jueves, 16 de enero de 2025

Bonares en el Condado de Niebla en 1874.

 

                                                     


            


   En primero de junio, el ciudadano don José Suárez Martín Alcalde Presidente popular de este pueblo  hace saber:

     Que se acuerda por este Ayuntamiento, que se traiga a la vista los expedientes que se han instruido para el nombramiento de la Junta Municipal de Instrucción pública, que está formado por la Corporación Municipal, contra los señores don Juan Antonio de Soto y don Francisco Márquez, que ejercieron de Secretario y Alcalde en febrero de 1873, donde quedaron expulsados de sus respectivos cargos por la Delegación del Gobierno de la Provincia.

       En el mismo día, se toma otro acuerdo que es destituir al actual ayudante de Escuela don José Carrasco Padilla, y en su lugar se nombra para reemplazarle al vecino don Rafael García, también con el sueldo igual que el anterior recogido en los presupuestos.

    Quedando el último acuerdo por parte del Ayuntamiento, que es aprobar el despido del vecino Joaquín López Bueno, que ejercía de encargado en el Cementerio Municipal, y en su lugar se nombra al vecino don Antonio Grueso Delgado.

     Se aprueba abonar, al Comisionado que marchó a la capital para la entrega de los tres mozos de la presente reserva por parte del señor don Francisco Rodríguez y Rodríguez, con la asignación correspondiente, cuyo gasto se pagarán dentro del capítulo de gastos de improvisto que suman la cuantía de cuarenta y cinco pesetas.

  El treinta de mayo, la Corporación acuerdan aceptar de nuevo al que fue Médico Titular de esta villa, por encontrarse esta plaza vacante el señor don José Vázquez Rebollo con las mismas condiciones y asignaciones que venía desempeñando anteriormente, y serán engrosados en los próximos presupuestos la cantidad que le corresponda a partir del mes de junio a razón de mil pesetas anuales.

   Al día siguiente, la misma Corporación acuerdan por mayoría que se suprima del día primero de este mes de junio, la plaza de Inspector de carne, (el veterinario) quedando, por lo tanto, queda cesado don Diego Martín Martín, que venía desempeñando dicho cargo, y de mantener diferencias de opinión con esta Corporación.

 Y por donde el señor Presidente expone la siguiente opinión, dada las circunstancias actuales acerca de la custodia y vigilancia insuficiente para el campo de este término, compuesto por cuatro guardas rurales nombrados, convendría colocar un quinto para realizar mayor control de este, a Ildefonso Limón Gómez, cuyo cargo viene desempeñando desde hace una semana, quedando, por lo tanto, poner en conocimiento a este municipio para que acuerden en vista lo que crea conveniente. Por lo que queda aprobado el citado nombramiento interino en propiedad.

   Así mismo, los señores de esta Corporación acuerdan que el haber de los nuevos guardas se van a subir a partir del uno de este mes de junio, serán diario de una peseta con setenta y cinco céntimos a cada uno, y no se hubiese crédito suficiente en el presupuesto actual, se reponga la diferencia en el que se elabore para el del año que viene.

    En primero de junio, se dio cuenta del expediente formado por esta corporación municipal para la formación de la Junta Municipal, y el dictamen emitido por su elaboración para el nombramiento de aquellos vecinos, con arreglo a las leyes vigentes. Este expediente será expuesto una vez terminado al público, mediante certificación del Juez Municipal y remitido al Gobierno Civil.

   Igualmente, se acordó mandar un oficio al señor Alcalde de Niebla para que se una nombrar los terrenos comprendido en la campiña de aquel término queden cerrados, exceptuando solo el ganado de labor, en los sitios donde no haya peligro de daños; en la propia forma que se acordaron con diferentes propietarios y ganaderos sobre pastoreo en la campiña de este pueblo, pero si lo pueden hacerlo en los barbechos hasta que sean acotados, quedando determinado el pago de una multa de una pesetas hasta quince, que pagarán los dueños de los ganados o sus pastores en perjuicio del daño ocasionado.

   El sábado día 7 de junio, en Pleno extraordinario a instancia del expediente examinados contra los señores don José María Carrasco, (el Patuo) y don Juan Antonio de Soto de la Feria, propietario y capataz respectivamente de las fincas llamadas el “Toval” y el “Vervil” en un mismo distrito o radio, se encuentran sometidas a las Leyes vigentes sobre la colonización rural, que dentro con los acuerdos a las ventajas y expropiaciones que la misma citada Ley concede, por ser notorio y cierto todos, y por consecuencia los individuos que forman la Junta pericial, junto con el Regidor Síndico, acordaron firmar el expediente de expropiación de las dos citadas fincas.

                                                               


    La misma Ley que se ha expuesto, han recaídos sobre los señores locales, don Rafael Prieto Guzmán propietario, y don Pedro Hilazo Velo capataz de la finca llamada “Huerta del Sordo”, y la “Zaurdilla” en este pueblo, son adaptadas a las Leyes, anteriormente expresada por la Junta pericial y el Regidor Síndico se informan a los individuos de la expropiación de estas fincas, para que obren sus efectos.

   En el tercer punto, han recaídos las mismas actividades de expropiación de fincas a los señores don José y don Juan Moro Carrasco que son hermanos, y don José Barroso Limón que son propietarios y capataz respectivamente de la finca de la “Raya” y el “Morote”, que serán incluidos como terrenos expropiados dentro de las leyes vigentes.

   Se acuerda igualmente, de pagar a don José Campos González la suma de cincuenta pesetas por la compostura en el reloj público de esta villa, y en la cerradura de la puerta del Cementerio, cuyo gasto se ha de librar a su favor del capítulo de improviso.

    Examinado por el Ayuntamiento, el expediente instruido a instancia de Gaspar Camacho Pulido, como heredero de María Alcántara Pulido, y de Sebastián Camacho Pulido, propietarios de la finca llamada “Cañada de las Vacas”, que ha sido declarada expropiada por mandatos incluidos en las Leyes actuales, sobre colonización rural, que son acordadas a las ventajas que la misma concede por ser notorio y cierto todos, y cada una de las particulares alegadas.

    El sábado día 15, en Sesión Extraordinaria, donde se le ordena al peón público y sereno, que, en voz, que, a las doce en punto, junto con el toque de campanas se va a proceder de nuevo al sorteo de los vecinos que van a formar vocales para la Junta Municipal, según las Leyes vigentes.

  Del mismo modo, se acordó el nombramiento de la Junta local de Sanidad. Igualmente se trata el asunto sobre el encargado del cementerio municipal don Antonio Grueso Delgado, cobre el salario directamente los deseados establecido, en cincuenta pesetas cada mes. 

   Seguido del nombramiento, como recaudador de los arbitrios que resultan a favor de los fondos municipales de los presupuestos anteriores, al señor citado como recaudador a don Manuel Conejo Domínguez, con el premio del tres por ciento.

   También, se trató por este Ayuntamiento la importancia de ocuparse de la reparación de los caminos vecinales, y de otras obras de utilidad pública, siendo una de ella el tajamar o pontón derribado por la corriente del agua en el último temporal en la calle San José y corrales, teniendo en cuenta que no contamos con presupuesto municipal con fondo suficiente para atender a estas obras, y a fin de que no se paralice este servicio, se acordó que con arreglo a leyes municipales vigentes, se haga uso de la presentación del servicio de “las peonadas”, tanto para las necesarias obras citadas, como otras tanta que el pueblo determina practicar durante el presente año económico, donde al efecto, se contribuirá con veinte peonadas por los hombres que no estén impedidos para trabajar, desde los 16 años hasta los cincuenta; igualmente las caballerías. Carros, carretas y ganados de tiro, contribuirán de la misma manera con otras veinte peonadas.

   La tarifa para el pago metálico es la siguiente, donde por peonadas de un hombre serán de seis reales, la de cada caballería mayor siete reales, las menores seis, cada carreta o carro con tiro treinta y por cada yunta de bueyes diez reales.

   Como segundo punto, es de acordar formar el presupuesto de las obras del otro tajamar en la calle Ejido, designándose el punto donde se ha de colocar los soportes nuevos que irán un poco más abajo, y a corta distancia del que está caído, y al efecto para que tenga lugar este proyecto se dio comunicación a los señores don José Suárez Martín, don Julián Guzmán, y a don Francisco Marqués que son los que abonarán el salario al albañil Cristóbal Bueno Limón.

  José García Díaz.

No hay comentarios:

Publicar un comentario