José Bueno Pérez "El Pirua".
En cumplimiento a su
respetable escrito nº 3.375 de fecha del actual, interesando informe del
imputado que se relaciona a continuación, a quienes se les instruye el
expediente bajo en nº 4871, tengo que consignar los que constan en este
documento al citado individuo:
Que el citado José
Bueno Pérez.- Ejerció el cargo de Alcalde Presidente y del Partido Socialista
durante el Frente Popular, con actuación muy destacada durante el dominio rojo
en la población. No poseía bienes de ninguna clase y le fue aplicado el Bando
de Guerra el amanecer del día 19 de Agosto de 1936 en San Juan del Puerto de
esta provincia.
Don Augusto de
Burgos y Domínguez, Juez Comarcal en funciones de Primera Instancia de Moguer y
su Partido.
Hago saber: Que en
virtud de lo acordado por la Comisión Liquidadora de Responsabilidades
Políticas han sido sobreseído los expedientes cuyos números y nombres de los
encartados se expresan a continuación los que han recobrado la libre
disposición de sus bienes de acuerdo con la Ley de 9 de febrero de 1939, se
publica el presente edicto para que sin más requisitos se tengan por levantados
cuantos embargos y medidas precautoria se hubieran podido llevar a cabo con
dicho motivo.
Expediente número
809 que se refiere y persona encartadas:
José Bueno Pérez vecino de Bonares.
En Moguer a 18 de Marzo de 1948. Le responde el Juez de Paz
de este pueblo, con arreglo a lo solicitado habiendo adquirido la libre
disposición de sus bienes, o bien a sus causahabientes.
Salvador el de la tienda.
Ayuntamiento de Bonares.
Por recibido
su escrito nº 3368 del día 13 del mes de Agosto de 1941. Interesando informes
del inculpado que se relaciona seguidamente y para que surta los debidos
efectos en expediente que se les instruye por ese Organismo.
Tengo el honor de
detallarle los que me han sido facilitado, como consecuencia de la
averiguaciones practicadas por los agentes a mis órdenes:
Salvador Montes
García.- Que ejerció el cargo de Presidente del Comité de Izquierda Republicana
en esta localidad durante el tiempo del Frente Popular, sin actuación destacada
durante el cargo; observando siempre buena conducta sin participar en ningún
altercado.
Según informes
adquiridos de la Alcaldía, no figura con bienes amillarados, pero se le reconoce
que posee como herencia una tienda de ferretería y otros artículos dedicados a
la caza, unas porciones de fincas rústicas dedicada al viñedo, cuya extensión
se desconoce y otra parte de un edificio destinado a bodega.
DECLARACION JURADA. DE los bienes, deudas y carga familiares que
formula Salvador Montes García de 41 años de edad hijo de Braulio y Antonia de
estado soltero y de profesión del comercio, vecino de Bonares que en
cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Responsabilidades políticas y para
que surta sus efectos en el expediente que se le sigue por el Juzgado
Instructor Provincial de Huelva.
Primero.- Que no posee amillarado
catastralmente bienes alguno y los que pose fueron por herencia de su difunto
padre don Braulio Montes y son los siguientes; un local bodega sitio en la
calle Queipo de Llano nº 4 con un valor aproximado de cuatro mil pesetas; una
suerte de tierra por indivisa en el sitio Molino de Viento valorada en dos mil
pesetas; un pequeño negocio de ferretería en su comienzo cuyas existencias se
calculan aproximadamente en tres mil
pesetas, lo que hacen un total de nueve mil pesetas.
Segundo.- Que de el pequeño negocio en su
comienzo adeuda las siguientes cantidades como acredita con la adjunta relación
de factura que sigue: A García Compañía de Sevilla se le debe 100´20 pesetas; a
Julio Retolaza de Eibar, fábrica de armas y municiones 211, pesetas; a Barrio
Marques y Compañía de Sevilla 231 pesetas; Almacenes Losadas de Granada 150´56
pesetas; a José Ortiz de Rociana 79´50 pesetas; a Sánchez y Compañía de Sevilla
una de 77´50 pesetas, otra de 371 y 168´10 pesetas; Domínguez Hermanos de
Sevilla 294´70 pesetas. Que hacen un total de la deuda de mil seiscientas
ochenta pesetas y cuatro con treinta y cuatro céntimos.
Tercero.- Que como soltero vive con su hermana
a la que abona DIEZ pesetas por la manutención y cuido de su ropa.
JURO ser cierta
esta declaración a la que como descargo y para que surte igualmente los efectos
pertinentes en el mencionado expediente igualmente JURO, que por mi calidad de
hombre apolítico siempre me requirieron los elementos de derecha para que
formase el Partido de Izquierda Republicana al objeto de restar fuerza a la
avalancha que se presentaba con la constitución del Frente Popular; que este
partido llegó a constituirse y su funcionamiento fue completamente ineficaz ya
que por parte no nos dieron entrada en la Coalición Republicano Socialista por que
con razón desconfiaron de nuestro proceder; de ello es prueba que en una de las
manifestaciones que el dicho frente celebró el 1 de Mayo del 1936, asaltó
nuestro local situado en la Plaza de San José y rompiendo la bandera tirando
los papeles y documentación de nuestro interés, desde cuya fecha me ausenté del
partido, no volviendo a intervenir en nada que al mismo afectase; por, mi
conducta he sido respetado por todas las autoridades que no intentaron
represalias contra mi persona y si contaron para todo lo que significó apoyo al
Glorioso Movimiento Nacional como puede comprobarse ampliamente con las
Autoridades locales tanto las que están en la actualidad como todas las que
desde el día de la Liberación marcaron los destinos de este pueblo, habiendo
contribuido espléndidamente y generosamente a cuentas suscripciones se
organizaron para los fines patrióticos.
Juro.- Ser ciertos los datos que dejó
consignados y en prueba de ello firmo el presente en el Juzgado de Paz de
Bonares a 6 de Octubre de 1.941.
Petición de Embargo.- Desde la Audiencia
Provincial.
Responsabilidades Políticas.
Por acuerdo de esta Sala en cumplimiento del circular; me dirijo a Usted como
Juez de paz con el expediente anotados al margen se expresa para que lugar
tenga la cancelación de los embargos practicados contra Salvador Montes García.
En Huelva a 18 de
Septiembre de 1944.
José García Díaz.
Fuente del Archivo Histórico Nacional..
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