martes, 29 de julio de 2025

Bonares, en tiempo de los Reyes Católicos.

 



                                                 
                                                           

   En el 27 de febrero de 1435, es donde encontramos un curioso documento, sobre la sentencia notarial entre el Consejo de Niebla y el Consejo de Almonte, por el cual Niebla pierde la postedad de las Arenas Gordas o Playa de Castilla, comprendida entre el Arroyo del Oro hasta el Tendero de la Figuera en beneficio de Almonte.

 ¿Qué, de la dehesa del Carrizal, que era del Conde, hasta arriba del Charco de la Barrosa / que era costa de la mar, que era término de la Figuera, término de Almonte / de la Figuera hasta el Río de Oro por la playa de doña Elvira de Ayala, llamase de Mazagón, que es término de Palos?

    En el año del Señor de 1475.

  Gabriel de Caballón, contador de los Reyes Católicos, da testimonio de la inscripción de la villa de Niebla con sus lugares de su término, donde se nombra la aldea de Bonares en los Libros de los repartimientos de pedidos, existente de la época de Enrique IV.

   Mientras, el 12 de abril de 1490, los Reyes Católicos ordena a los Consejos de Niebla, Villarasa y Bonares que guarden a varios vecinos de Hinojos y Huevar la costumbre de Sevilla de no pagar dos veces por lo mismo. Por mandato en real provisión.

    Don Fernando e Doña Isabel, etcétera, a vos el Consejo / alcaldes, alguacil, regidores o hombres bueno / de la villa de Niebla, Villagrasa y Bonares, con salud y gracia, que en nombre de sus vecinos que tiene hacienda, hacen reclamación a vuestra merced sobre el doble pago del tránsito a varios vecinos de Hinojo e Huevar, para que se tome las medidas de justicia / sobre ellos

   El 23 de agosto del año de 1492, en el mismo A.D.M-S. encontramos en escritura procesal, que Francisco Vellerino, escribano público, da testimonio de la toma de posición por Alonso Hernández Montemayor, en nombre de don Juan Guzmán III tercer Duque de Medina Sidonia y V conde de Niebla, de la villa de Niebla, y los lugares de Villarrasa, Rociana, Lucena y Bonares.

   En la villa de Niebla, domingo 23 días del mes de agosto, / año del Nacimiento de Nuestro Salvador Jesucristo, / en este día susodicho, podía se ora de tercia poco más o menos, estando ante la puerta del castillo y fortaleza de esta villa de Niebla. / el honrado caballero Alonso Hernández de Montemayor / en presencia de mi Francisco Vellerino, escribano público de esta villa, junto con los testigos que presento ante vuestra merced / hago llamada a las puertas de esta fortaleza, que aún están cerradas / a la cual respondió el portero de ella y abrió el postigo de ella, para hacer su entrada, y es donde se le dice, que toman posesión de propiedades de la villa de Niebla, Villarrasa, Rociana, Lucena y Bonares con todos sus vecinos y propiedades.

                                                           


   

     En el mismo Archivo, años después el 16 de mayo de 1503. encontramos por primera vez documentado el padrón de vecinos y contía de esta villa, con las que se puede servir al conde, en documento notarial en escritura cortesana.

   (La citada “contía”, era la cuantía que deberá de pagar como impuesto, todos los vecinos de este lugar, como contribución al Duque de dos en dos años, en proporción a su estado económico, bajo criterio de un Notario del Consejo de Niebla, y este a su vez nombraban a tres vecinos de los más influyentes y conocidos de este lugar, que en tres días dieron finalizada esta desagradable actividad para muchos lugareños, que veían como le tocaban los bolsillos, dejando a los más pobres libre de este impuesto).

   En el lugar de Bonares, lugar de la villa de Niebla, que es del ilustre señor Duque de Medina Sidonia, conde de la dicha villa, señor de la noble ciudad de Gibraltar, / en nombre de nuestro Señor Jesucristo, / en martes diez y seis días del mes de mayo de nuestro Salvador, de mil quinientos y tres años, en presencia de mí, Juan Martín escribano público del cabildo de este lugar, hicieron que Alonso González de Montemolín notario, y Francisco Vellerino escribano / las contias de dicho lugar por mandato de los regidores,

/ Juan Pérez Cabrera y Ferrán Cuárez todos ellos buenos hombres y como personas para valorar y contar a los vecinos Juan Alonso Redondo, Juan Cuárez y, Pero Martín, los cuales son todos ellos buenos Acontiadores, que juraron en mi presencia en forma de derecho / de hacer dicha labor bien y fielmente, y no encubriese bienes algunos tuviesen, o supiesen de otro vecino de este lugar.

    Vecinos que cuentan en la citada cantía:

Juan Alonso Redondo, Juan Pérez, de Antón Pérez, Juan Pérez Cabrera, Antón Gómez de Bodana, Juan Gonzáles Toro, Juan Rodríguez de Orihuela, / Pero Martín, Pero Juan, Francisco Martín Barriga, Francisco Pérez, Alonso Pérez Barriga, Francisco Martín Chamorro, Cristóbal Martín Caluo, Gonzalo Díaz Romero /.

    Alonso Martín, yerno del Sevillano, Alonso Domínguez Donaire, López Cuárez, Alonso Martin Salvador, Diego Alonso Barriga, Gonzalo Felipe, Pero Alonso Barriga / Juan Cuárez, (al margen: Franco señor San Lázaro), Juan Martín escribano, Luis García Alcalde de este lugar, Juan Martín Barriga, Antón Martín Romo, Alonso Pérez Borrero, / Juan Rodríguez Camacho, Francisco García Remón, Cristóbal Hernández, Pérez Cuárez “el Moro”, Bartolomé Martín, Diego Alonso, / Antón Martín Gilazo, Ferrán Cuárez, Felipe Domínguez, Diego Díaz Bodana, Antón Cuárez, “el Moro” Ferran Sánchez, Fernando Díaz “el de la Calua” Antón Pérez Borrero.

    Fernando Alonso, Cristóbal Cuárez, Antón Díaz, Cristóbal Rodríguez Diego Rodríguez Tolosán “mujeres pobres” Juana Sánchez Antonia Martín “la Gilaza”, y la Xarifa que es pobre y vieja.

     Los menores moros albarranes, Diego Alonso Moreno menor, Cristóbal Rodríguez, que es hijo de, Pero Juan, moro albarrán.

    Así suma este padrón del lugar de Bonares, con pobres, viudas e menores moros, con la cantidad de seis ciento ochenta y cuatro mil maravedíes que van directamente la caja del Duque. Don Laureano y Anasagasti.

   De la parte mejor que se ofrecía en beneficio de este lugar es sin duda, la aportación comercial de la venta de materiales de construcción para mantener la fortaleza de Niebla, dado que después de que, pagábamos el diezmo Bonares, junto con las demás poblaciones del Condado para su mantenimiento y conservación para este castillo, donde este pueblo aportaba los ladrillos, las canales y cal en grandes cantidades, dado que se encuentran bien documentado en la historia de este pueblo.

José García Díaz.

   

  

domingo, 27 de julio de 2025

La aldea de Bonares en el año 1339.

 

                                                       


      

 

       En la Colección Diplomática, dentro de los Archivos de la Casa de Medinasidonia, es donde queda confirmado legalmente  que la conocida como la “Aldea de Bonares”, con fecha del 18 de marzo de este año de 1339, por el reconocimiento de una deuda del Consejo de Niebla y sus aldeas de Trigueros, Beas, Bonares, La Palma y Villalba que se encuentran obligado a pagar al Rey Alfonzo XI los treinta mil maravedís, que este había adelantado a Martín Fernández de Portocarrero por la compra de esta última aldea citada de Villalba.

   Por donde podemos conocer a los dos primeros Alcaldes que se encuentra reconocido y documentado de esta villa, como era Alfonzo Miguel, y Domingo Juan Lozano, que en nombre de sus vecinos aceptaron abonar entre todos ellos, la parte que le corresponde sobre esta deuda con el Rey.

      Mientras el 10 de febrero de 1386, se encuentra otro documento que es una carta misiva con el siguiente mandato dirigida al Consejo de esta aldea, de parte de don Juan de Guzmán, I conde de Niebla, e Adelantado Mayor de la Frontera por mi señor el Rey de todos los alcaldes, / alguaciles y gente buena sobre la restitución de su almojarifazgo,(que era el derecho que pagaba los vecinos sobre los géneros que entraban y salían del pueblo), para hacerlo en el Consejo Niebla, dado que dichos lugares pertenece a sus propios/ por ese motivo se deben de abonarse dicho maravedíes en ella.

   Quedándose así el citado Consejo de Niebla, como de nuevo la organización administrativa y política ya que gobernaba esta villa y sus aldeas correspondientes, a pesar que ya que hacia veinte años que pasó a ser el Condado de Niebla.

      Años después, en el mismo Convento Santa Clara de Moguer, es por donde aparece lo poco documentado que había sobre la vida de esta aldea de Bonares, por aquellos años, cuando el 4 de mayo de 1440, es donde de nuevo encontramos otro contrato de compraventa en una carta notarial:

  “ Se otorga y vendo a vos abadesa o dueña del convento de la / Orden de Santa Clara, que estado usted ostenta, yo Antón Suárez e Alfonzo Pérez, junto con las tierras de, Pero Alfonso Pérez Borrero vecinos todos de Bonares, que se llama dicha tierra el “Redosnero”, junto otro pedazo de tierra que linda con la del “Val de Santa María” dentro de esta aldea de Bonares,/ que linda con las tierras de Pero Alfonso, y con la otra de Alfonso Domínguez Serrano vecinos de esta aldea, vendido en 1,300 maravedíes de la moneda usual que ahora se utiliza, que vale un blanco cinco dinero. ?” Don Laureano y Anasagasti.

                                                       


         

   Ya por aquellos años, se hacía demostración económica la que disponía el citado convento de Santa Clara de Moguer, receptoras de las muchas donaciones privadas, de parte de la Nobleza, y de las ricas acomodadas hacendadas, que, en concepto de rogativas en beneficio de su salud, junto con misas fúnebres después de su muerte, hicieron del citado convento propietarios de la mucha tierra comunales que disponía en el entorno de este pueblo, para dejarlo con las desamortizaciones en la más completa ruina.

    Tuvimos que esperar en febrero del año de 1509, cuando encontramos en las rentas ducales de Medinasidonia  mantenía sobre las aldeas del   Condado de Niebla, según Ladero Quesada, que en aquellos días la población local de Bonares la componían 67 vecinos, ya que en este citado año de 1509  este lugar fue fuertemente diezmado, por las pandemias de la peste negra, que fue las plagas más mortíferas que ha pasado este pueblo en su historia, para que años después empezará a recuperarse bastante bien para llegar a los 104, vecinos en  1534, por donde este pueblo abanaba con la contribución a la Casa de Medinasidonia la suma de 180 reales de vellón con 17 maravedíes, una suma respetable en aquellos días.

    Esta aldea con sus vecinos dependía principalmente en aquellos tiempo de la agricultura como medio de vida, manteniendo el sobrante para su comercio, como era el trigo, dependiendo como casi siempre del tiempo tanto la sequía, como los temporales de lluvias, seguidos del vino y del aceite junto con su ganadería eran la fuente de su economía local.

  José García Díaz.

jueves, 24 de julio de 2025

En el lugar de Bonares en el año de 1321

 

                                                       


           

 

       Es donde se encuentra documentado por primera vez el nombre de la aldea de Niebla, llamada “Bonares”, concretamente el día 29 de junio del citado año de 1321, archivado en pergaminos alojado en el convento de Santa Clara de Moguer, como una carta notarial de compraventa de una heredad en este término, ya que es el mismo que tenía durante el tiempo de la morería, donde los vecinos de Bonares Domingo Yagüe, Pascual Domínguez su hermano, junto con otros vecinos que forman la propiedad del terreno citado que han sido vendido a Salvador Sánchez y a su mujer Teresa Martínez en la suma de tres mil maravedíes.

  El documento archivado en el citado Convento, se encuentra escrito en letras góticas cursivas:

  “Sepan cuanto estas cartas vieren como yo, Domingo Yagüe, y yo Pascual Domínguez su hermano, / hijo que somos de Domingo Yagüe de Bonares, y yo don Gil marido de Marina Domínguez, hija del dicho Yagüe, con consejo por parte de mí, yo Martín Pascual abogado, curador que soy de Johan y de Yagüe hijo del dicho/ con consejo y con acuerdo de los sobredichos sus hermanos y de Martín Millán “clericó”, tío de estos dichos mozos, otorgamos que vendemos a vos Salvador Sánchez escribano y a Teresa Martínez vuestra mujer, vecino de la collación de Santa María de Niebla, un heredamiento de tierra / para pan, que tenemos en término de Bonares, que heredamos de parte del dicho Domingo nuestro padre, y de Johan nuestro suegro / La cual tierra tiene como lindero al vecino Alfonso Pérez que es “vicario” y la otra parte de la tierra es los hijos de Ferrant Domínguez de Bonares, otra parte de la tierra linda con Johan de Ueas / por abajo con el Río Tinto. Vendidas el lote en tres mil maravedíes de moneda blanca, bajo juramento de cobro / para que nunca sea negada.” Don Laureano y Anasagasti.

                                                                   


   Mientras algunos historiadores comentan que ya en el Repartimiento de Sevilla, el Rey Sabio otorgó a Niebla una carta puebla en febrero de 1263, por ser la” primera que ganamos a los moros”, para poder ser poblada por buenos cristianos al servicio de Dios y de “Santa María” y de todos los Santos en honra de la fe católica, junto que se les conceda a todos los vecinos de ella y de las vecinas aldeas queden libre de efectuar el pago de portazgo, sobre la mercancía que se transportarse para el consumo propio.

    Afirmando noticias que la aldea vecina de Bonares, fue repoblada por 62 vecinos, entre ellos algunos de origen vascos, mudéjares que se habían quedado  gracia a los pleitos que les otorgaron el Rey, un matrimonio judío converso, contando además con algunos peones proveniente de la región del Cáucaso, que habían prestado servicio en las filas de los cristianos como mercenarios al servicio del Rey Santo, esto es poco lo que se encuentra hasta ahora por no conocerse del todo bien los padrones de vecindario, junto los libros de heredares, (Ladero Quesada). Sí que hay constancia bajo la confirmación de privilegio, que se prohibía a que los moros y judíos pudiesen comprar tierra alguna en Niebla, sólo se quedaban autorizada las Órdenes Militares y Eclesiástica, pero sobre todo a personas vecinas de Sevilla.

   Ya que, con el tiempo se aclaró que la conquista de Niebla, no tuvo más justificación que ser una razón de Estado, para hacer la reclamación necesaria sobre el Algarbe, por su importancia estratégica y Militar.

  José García Díaz.

martes, 15 de julio de 2025

Cuando Niebla, representó el complejo Forestal de esta provincia.

 



   De la mano de su Alcalde en aquellos días don Eduardo Gonzáles Moreno,  en el mes de mayo de 1981, que fue quien motivó el encuentro entre el Presidente de Celulosa,  don Rafael Orbe Cano y don Eduardo que ejercía como el líder forestal de esta provincia, contando además con don Julio Molleda, consejero delegado de esta empresa citada; tratando sobre todo el estado de necesidades que urgen actualizar en el mundo de la madera del eucaliptos, así como la problemática que plantean los montes consorciados de Niebla, cuyo rico patrimonio está a merced de una política comercial que en ningún caso corresponde a la riqueza activa de masa forestal, cuyos propietarios son los ciudadanos de la histórica y noble ciudad de las murallas almorávides.

   El señor Orbe fue informado de la impugnación hecha al contrato entre el antiguo Patrimonio Forestal del Estado y Encesa, dentro del cual se exponían una serie de condicionamientos negativos que la dura economía de la depende el Municipio de la antigua Ilípula. Con ello, se según nos informa el señor Alcalde, no sustenta el débil presupuesto que tiene este Ayuntamiento, que se ve obligado a incrementar los impuestos de los vecinos.

   El señor Gonzales Moreno, el Alcalde de Niebla, nos sigue señalando que mantiene una lucha titánica por resolver todas las dificultades que desequilibran la cuestión de las explotaciones forestales en los montes públicos. Con la visita del señor Presidente de la Celulosa a la reunión celebrada en el Gobierno Civil, se pone en marcha un tren de negociaciones para superar las diferencias intersectoriales.

    Con ello se lanza un aliento más a todas las familias campesinas de la Provincia de cuyo futuro dependen los éxitos que se logren en estas que se abrirán en muy breve tiempo. El Alcalde de Niebla don Eduardo, nos manifestó finalmente que el gran triunfo de poder de establecerse un ritmo de negociaciones a distintos niveles y por primera vez en nuestra provincia, se deben a las gestiones que con gran acierto ha llevado el señor Gobernador civil de la provincia, don Jesús Posada Moreno, “quien- prosiguió el señor Gonzales- está demostrando una capacidad y una inteligencia, así como un esfuerzo sobrehumano para ayudar para darle salida a un problema muy difícil”.

      Mientras, en la citada reunión el corresponsal de la prensa se dirige a don Abrahán Ruiz, como representante del grupo forestal junto con Eduardo Gonzales, preguntándole por la reunión que tuvieron el día de ayer con el Gobernador Civil, con las partes interesadas en la problemática del sector forestal de esta provincia.

                                                                   

                                             


         En es esta fotografía de 1981, podemos observar unas de las muchas   actividades que desarrollaba el ex Alcalde don Eduardo por aquello años en la vieja Niebla,

   Estuvo presente de nuevo don Jesús Posada Moreno, como presidente nacional de Celulosa, el presidente de la Cámara Agraria Provincial, el señor don José Luís García Palacio, junto con los representantes de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, miembros de la Asociación de Ganaderos y Forestal de la F.0.E. acompañados de sus respectivos equipos de asesores y técnicos.

    Abrió la reunión el Gobernador civil, pidiendo que se tuviera en cuenta la enorme importancia del problema forestal en nuestra provincia, su incidencia en nuestra fábrica de Celulosa y la enorme riqueza que todo ello supone para Huelva. “Es por esto –dijo- por lo que debemos intentar que las partes salgan fortalecidas de esta reunión”. Seguidamente, el señor Orbe Cano, después de manifestar sus deseos de haber venido antes a Huelva, y declarar que –no obstantes- conocía perfectamente los problemas, planteó una serie de explicaciones técnicas de orden económico para justificar la postura empresarial.

   El señor García Palacios, agradeció la visita del presidente nacional de la Celulosas, manifestando que los problemas existentes, hace año que están latentes y es hora poner el dedo en la llaga. Se refirió a consorcios, aprovechamiento de residuos forestales, precio de la madera y a la necesidad de organizar unas jornadas técnicas sobre Masa Forestales, para las que pidió la colaboración y presencia de la Empresa Nacional de Celulosa.

    Don Abrahán Ruiz Mantero, en representación del grupo forestal, se manifestó satisfecho por la ocasión que brindaba esta reunión a posibles negociaciones tendentes a solucionar los problemas. El resultado de la reunión ha sido, entre otros acuerdos, la decisión de conformar una comisión técnica de estudios, que analice en profundidad los problemas expuestos, para que posteriormente, otra comisión de liberadora o decisoria. Encauce, a la vista de las posibles soluciones, la más idónea para resolver definitivamente el problema de este sector.

    Una vez finalizada la reunión, hemos abordado al presidente nacional de Celulosas, el señor Orbe Cano nos ha calificado la sesión de “positiva”, añadiendo que se ha planteado los problemas por ambas partes, afirmando que esta empresa está dispuesta a colaborar en las propuestas sobre las Jornadas sobre la Masas Forestales, si se programan con estricto rigor científico.

   Luego le preguntamos, sobre el antiguo proyecto de montar una fábrica de papel en Huelva, nos dijo que sería posible si el estudio de la restructuración, del sector papelero, a nivel nacional lo permite.

  José García Díaz.

lunes, 14 de julio de 2025

La crisis forestal de Huelva.

                                                                           


             

    Cuando en los años 80 del siglo pasado, una de las empresas punteras a nivel Mundial, como era “Flas consulting incomunicatión”, y una de las primeras en Europa, en asesoramiento profesional y técnico en cualquier ámbito de negocio en ventas comerciales de cualquier sector, con sede en Barcelona. Se reunió con los representantes del sector onubense sobre la “crisis forestal de Huelva”.

     Fue en primero del mes mayo de 1981, es cuando en la capital de Huelva, se celebró una importante reunión que convocó a los más destacados miembros del sector forestal de esta provincia, y a los enviados especiales de la empresa citada “Flas Consulting”, como especialistas en consultas, y valoración de temas económicos al servicio que puedan acusar la crisis de los diversos estamentos del país, dentro de los distintos sectores, tuvo lugar en la sede social de la Federación Onubense de Empresario.

  Al frente de la empresa citada, estuvo en Huelva don Eduardo Ferreira Gonzáles, periodista y especialista en encuesta económicas. Y por parte de la representación forestal onubense,  y alcalde cuyo Municipios están afectados por la grave crisis del sector, productores independientes, aparceros de Celulosa, arrendadores, consorciadas, destajistas cortadores, grupos de transporte del campo a la fábrica, asesores forestales en representación del Grupo Forestal de la Asociación de Agricultores, Ganaderos y Forestales de la F.O.E. (Solamente en Bonares, había en aquellos día, más de 40 camiones trabajando en la madera citada, llevando consigo como medio de vida a más de 120 vecinos jornaleros).

    En principio, y como comienzo de la reunión sobre la 6 de la tarde, el presidente del Grupo Forestal, don Abrahán Ruiz Mantero presentó al equipo de la “Flash Consultin” y esbozó una detallada pero muy concreta historia del proceso seguido por el sector forestal de la provincia, desde el nacimiento de la fábrica de Celulosa en San Juan del Puerto por los años sesenta del siglo pasado, hasta 20 años después en la conferencia celebrada hoy.

      El señor Ruiz Mantero habló la satisfacción que producía en el sector lo avanzado de las conversaciones que se mantiene con Celulosas, en cuyo programa de negociaciones había dos temas graves; el precio de la madera y las importaciones, que el sector --dijo- considera la más grave amenaza contra la actual situación, pues el precio mínimo de la madera a partir del año de 1977 se ha fijado los lotes en 3,885 en peseta en pie y con corteza, para que así puedan sobrevivir las empresas forestales; por lo que respecta a las importaciones, el déficit de la madera en España no se cubre precisamente con esta política de importaciones –valga la redundancia-, sino con más plantaciones de eucaliptos y mejores precios –seguimos reflejando el pensamiento del sector-, pues está claro que a mayores importaciones se producirán también mayores déficits.

   El señor Ruiz Mantero reconoció la cooperación eficaz que el concejero de Agricultura, José González Delgado, viene prestando al programa de negociaciones con la empresa de Celulosas, para dar paso después a las diversas intervenciones de los representantes de cada grupo reunido, los cuales unánimentes expusieron la “amenaza grave que pesa sus montes” si la empresa nacional de Celulosa no cambia de política económica en precio y condiciones de cultivo, ya que los Ayuntamiento con sus montes públicos están dispuestos a cumplir los acuerdos adoptados de ir a las negociaciones con la citada Celulosas; si estas fracasarán, ir a la presión no fuera eficaz tendrían que programar una planificación a corto, medio y largo plazo que consistiría en reducir las áreas forestales para otros destinos agrarios, así como para cotos de caza.



            En la foto, tenemos al señor don Eduardo Gonzáles, ex Alcalde de Niebla, y ponente de esta citada conferencia.                                        

      Hay algo importante que destacar, y es que quedaba claro que, entre los reunidos, convocados por el Grupo Forestal, estaba representada de una forma más o menos directa el ochenta por ciento de la riqueza forestal como así apuntaría el alcalde de Niebla, don Eduardo González Moreno.

      También quedaba clara una cosa, la gravedad de la crisis forestal, reflejada en la unanimidad de opiniones y datos de todos los concurrentes, lo que sin a dudas supo llevarse de su visita el equipo de la “Flas Consultín”, de cuyo resultado de su trabajo sea expuesto aclaren las nuevas alternativas que le esperan al futuro de la masa forestal de esta provincia.

          Esta curiosa y conocida fábrica de la Celulosa de San Juan del Puerto, perteneciente a la empresa del Estado Ence, que, dejando en el recuerdo a los vecinos cercanos, por su olor “a coliflores”, tuvo su comienzo por el año de 1964, para cerrarse el 20 de octubre del 2014, motivando perdidas económicas, que les obligaban concentrar su producción en sus plantas que tiene en Galicia.

     Dentro de sus 50 años de vida, estuvo marcando la vida local y económica de muchos pueblos de esta provincia, dado que en sus mejores años mantenían cerca de 300 trabajadores directos, unos cuantos de este pueblo se buscaron su porvenir en ella, gozando de un excelente salario, más unos 3,000 jornaleros indirectos, que mantenía en actividad más de 160,000 Hectárea de terrenos sembrados de eucalipto.

     Este pueblo, también se resintió con la crisis económica de los años 80 del sigo pasado, cuando se mantenía su vida local, mediante el cultivo de secano comprendido en el mantenimiento de la viña y el olivo, ya en decadencia que superaba el 70 % de la vida local. Pero fue en los momentos que la Cámara Agraria Local, comienza una gran campaña, sobre la importancia que podían tener la siembra de la fresa bajo invernadero en este pueblo.

   Uno de los más jóvenes técnico de esta citada Cámara, vecino de Moguer, fue el encargado de convencer con mucho sacrificio a los indecisos agricultores locales, que años después les cambiaron la forma de vida en su economía. Los campos de fresa, absorbieron a la mayoría de los jornaleros de la madera, así como los de las fábricas de ladrillos.

     Pero, de lo mejor del proyecto de la masa forestal de esta provincia, que comenzó con la repoblación de las tierras del eucalipto en 1950, conllevó una de las grandes inversiones a nivel europeo, para dejarno un gran recuerdo visual en este pueblo como es el “Arboreto de Villar”.

  José García Díaz.

sábado, 12 de julio de 2025

Bando contra los Carlitas.

 

                                                     


   

 

                                                        BANDO. 

                                 Siendo el día 1 de febrero de 1837.

                  Del Gobierno Superior Político de esta Provincia.

       Don Juan Antonio Aldama, Mariscal de Campo de los Ejércitos Nacionales y Capitán General de Andalucía.

   En nombre de las Reinas, Madre de todos los españoles, presentamos al Mundo el más solemne testimonio de que si en el Norte se pelea contra el absolutismo, en el Sur se ha fijado para siempre el estandarte de una Reina inocente, jurada y reconocida, por la que, por la Constitución de 1837, se combate en medio de una Guerra Civil.

   Ordeno lo siguiente: Que las Provincias de Sevilla, Córdova, Cádiz y Huelva, que componen el distrito de Andalucía de mi mando quedan desde el día de hoy declaradas en estado de guerra, contando por esto que no cesen las autoridades locales en el ejercicio de sus funciones respectivas. Si esta Provincia es invadida por alguna de las facciones Carlitas, y lo haga, se pasará esta información directamente al Gobernador Militar como dicta las reales ordenanzas, doy las órdenes de prevención conveniente para evitar que, en caso de la citada ocupación, los vecinos de este pueblo solteros que tengan de 18 a 40 años, tendrán que venir a concentrarse a este capital de Huelva, para disponer de los fondos y existencias de la Hacienda Nacional de las armas de todas las clases que necesiten para combatir a los enemigos de la Nación.

  Igualmente, se tomará las medidas que su previsión estime conducente para replegar en el momento necesario toda la Milicia Nacional en el punto o puntos convenientes, sobre todo en los pueblos que por corto número no puede defenderse, con arreglo a lo que está prevenido, señalará para todos los casos las penas correspondientes, y su juicio se sujetará al Consejo de Guerra por el presente Bando se previene.

  El 28 de febrero, recibe este Ayuntamiento una Circular de Oficio, de parte del Gobierno Superior de esta Provincia, comunicándole las ordenanzas sobre el reemplazo no permite que algunos de los actos preparatorios del sorteo se hagan por esta vez en los días, que a la Alcaldía mejor le convenga bajo su más estrecha responsabilidad, teniendo como final para el expresado sorteo el primer domingo del próximo mes de abril. Al intento acortarán los plazos para el alistamiento y su rectificación, llamando la atención de los interesados para que ellos expongan lo conveniente. Ningún motivo por fundado que aparezca excusará la falta de cumplimiento dentro de las Leyes actuales.

       En el segundo orden, el señor Secretario de este Ayuntamiento dará explicaciones en la Sesión de Pleno, sobre la pena que ha de sufrir el desertor que no se presente, antes del sorteo o bien ya declarado soldado, se les impondrá a sus encubridores. Comenzando con la suma de 4000 reales de vellón, por la citada multa al Alcalde y Ayuntamientos del pueblo en cuyo término estuviese escondido más de cuarenta horas un desertor, y aquellos agentes de Policía o vecinos que gozarán de esta información, no fuese declarada, pasarán a su detención para ponerlos en manos de la Justicia, mientras sus padres serán confinados en este citado Ayuntamiento, el tiempo que estime necesario la Alcaldía sobre este punto.

    Cumpliendo, con las Leyes vigentes aquellas personas que presente a un desertor, se le abonará en el acto 400 reales de vellón, si este individuo presentará un segundo la cuota sería de 900 Rls., pudiendo ser presentado en cualquiera de los Ayuntamientos de esta Provincia, que me presentaría Certificación de la labor realizada. Además, todos los Alcaldes Constitucionales cada quince días me darán cuenta por testimonios de las diligencias que practicaren para llevar a efecto lo mandado; haciéndolo además cuando se ofreciese algún obstáculo que no estuviere en sus atribuciones vencer.

  A los desertores, tanto presentados como aprehendidos, se les recibirá declaraciones indagatorias para que manifiesten su procedencia o cuerpo, fecha de la deserción, y si la verificaron con armamento, y en caso afirmativo, y no presentado con él, declararán a quien se lo han vendido o entregado; dado que el desertor que se dirija a esta Comandancia General de Huelva, hasta que se verifique la remesa de dicha declaración, siendo de cargo de quien falte los gastos y perjuicios que se causen en esta  parte, donde podrán sufrir la pena señalada en las Ordenanzas generales, que pueden llevar consigo la pena de muerte si la gravedad del caso lo requiere como castigo ejemplar.

   Todo este movimiento, contra los Carlistas motivó que en este año se promulgara la Constitución de 1837 para toda la Nación, marcando un hito importante en la historia española como la actual, donde se queda un régimen liberal, que se mantienen a bofetadas con los conservadores, proclamando la libertad de expresión, y aquella singular frase, como es que todos los españoles somos iguales antes la Ley; a pesar que los citados Carlistas llegaron hasta las puertas de Madrid, para retirarse a toda prisa al Norte de las Vascongadas.

                                                   


               

   Mientras en Andalucía, se queda como siempre marcada por la miseria creando la gran desigualdad entre los pobres y los ricos, siendo los jornaleros los mejores vasallos de sus señores, lo que provocó grandes revueltas locales para poder sobrevivir a duras penas tras una Guerra Civil.

   En primero de abril, se recibe en este Ayuntamiento la siguiente Circular, con esta notificación, dado que es sumamente escandaloso y extraño, donde se le reclama el que no haya contribuido aun con la cuota que se le designó para el suministro de las chaquetas para los miembros de nuestro Ejército de reserva. Por última vez se les amonesta que si para dentro de 15 días, no lo ha satisfecho, se mandarán apremio a esta villa por su morosidad, y se dictarán las providencias más severas contra esta Alcaldía, bajo el supuesto de que la Diputación no admitirá excusa ni pretexto alguno, como que el bien, y solo el bien y la tranquilidad de este pueblo, por lo que tendrán que abonar la suma de 3,583 reales de vellón.

    Además, hay que ser entrega por derecho de guerra la cuantiosa suma de 5,000 reales, que ha importado la redención o el perdón ofrecida por la Justicia Militar, al desertor presentado y de nuevo recolocado a su servicio cuartelero llamado Ramón López Muños Cabo 2º de la Milicia Nacional, natural de esta villa, hijo de Mateo y María de los Dolores Muños, la cantidad abonada económicamente era una fortuna por aquellos días, dado que se debía comprender el quebranto familiar que produjo.

     El segundo vecino, el soldado de la 5º Compañía de este Regimiento de Jerez, llamado Cristóbal Martín, al cual se le concedió licencia por un mes para a su pueblo de su naturaleza, el que habiendo cumplido el tiempo citado y no verificado su presentación en este Cuerpo, he dispuesto que se les declare por desertor, y, en consecuencia, espero que se sirva esta Alcaldía a proceder a la prisión del mismo, y remisión para traslado de nuevo a esta Plaza, por Real Orden de su Comandante Superior.

    Mientras el día 15, de este citado mes un nuevo Oficio, del Gobierno Superior Político de esta Provincia, mandado a este Ayuntamiento otro ruego para que satisfaga la cuantía que les corresponde para el sostenimiento de la "Compañía de Escopeteros" del año pasado, según lo ha verificado en los anteriores, donde deberán de entregar la cantidad que se detalla a favor del Comandante.

   Al mes siguiente, el día 19 mayo, la Diputación Provincial hace de nuevo otra reclamación a este Ayuntamiento, por no haberle remitido a esta Autoridad la lista triplicada de los vecinos que están pendiente con contribuir a los fondos de la Milicia Nacional por no ser nacionales, con arreglo con la que dicta esta Circular, y como dicta esta falta de cumplimiento en un asunto tan sencillo haya llamado la atención a esta Corporación, para que en la mayor brevedad lo haga en efecto, sin dar lugar al desagrado de esta Diputación.

       El 20 de junio, se recibe notificación de la Comandancia General provincial de Huelva, de la forma siguiente:

   Habiendo notado que muchos soldados que con tener licencia absoluta marchan para su pueblo o domicilio para fijar en ello su residencia, en lugar de recoger su pasaporte militar por su Comandante de armas, y mandar a estos presentarse a la Autoridad local, porque en el acto de llegar entran a vivir como simple paisano, queda cesado de su obligación como militar, se le autorizan dichos documentos por los citados Comandante de armas dirigirla a esta Alcaldía mediante correo ordinario.

        El 14 de septiembre. Anoche como a las 8 de la noche llego a esta capital un correo extraordinario con pliegos del gobierno de S.M. informando del pronunciamiento de Sevilla. Inmediatamente se reunieron varios grupos de a las puertas de este gobierno político con ansia de saber su contenido, donde una vez enterado. Pidieron a voces “coger las armas”, y enseguida se pidió tocar generala con una caja de guerra y a repicar las campanas.

    Quedando solo en una falsa alarma, antes los momentos de nervios e incertidumbre que corrías por aquellos días, debido a una pequeña partida Carlista que cruzaron fuego contra la Milicia Nacional en la Sierra de los Pedroches de Córdova.

     El 27 de septiembre, por donde se comunica a este Ayuntamiento, que los soldados licenciados de esta villa, y deseen engancharse al Cuerpo de Carabineros, sean aquellos que hayan obtenido su licencia absoluta, sin nota alguna con buena conducta, que tenga más de 20 años no pasen de los 45, junto con su solitud de que sean soltero, o viudo sin hijos, acreditado por el certificado del señor Alcalde y el Cura Párroco, gozando de un salario de 6 reales de vellón diario, pero siendo por cuenta suya el armamento y su vestuario.

      La importancia, de engrandecer este conocido Cuerpo de Policía, era sin duda el elevado número de delitos comerciales que ofertaban el contrabando en estos años, tanto por la Sierra de esta Provincia con la frontera portuguesa, como en las extensivas costas cercanas, que ante la miseria que se ofrecía en aquellos días como era el sobrevivir antes los escases producida por la Guerra Civil, el tabaco y los tejidos ingleses era los más solicitados; donde la gran mayoría de arrieros que contaba esta villa, aportada en los documentos encontrado en los A.M. B. en  el de Niebla y Moguer, lo pone como centro operativo de las muchas operaciones ilícitas que participaban los vecinos locales, con implicaciones de algunos conocidos señores hacendados, que gozaban con mucha influencia con las Autoridades provinciales.

      El 26 de octubre, en el leído diario “El Español”, pasando información cedida por parte del Comandante de Carabineros de la provincia de Huelva, da información al señor Intendente de subdelegado de renta de la misma, donde el día cinco de este mes se enfrentaron contra 83 contrabandistas conductores de género de ilícito comercio , desembarcados en la playa de los Asperillos, que solo contando con 14 caballos y un infante cargaron contra la fuerza contrabandistas que parapetados defendían su conducción, sosteniendo un fuego continuo contra los carabineros, pero estos dirigido el mando por el Capitán Santiago Picó y el Alférez Carretero, que dispersaron sable en mano a aquellos poniéndoles a fuga y dejando en poder del resguardo 15 cargas de trabuco, siete caballería mayores, tres contrabandistas que fueron aprendidos, y algunas armas de fuego entre ellos un vecino de esta villa.

  José García Díaz.

 

 

jueves, 10 de julio de 2025

Bonares en el Condado en 1838.

 

                                                                


 

     Siendo el jueves 20 de mayo, cuando este Ayuntamiento recibe la siguiente Circular de parte del Gobierno Superior Político de esta Provincia. Firmada por don Diego Martínez de la Rosa, director general cesante de Pósito, aclarando el interés de la Reina Gobernadora en promover por todos los medios la prosperidad de los pueblos de este Condado, y muy particularmente la clase de la Agricultura, ha llamado su atención el ramo de “Pósitos”, Institución antigua y benéfica como granero municipal que, mientras estuvo bien administrado, fecundaba millones de fanegas de tierra, que de otro modo hubieran quedado eriales; preservaba al labrador de la miseria de los años estériles; nivelaba la desigualdad de las cosechas moderando el precio de los granos, y venía al auxilio del de Erario `público con sumas considerables en los apuros y urgencias del Estado. Quedando el desorden introducido en todos los ramos de la Administración, por consecuencia de las desgracias y trastornos ocurridos en los últimos treinta años, no podía dejar de haber alcanzado a los Pósitos; y cuando S.M. ha visto detenidamente la confusión en que se hallan, las anticipaciones que han hecho y los créditos que tienen a su favor, ha dedicado especialmente su atención hacia los medios de remediar los pasados males, y restituir a la riqueza territorial este poderoso recurso para su conservación y prosperidad.

     Con este objeto se ha servido resolver S.M., que una comisión compuesta de personas ilustradas y versadas en el ramo de Pósito, se ocupe en averiguar las existencias de todos los del Reino en metálico, papel, granos y créditos; en examinar y liquidar las cuentas correspondientes a los dos años últimos; en conocer los expedientes, de moratorias y adeudo pendientes, proponiendo sobre cada uno la resolución que estime justa, y por último en redactar un proyecto de Ley, bien sea conservar los Pósitos, destruyendo los abusos introducidos en su administración, o bien para que sirva de base a la creación de banco Provincial, si lo creyese más conveniente a las necesidades actuales de los pueblos. Y persuadida S.M. del celo y conocimiento motivando el cese de don Diego de la Rosa, para en su lugar se nombra para su dicha comisión, a don André de Bartolomé y Colomo. En consecuencia, de la procedente resolución S. M. la Reina Gobernadora, cuya maternal solicitud en favor de los pueblos es bien conocida, temiendo llegue un día que el desorden en que se halla la administración de los Pósitos haga desaparecer las lastimosamente tan benéfica Institución; que sus fatales consecuencias vengan a aumentar los cuidados del Gobierno en circunstancia tan críticas como las que nos hallamos, y a fin de que la nueva Comisión pueda proponer con el debido acierto cuando estime oportuno, no solo para cortar el abuso con que se dispone de los fondos, y atemperar su administración a los intereses sociales de la época, se ha servido resolver.

   Por lo tanto, se le ruega a esta Alcaldía, que disponga inmediatamente se le remitan a la nueva Comisión de Pósito alojada en Huelva, todas las cuentas de este establecimiento que se hallen presentadas y deben de presentarse por este pueblo de dos años pasados, completo para que, por dicha Comisión en la medida segunda de las comunicada por Real orden, y aprobada por este Gobierno Político Provincial.

   Mientras el 10 de julio, se dirige a este Ayuntamiento una notificación de parte del Hospital de San Lázaro, extramuros de Sevilla, donde le reclaman el donativo correspondiente anual, que no se le abona desde año atrás, cuya limosna suma la cuantía es de 106 reales con 24 maravedíes.

   Mientras la Intendencia Provincial, se dirige a este Ayuntamiento, donde le avisan sobre la cobranza del diezmo y primicia mandada continuar por las leyes vigentes, seguirá por el presente año decimal, que concluye en fin del próximo año el 13 de julio de 1837, en la forma que se ha verificado hasta ahora.

       El Gobierno percibirá sobre todos los frutos y productos decimales, antes de ninguna otra deducción, tres novenos, o sea una tercera parte integra sobre toda la masa decimal. Contando que las dos terceras partes, serán destinada a la dotación del culto y fábricas de la Iglesia.

   Mientras el 10 agosto, se notifica por parte de la Diputación, que dado a pesar el dilatado tiempo que va pasado, no haya este Ayuntamiento cumplido con la orden sugerida en el mes de marzo último, sobre que manifestasen el origen del impuesto de una libra en el pescado fresco y salado que se cobra con el nombre de peso, como así mismo la aplicación que se daba a sus producidos, bajo apercibimiento que no verificándolo se les impondrá una multa de diez duros.

   Así mismo aprovecho la ocasión dirigida de nuevo a este Ayuntamiento, para que le haga entender a esta Junta de Beneficencia de esta villa, se remita en la menor brevedad información exacta de todos los trabajos que haya hecho en el semestre vencido, como también de los fondos con que cuenten en el día hoy, expresando también del número de niños expósito que se encuentren en este pueblo.

                                                                   


     Semana después, la misma Diputación sugiere a esta Alcaldía lo siguiente: Habiendo examinado las cuentas de los suministros hechos a los presos pobres de este partido de Moguer, correspondiente a los últimos ocho meses, he tenido a bien aprobarla; teniendo esta villa que atender su parte correspondiente con la cantidad con 300 reales de vellón, que en su virtud concurrirán señores Alcaldes de Bonares, enviarlos al Ayuntamiento de la cabeza del expresado partido judicial de Moguer.

   En primero de septiembre, el Gobierno Político tiene noticia de que, en varios puntos de este Condado, se está cometiendo robos de bestias por algunos leñadores, quinquilleros, gitanos y mendigos que. Caminando con la mayor libertad sin que se les vigile ni oponga inconveniente alguno, trasladando sus rapiñas a otros pueblos fuera de esta Provincia. Por lo tanto, comunico que los responsables de estos males recaen en los Alcaldes Constitucionales, a quien no prestan las debidas medidas de guarderías necesaria, por lo cual en adelante serán penados con una multa de 500 reales de vellón aplicada a los gastos de guerra.

   Mientras, en primero de septiembre se recibe notificación esta Alcaldía, sobre las instrucciones para formar la Comisión de estadística de la riqueza de este pueblo.

   Donde este Ayuntamiento, va a recibir las citadas instrucciones, siendo unas de ella es que se mandarán a fijar en los sitios de costumbre como es en la puerta de la Iglesia, y en la entrada de este Cabildo para conocimiento público; donde la Corporación se reunirán para la formación de esta Junta de estadística, que se comprenda de las personas siguiente: el primer y segundo Alcalde que serán los que la presidirá, un regidor nombrado por mayoría, el Síndico Procurador general, y dos de los mayores contribuyente, que son los que le tocaran entre todo ellos, votar realmente a dos individuos de la Junta, que darán por derecho de inteligencia y probidad a los dos mayores hacendados de esta villa, cuya acta será certificada por el Secretario Municipal.

  (Estos dos señores, formaran parte directa como colaboradores y asesores de esta Alcaldía, donde su opinión en caso determinado tenía más influencia que la misma Corporación local.)

    En 27 de este mes, notificación de la Intendencia de esta `Provincia, sugiriendo arreglar las nuevas tarifas de los precios a que deba de venderse la “Sal” al por menor en los estancos de los pueblos de esta Provincia, motivado por la extensión de las expendedurías últimamente acordada, es preciso que los Ayuntamientos de la misma remitan a la administración de sus respectivos distritos, una relación del número de leguas que dista es estanco de cada pueblo del alfolí de donde se surte o abra de surtirse, del valor del porte de cada fanega y el precio a que deberá venderse la libra a razón de 24 reales el quintal, llevando el 6 por ciento de los gastos de su transporte.

    En octubre hay un “Aviso Judicial” a este Ayuntamiento, de parte del Juez de 1ª Instancia de Moguer, para que tome medidas para prisión y embargo de los reos de esta Jurisdicción, como es Carlo de Vargas, vecino de Bonares en la calle del Pilar, junto con Juan Chulín y Tomás el Canastillero estos dos sin domicilio y los tres gitanos, por la causa que se les ha seguido y en que se hallan sentenciados por robo en despoblado de caballerías, dinero y otros efectos.

 En primero de diciembre, el domingo día 5 a las 12 de la mañana se rematan en arrendamiento en las casas oficinas de Amortización, trece fanegas y media de tierra, sitio del Hornillo, termino de este pueblo, que corresponde al convento de monjas de Moguer, cuya cantidad de tipo de remate se queda en 12 fanegas de trigo anuales. De segundo de la misma propiedad citada, es una suerte de tierra en el sitio de la “Granja” (la tierra de los palos dulces), donde se anuncia al público, que el convento cobrará seis fanegas con seis celemines de trigo anualmente por el citado alquiler.

José García Díaz.

 

 

 

 

miércoles, 2 de julio de 2025

La vida local, en el año de 1838.

 

                                                                 


    

   El día 1 de enero este Ayuntamiento Constitucional recibe una notificación de parte Gubernativa, donde le comunican lo siguiente:

  “Siendo, ya demasiado frecuentes las interceptaciones que se notan de los correos y robos que se ejecutan a las inmediaciones de los pueblos de esta Provincia, es muy lamentables los malos tratamientos que se ejercen en las personas de los viajeros que por ella transitan, al paso que esta misma repetición de excesos descubren el punible descuido y apatía por parte de los Alcaldes, que son los encargados particularmente de la vigilancia pública.

   Por lo que ordeno y mando como primera Autoridad, a los Alcaldes Constitucionales de estos pueblos que, en los caminos y carreteras, y en sus inmediaciones, formen rondas de “vecinos honrados” que a distancia de un cuarto de legua o media recorran frecuentemente y crucen los tránsitos para impedir así los males que ocasionan la audacia de los criminales alentada, por la indolencia de algunas autoridades locales”.

   Igualmente, ante los pagos obligatorios de la Contribución Territorial anual, los Ayuntamientos darán parte a los Intendentes cada semana de lo que adelanten en la recaudación; entregando estos productos de esta en la tesorería de rentas, presentando al propio tiempo una copia íntegra del Padrón General, que el Intendente pasará a la contaduría, para poder llevar su cuenta de cada pueblo. También, autoriza S M. a los Ayuntamientos para que impongan a los contribuyentes morosos los apremio que estimen convenientes, valiéndose de la Milicia Nacional, exigiendo dietas graduales según sea la morosidad en que aquellos incurran.

      El día 10, recibe esta Alcaldía, notificación Gubernativa de parte del Vicario General Castrense, y todos los que ejercen superior jurisdicción eclesiástica, comunicar esta orden a los Curas Párroco de sus respectivas jurisdicciones, y a los superiores de los conventos no suprimidos, como al responsable de la casa de expósitos, deben disponer cada uno de sus respectivos libros de recién nacidos, casados y muertos, expresando el nombre del bautizado, el día y hora que nació.

    Si es hijo de legítimo matrimonio o natural, de padre conocidos o desconocido. Si es hijo de legitimo matrimonio, se podrán los nombres y apellidos de los padres y de los abuelos paternos y maternos, la naturaleza y vecindad de cada una de estas personas, y el ejercicio u empleo que tenga el padre del bautizado. Si fuera hijo natural y padre conocidos, se expresarán las mismas circunstancias, y no siéndolo se anotarán las que los interesados dijesen.

    Se podrán también el nombre y apellido del padrino o madrina, la naturaleza y vecindad que tengan, el estado de soltero, casado o viudo, y el empleo u ocupación que ejerzan; entendiéndose que, si fuesen madrina, se pondrá, siendo soltera, el empleo u ocupación de su padre, y si casada o viuda el de uso marido.

    Asistirán a este acto sacramental dos testigos que nombrarán los padres del bautizado, y en su defecto el Cura Párroco confiere este Sacramento otro Ministro, se expresará su nombre, su naturaleza, vecindad y destino que tenga.

      Las partidas de los bautizados la firmarán los encargados de llevar los libros, poniendo las fechas por letra, y no por número. 

                                                        


   Mientras en las partidas de casamientos, portarán los nombres, naturaleza, vecindad y estado de soltero o viudo de los contrayentes su empleo y ocupación de sus padres como los de los testigos. Si el matrimonio se hiciese por poder otorgado, se expresará donde se otorgó, en que, fecha, porque notario, y a favor de que persona, cuyo nombre, naturaleza, vecindad y empleo u ocupación han de expresarse. Si por delegación del Párroco ejerciese otro Ministro sus veces, se pondrá el nombre, naturaleza, vecindad y empleo del delegado.

      Tocando, en las partidas de defunciones, contará con la fecha en que se dio sepultura al cadáver, su nombre, naturaleza, edad, vecindad, estado y empleo o ejercicio que tuvo. La enfermedad que causó el fallecimiento, según la certificación del facultativo, sin la cual no podrá darse sepultura al cadáver, debiendo dicho documento extenderse gratis y en papel común.

       Si la muerte fuese por suicidio o homicidio o por pena capital, se expresarán estas circunstancias, y la causa por los medios empleados en el primero y segundo caso, y el delito que motivó el tercero. Pero si no fuese posible saber estas particulares, ni las de los párvulos que se depositen en las Iglesias, se expresará así en las partidas de entierros.

      Los mismos Cura Párrocos, y los responsables de las casas de la Beneficencia pasarán a sus respectivos Ayuntamientos los estados numéricos por trimestres, contando desde el 1º día de enero del año siguiente; los nacidos, casados y muerto que haya habido en su feligresía o establecimiento.

   Los Ayuntamientos cuidarán bajo su responsabilidad de la puntual remisión que les han de hacer los Párrocos, y los responsables de la Beneficencia de los mencionados estados, e igualmente de su examen, con facultad de ventilar las dudas que les ocurran, comisionando al intento a un individuo de su seno; pero si por parte de dichos Párrocos o superiores se faltasen a esta puntualidad, los Ayuntamientos se la recordarán de oficio antes de dar cuenta a sus respectivos Jefe Político.

   Días después, nueva Circular de la Junta Diocesana del Arzobispado de Sevilla, publicando que, en conformidad con lo marcado en las nuevas Leyes, empezará a expender libramientos de granos, a buena cuenta de las consignaciones, y derechos al medio diezmo aplicado al culto, clero y participes del día 20 del mes corriente, observando las circunstancias marcadas en aquel aviso con toda escrupulosidad; así como de los señores Cura, y demás persona que hayan percibido alguna parte de diezmo, o primicia lo han de acreditar para su descuento, y aumento de la nasa general de este producto. Ya que los señores preceptores de diezmo podrían disponer de la mitad aplicada al culto y clero después de satisfecha la otra mitad a la Hacienda pública; con la precisa condición de sostener sus obligaciones eclesiástica.

     Días después, esta Alcaldía reciben una notificación de parte de don Felipe de Quintas, como Juez de Primera Instancia de este territorio del Tribunal de Sevilla, donde informa que por Real Orden, el escribano de este lugar, tiene la obligación de a partir del 1º de enero de cada año, de remitirme a este Tribunal, testimonio literal de los protocolos que se hubieran otorgado en el año anterior, con fe negativa de no quedar otros en su poder para los fines que en la misma se expresan; y para que se verifique exactamente en el término prefijado, se proceda en el particular celo que se exige tan interesante servicio.

                                                         


                

  También, se advierte por la Diputación Provincial, que se ha fijado su atención sobre la multitud de mendigos y gentes sin modo conocido de subsistir que bajo varios pretextos vagan por los pueblos sin objeto útil ni necesario, y que por su posición hacen sospechar que se empleen en el espionaje a favor de los malhechores y tal vez de nuestros enemigos políticos. Para ocurrir a este inconveniente se ha servido manifestarme, que esta Alcaldía, tomen medidas necesarias para la expedición de pasaporte, como para la admisión de los que se presenten bajo los conceptos indicados; debiendo por mi parte contribuir al logro de tan importante misión.

      Por lo tanto, no se expedirán los citados pasaportes a los mendigos, gitanos no domiciliados con ocupación honrada, lanadores, ni otros de esta clase, cuyo modo de vivir no puede ser licito, pues las ocupaciones que presentan no es posible les produzcan lo necesario para subsistir. Dado que los de la clase expresadas, que se encuentre en este pueblo, se le harán volver al de su procedencia, dándoles solo pasaporte con designación de ruta, y si la quebrantasen o no saliesen de inmediato para su destino, serán puesto de inmediato ante la Justicia.

     Quedando usted señor Alcalde Constitucional como encargado de la Policía, vigilará bajo su responsabilidad contando con una multa de 25 duros en que se lleve a efecto lo prevenido sin demora alguna.

   Igualmente, le recuerdo señor Alcalde, a pesar de las repetidas órdenes que tiene libradas con esta Diputación, contra este Ayuntamiento para que cesaran las Juntas Interventoras de Pósitos, quedando esta administración a cargo solo de la Corporación local, quedando el Secretario Municipal responsable de las pólizas que se expidan sin llevar derechos algunos.

    Así mismo, esta Diputación ha acordado prevenirle señor Alcalde, que las cuentas de propios que deben rendir desde luego, las presenten en primer lugar en la sección de contabilidad con objeto de que se verifique por dicha oficina de liquidación del veinte por ciento con que están gravados los productos de propios y arbitrios; una vez hecho el pago les entregarán a esta Diputación para su examen y demás efectos oportunos, dentro  de un plazo de quince días, que de no hacerlo se harían acreedores a la multa que este citado organismo usando sus facultades les imponga a esta Alcaldía.

   E 13 de marzo, recibe este Ayuntamiento un comunicado oficial de parte del señor Presidente de la Asociación General de Ganaderos del Reino, que es el siguiente:

   “Dentro de los principios de las actuales instituciones políticas de la Monarquía, y a la igualdad de derechos, que para todas las clases de ganaderos establecen las Leyes actuales, se declara que en adelante deben tener voto todos los ganaderos de este pueblo que reúnan los requisitos legales, sin distinción de serranos, ni riberiegos, serán convocados unos y otros a las Juntas Generales de la propia Asociación, en los términos que se expondrán dentro de las Leyes vigente del ramo.”

    Por lo que se convoca la próxima Junta General del presente año, el día 26 del mes próximo de abril a la 4 de la tarde en la sala de esta asociación tiene en Huelva, a las que podrán asistir todos aquellos ganaderos criadores que gusten, debiendo de tener por lo menos, ciento cincuenta cabezas de ganado lanar o cabrío, o veinte y cinco vacas, o diez yeguas de su propiedad, por lo que deberán acreditar con certificación del Ayuntamiento del pueblo donde hayan pagado las contribuciones correspondientes a dichos ganados en el año anterior. Los individuos que consten matriculados en las cuadrillas de ganaderos de la sierra, y de la tierra llanas con el número de ganados referido, no necesitan presentar otro documento. Del mismo modo podrán reunirse varios ganaderos de esta villa, y nombrar a un personero o apoderado con los expresados requisitos legales que, estarán presentado junto a la mencionada certificación.

José García Díaz.