De las fotos más antigua del Romerito; si se pone atención se logra conocer algunos de los partisipantes, pertenece al archivo de Pepe el Carnicero, es del año de 1934.
El 31 de mayo
Jueves , sobre la fiesta de las Cruces en Bonares de este año en donde he
estado atentamente invitado por unos amigos de este pueblo el Domingo pasado a
transportar por debajo una de la Cruces de mayo para asistir a una notable
procesión constituida por la salida en conjunto de la misa de las doce cruces,
que representa cada una a una calle y una Hermandad distinta, pero toda unidas
en una sola fiesta de fraternidad, como también en la alegre romería del día
anterior.
Hace unos años tuve
la suerte de presenciar esta misa, pero no disponía de mucho tiempo y no vi más
que la misma salida de la parroquia. Mientras esta vez pasaba todo el día en
este curioso pueblo, y me he quedado verdaderamente impresionado por la cultura
y buenas modalidades que imperan en sus cinco mil habitantes.
Por favor de la
autoridad me coloqué con las señoras, también ellas forasteras, que me
acompañaban, en el balcón del bien labrado Ayuntamiento, hermoso edificio digno
de su importancia en la vista pueblerina, y durante las tres horas que duraba
el desfile de las Cruces, no vi ni un solo acto entre tanta muchedumbre que
llamara la atención de los municipales, y mucho menos la representación como lo
ocurrido en los pueblos vecinos que mezclan las fiestas religiosas con la
política.
Esto no es poco
decir, tratándose de un caso de alegría general con ciento de chiquillos y
mozalbete mezclado con señoras de edad, además de infinidad de niñas
guapísimas, que en cualquier lugar de menos educación hubieran sido objetos de
piropos sin fin y no siempre del mejor gusto.
Una vez terminada
la larga procesión general por las calles principales del pueblo, volvieron
todas las Cruces con sus banderas a saludar la del Ayuntamiento, colocada estas
con tal propósito en los escalones de la puerta principal, con sus banderas
pendiente de un palo muy alto encabezado con una hermosa cruz antigua de plata,
la cual seguramente habrá figurado en el hermoso acto durante muchos siglos.
Y a pesar de
estar entonces la plaza materialmente atascada de gente, los municipales
abrieron sin la más mínima dificultad el paso de cada una de las Cruces para el
saludo de honor y respeto, y mientras a hora larga que duraba dicho acto no
había ni un chiquillo que pasara por el espacio consagrado para el homenaje de
un pueblo entero al emblema de nuestra salvación.
El pueblo de
Bonares que por su situación algo retirada de la corriente del turismo que pasa
en la primavera, de Sevilla a La Rábida y de allí a Huelva, es poco conocido
fuera del Condado de Niebla, pero esta preciosa fiesta fraternal de las
doces Cruces unidas de Mayo, bien merece
una visita por aquellos que quieran enterarse de los verdaderos sentimientos de
la democracia campesina para la religión, ultrajada por los revolucionarios de
la República en nombre de la libertad.
La Santa del año de 1934, vemos a los hermanos "Los Capahores" de la calle del Pilar con su primo "El Sevillano", archivo Pepe el Carnicero.
En el día de
ayer Martes día 23 de Octubre, en donde se están celebrando las tradicionales
fiestas de su Patrona Santa María Salomé recibieron sobre las 11´30 de la
mañana la extraordinaria visita del señor Jerónimo Fernaud Martín Gobernador
civil y miembro de la Junta Provincial de Acción Popular y al ilustre
señor don Fernando Rey Mora masón fiel a su maestro Alejandro Lerroux
diputado a Cortes por el Partido Radical en las elecciones del año de 1931 y
1933. Habiéndose sido iniciado en la Logia del Gran Oriente de España,
"Luis Simarro" nº3 de Madrid con el nombre simbólico de Wagner.
Estaban expresamente
invitado por el señor alcalde que fueron recibidos por este y los concejales de
este Ayuntamiento, acompañados con otras autoridades y representaciones
política, pero la nota más alta la puso la Banda municipal.
El pueblo
manifestó a sus distinguidos visitantes una afectuosa acogida llena de cariño,
dando viva al señor Fernaud que ha combatido acertadamente en la represión revolucionaria
en toda la Provincia con tanta energía y eficacia al señor Rey Mora a España y
a la República.
En una de las
casetas instalada en la Feria, los señores citados dirigieron la palabra a los
vecinos agradeciendo de todo corazón al recibimiento tan singular que se les
había hecho.
Por último, se
agasajó al señor Gobernador civil como representante del Poder Central y al
parlamentario onubense con un banquete de la estimada "caldereta".
Sentencia número 497.
En la ciudad de Huelva a siete de Noviembre de 1934.
Vista en juicio
oral y público ante la Sección única de esta audiencia la presente causa
procedente del Juzgado de Instrucción de
Moguer seguida de oficio con el número 82 del año de 1933 por el supuesto
delito de lesiones graves entre el Ministerio fiscal y el Procurador don Rafal
López Parejo en representación del procesado José Carrasco Romero hijo de
Isidro y de Manuela de 43 años de edad, de estado soltero, natural y vecino de
Bonares de oficio del campo, de buena conducta, con instrucción sin
antecedentes penales insolvente y en libertad provisional por esta causa siendo
el ponente el Señor Magistrado Don Antonio de Santiago y Soto.
Resultando:
Que en Bonares el día 7 de Septiembre de 1933 sobre las nueves de la noche
se hallaban festejando un bautizo en el Coto Fraile el procesado José Carrasco
Romero, Juan Gonzalo Bautista Coronel y otros amigos, y al estar tirando a un
corcho el referido procesado con una escopeta se acercó Juan Pavón Romero
preguntándole que hacía, volviéndose el José Carrasco y disparándose la
escopeta, alcanzando al Gonzalo Bautista el tiro que le causó sesenta y dos
heridas por perdigones, de las que ha tardado treinta y ocho días durante los
cuales ha estado impedido para sus capacidades habituales. Hechos que se hallan
probados.
Resultando: Que le Ministerio fiscal
mantuvo sus conclusiones provisionales y acusó al procesado, como autor de un
delito de lesiones por imprudencia previsto en el número 3º del artículo 423 en
relación con el 558 y sancionado en este último ambos vigente en el Código
Penal sin circunstancias modificativas de responsabilidad criminal y solicitó
se le condenan a la pena de diez meses y
un día de prisión menor accesoria y costa procesales dándose por intervenida el
destino legal e indemnización de quinientas pesetas al perjudicado.
Resultando: Que la representación y defensa del procesado, alegando
que había concurrido en favor de su defendido de la circunstancia atenuante
procedía imponerle la pena de un mes y un día de arresto.
Considerando: Que los hechos se declaran probados, constituyen delito de
lesiones graves por imprudencia, sancionado en el vigente Código Penal.
Fallamos: Que debemos de condenar y condenamos al procesado José Carrasco Romero como
autor de un delito de lesiones graves por imprudencia y a la pena de seis meses y un día de presión
menor y quinientas pesetas al perjudicado y pago de las costas procesales. Dándole
abono para el cumplimiento de su condena todo el tiempo que haya estado privado
de libertad por esta causa y la escopeta intervenida se remita al cuartel de la
Guardia civil de este pueblo para que se le dé destino legal.
Fuentes del A.H.P. H. José García Días.
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