basco y Herrera, simple abogado de los Tribunales nacionales, al mismo nivel que Zoroastro, Manou, Confucio, Moisés, Licurgo, Solón, Calderón Callantes y otros grandes legisladores.

       En esas 38 disposiciones que desde el 1º del corriente están labrando la dicha de los afortunados habitantes de Moguer, se prohíbe jugar a la brisca y al tute en ningún establecimiento o sitio público, aunque “no se aventure dinero,” si no cantar Avemaría y Salves. También se prohíbe a las caballerías, “de cualquier clase que sean, pelarse en las calles, si no en el interior de las casas o extramuros”

      Se conoce que para el alcalde de Moguer, tanto ofende a las costumbres y a la moral el que en un café o “botellería” (sic) juega a la brisca, como el asno que tiene la osadía de pelarse en la calle; a uno y a otro impone la misma multa, que, entre paréntesis, no es floja: veinticinco pesetas.

       Pero en ninguna ocasión da el alcalde de Moguer tan clara muestra de su solida y vigorosa autoridad como cuando legisla sobre los perros: se conoce que les tiene una tirria particular.

         Oigan ustedes lo que dice:

    “Todos los perros que tengan dueño llevaran un collar con el nombre de la persona a quien pertenezcan, y durante la estación de verano un sálamo (bozal)  ajustado, que no puedan morder ni causar daños”

      Prescindiendo de las alcaldadas que la autoridad de Moguer se permite con la sintaxis, y su poniendo que los perros de esa ciudad tienen un Diccionario de la Lengua mejor que el mío y por el logran saber que es un sálamo ajustado, cosa que yo no sé, todavía al plantarse este misterioso utensilio y un collar con el nombre de su amo no han conseguido los pobres canes ponerse al abrigo de la ley. He aquí lo que les dice el alcalde a renglón seguido:

     “Los perros alanos, de presa y mastines estarán siempre encerrados, y cundo tenga que travesar las calles lo harán con el sálamo y sujeto con un cordel o cadena de un metro de largo a lo más, que han de llevar constantemente en la mano las personas que los conduzcan, mayores siempre de los diez y seis años”

   El alcalde de Moguer no se contenta con imponer una fuerte multa a los perros que olviden cualquiera de esos numerosos requisitos, sino que además los insultan sin el menor pudor gramatical, llamándolos “vagamundos,” y los condenas a perecer por la estricnina.”

        Repito que deploro no poder insertar el bando completo; es cosa buena. Mas ya que esto es imposible, ahí va su primera dispocisición como prueba de lo bien que pone la pluma el alcalde de Moguer. Dice así:

          “Dispuesto a velar con cuidado esmero a que ninguna persona se produzca con expresiones o hechos que ofendan el respeto debido al autor de nuestra santa religión, a sus ministros y a la dignidad del templo, o bien promuevan escándalos o incomoden al vecindario, solo o en número, con palabras o canciones inmorales e impropias de todo pueblo culto, será castigado con la multa de cinco a veinticinco pesetas.”

       ¿No hay una plaza en la Academia Española o siquiera una gran cruz para el alcalde de Moguer?


José García Díaz.




 








   


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