miércoles, 7 de mayo de 2025

La Milicia Realista en Bonares en 1831.

 

                                                                  


    Comienza el año de 1831, cuando en el primero de enero el Corregidor de la villa de Niebla, recibe una Circular de Oficio de parte de la Real Audiencia de Sevilla, en particular de la “Sala del Crimen” que era en aquellos días el máximo tribunal judicial de Sevilla y su tierra como es este pueblo, encargado de administrar la justicia en toda la región. Este tribunal tenía la jurisdicción tanto civil como criminal ya que era el más alto tribunal de apelación para las decisiones de los jueces locales.

     La Sala del Crimen citada, enclavada dentro de la Real Audiencia, era responsable de juzgar los delitos más graves, como en este caso el robo a la propiedad de la Iglesia, dentro de la Demarcación de la Catedral de Sevilla, ocurrido en el molino conocido con el nombre “de la Puerta del Buey” por encontrarse cerca  de la entrada de una de esta villa de Niebla, y cuyo arrendatario era los vecinos hacendados de Bonares Mariano Suarez y Manuel García Alfaro, y los propietarios del material robado que fue delatado a las autoridades de Niebla por su sirviente  molinero.

   El robo se efectuó en la noche de 17 del mes pasado de diciembre, donde la Milicia Nacional en poco tiempo llevaron las investigaciones necesarias para dar con los responsables de este delito y puestos en manos de la Justicia, donde poco tiempo después, se pronuncia la Sala del Crimen y hace pública de la Causa escrita en esta villa contra Teodomiro Delgado y Santiago Franco y otros, responsables del citado robo de trigo y harina que fueron encarcelados. Del citado trigo se llevaron dos fanegas, teniendo el valor de 178 reales de vellón, y de harina un quintal más o menos apreciado en 110 reales.

   Mientras los compradores del citado material del robo, fueron dos vecinos que viven en el pueblo Beas, Cristóbal González y José Delgados, que terminaron con sus casas embargadas. (Ajuste de cuenta por parte de la Iglesia, que ni se le toca ni se le roba). Y menos a los ricos hacendados propietarios, que eran los señores más interesados en el servicio que prestan la Milicia en mantener el buen orden, ya que eran los que tenían más que perder.

   Mientras el día 21 de este mes citado, el Ayuntamiento recibe una Circular de Oficio de parte de la Ayudantía de la Cuarta Brigada de Voluntarios Realistas de Andalucía. ´

    Donde este Ayuntamiento, ha mandado la información solicitada al Comandante del Cuartel del Batallón de la citada Brigada de Voluntario Realistas o las Milicias Nacionales destacada en el Batallón de Niebla, que se encuentran bajo el mando del Comandante del señor Conde Cañete del Pinar.

  El Ayuntamiento de Bonares, era el responsable de formar los nuevos reclutas como candidatos voluntarios de la Milicia, entre aquellos vecinos honrados que cuenten con el aval de buena conducta expresada por parte del señor Alcalde y el Cura Párroco, entre aquellos mozos que estuvieran solteros, dentro de la edad comprendida entre los 20 años a 30 años para su enganche, para pedir su licencia absoluta podrían disponer hasta los cincuenta, y disponer de un sueldo como un jornalero agrícola; les hacían muy atractivo su enganche y pasear uniformado era un toque de atención por parte de la vecindad.

                                                               


     El Cabildo local, da información sobre los tres nuevos reclutas, a través de la Junta Municipal de “Armamento y del Equipo de Voluntarios Realistas” presidida por el señor Alcalde, El Síndico Pregonero y el Diputado del Común más tres capitulares de este Cabildo, ya que eran los responsables de gestionar las solicitudes de la inscripción en el Cuerpo citado, contando con la administración y recaudación de los fondos destinados a su mantenimiento, mediante los arbitrios sobre los productos siguientes, como era el cobro de 8 reales por cada arroba del aguardiente, y cuatro maravedíes por libra de café y cacao, tan apreciado por los lugareños de esta villa, las dos fondas que existen, deberán de abonar 20 reales mensuales, y las tabernas y las bodegas que despachen vino y vinagre 25 reales, todo este cúmulos de arbitrios para mantener la Milicia no era nada agradable para los sufridos vecinos, que aún le quedaba la Contribución estancada, y el impuesto de la sal.

    Los miembros de esta Milicia Realistas se le exigían antes de su enganche en este Cuerpo, bajo juramento ante Dios la mayor obediencia al Soberano felón y traidor despota como fue Fernando VII, y rechazar todo lo que venga de parte de los amantes de la Constitución, que eran consideradas como malos españoles por aquellos años.

   La Milicia según su Reglamento dependía de los Ayuntamientos, en este pueblo lo formaba una patrulla de línea de cinco soldados a caballo bajo orden de un cabo, y se alojaban en la caballeriza en la calle de La Fuente, donde años atrás se alojaban los enemigos franceses. (Era la Casa de Ismael el Panadero).

     Bonares mantenían como soldados a un Sargento, un Cabo y 13 números voluntario, más los dos reclutas de este año para formar una Brigada de 60 Voluntarios Realistas del Condado, bajo el mando del Capitán Graduado el vecino de Niebla Gabriel Rodríguez, para aplicarles la correspondiente instrucción militar que los destacamentos mantienen para este fin.

    Tenían como misión patrullar los Cortijos, haciendo rondas por las calles de los pueblos del Condado de día o de noche, según la conveniencia, podían pedir los pasaportes a los transeúntes sospechosos, y perseguir a los delincuentes para ponerlos en mano de la Justicia, ´mantener la vigilancia de los campos, y del sector costero hasta Sanlúcar de Barrameda, eran formados para pagar los fuegos de los campos, así como aquellos que son producidos en el pueblo y sobre todo mantener el orden y colaborar con las autoridades locales, en las vigilancias de las Casas Consistoriales. (Era la labor que, con los años, realizarían los miembros de la Guardia Civil).

     Desde el año de 1828, a los soldados de la Milicia Realista, se le otorgaron la asistencia sanitaria gratuita y sus familiares, podían disponer bajo orden del Ministerio de Hacienda, quien dispuso que todos los géneros del contrabando capturado por esta Milicia, que fueran puesta a subasta pública sus beneficios serían destinados a su armamento, si fuesen solicitado por sus mandos.

                                                           


  Después de mantener los arbitrios extraordinarios, para mantener la Milicia Realista, a los sufridos bolsillos de los vecinos les quedaban el pago sobre las Rentas Estancadas o Reales, que era el impuesto que había sobre la producción y venta del tabaco y de la sal, dado que este estado corrupto tenía el monopolio de la citada venta, para el buen ingreso de Hacienda en beneficio de los Borbones; cuyo Administrador, con fecha actual, se ha dirigido a este Ayuntamiento un oficio cuyo tenor es el siguiente:

      “Para que tengan efecto en todas sus partes las órdenes expedidas por la Dirección general de Rentas Estancadas, acerca de la nueva planta y administración, de la renta de las salinas, entiendo conveniente se sirva usted señor Alcalde, mandar, y hacer saber, si lo tiene a bien, por medio del expresado oficio, que ninguna persona de este pueblo venda sal en sus casas y tienda desde el día 1 de febrero próximo, bajo la pena de ser castigados los que se encuentren con arreglo a la ley penal, porque desde la expresada fecha los que hayan de despechar dicha especie al por menor, han de obtener precisamente licencia de esta Administración, la cual facilitará la tarifa de los precios con el aumento del premio concedido a los expendedores, quienes al efecto acudirán inmediatamente a esta oficina con su correspondiente solicitud, y usted señor Alcalde, en vista de ello resolverá lo que estime oportuno.

   Igualmente, para que usted tenga el más exacto cumplimiento, ponga este anuncio al público de esta villa, donde se previene que aquellos vecinos a quien acomode en ella, hacerse cargo de la venta de sal al por menor en los puestos públicos y en casa de trato, se les abone un 6 por ciento sobre el precio de la sal y gastos de conducción por los arrieros, de forma que por cada 112 libras han de cargar 52 reales y además el porte; exigiendo de la suma total de ambas cantidades al 6 por ciento que es el premio señalado al expendedor; más no estando designado terminantemente la intervención que han de tener estos para que no puedan excederse en el tanto que carguen por los referidos gastos de conducción, considero indispensable que los administradores, poniéndose de acuerdo con las respectivas justicias, adopten las medidas que crean oportunas, a fin de evitar que en ningún caso pueda defraudarse o causarse el menor perjuicio a los consumidores por recargo indebidos.

       Por lo cual señor Alcalde le traslado a usted, para que poniéndose de acuerdo con los administradores que expendan la sal en este pueblo, y alfolíes ya señalados anteriormente para que cuiden la venta de sal, no abusen en el recargo de los portes de los arrieros; si no que se acrediten en el modo y forma referido, a fin de que el público experimente el bien y el alivio propuesto.

   Todas estas altas tasas de impuestos para el Reino, el contrabando de la sal en este pueblo, era bien conocida por todo el Condado gracias a los muchos carreros que mantenía este pueblo, traídas de las salinas de Doñana ilegalmente, contando con la picaresca de burlar a los miembros de la Justicia, como a la Milicia Rural.

   José García Díaz.

 

   

No hay comentarios:

Publicar un comentario