Comienza el año de 1855, mediante el Bando
publicado el día 5 de enero por parte del 1º Alcalde Constitucional de este
pueblo y Presidente de su Ayuntamiento.
Hallándose vacante la plaza de Médico Cirujano titular de esta villa, por
la presente dimisión que de ella ha hecho el doctor en ambas facultades don
Rafael Prieto, se anuncia la vacante por medio del presente, para que los
profesores que deseen obtener la mencionada plaza, tendrán que dirigirse
presentando su solicitud contando en el término de 30 días al Ayuntamiento de
mi presidencia, cuya dotación respeto a los fondos municipales, es de 300
reales de vellón junto la que unida al importe de las igualas que abonan los
vecinos, se gradua en 7,000 rs. anuales, quedando la parte de la Misericordia
por trimestre de 700 rs. por la asistencia a los pobres enfermos necesitados.
El Secretario
Municipal, Juan Antonio de Soto.
El día siguiente, se
recibe una Circular por valija de carácter Oficial, de la Subinspección de la
Milicia Nacional de Infantería de la Provincia de Huelva, al mando de don
Miguel Montiel, con destino a los jefes natos de la Milicia Nacional de este
pueblo de Bonares.
Afirmando, que
hasta el día de hoy resulta alistada en toda la Provincia, una fuerza de 7,780
plazas, que solo tiene los oficiales correspondientes al número de la
respectivas a cada pueblo, que es insuficiente por si sola para dirigir la
organización.
Quedando la fuerza de la Milicia este pueblo
integrada en los miembros que forman el partido judicial de Moguer, que asciende
a 911 hombres, formarán el 1º Batallón, constituyendo aquel al efecto un solo
distrito, cuya cabeza será la ciudad de dicho nombre insertada en el
estandarte, mientras su bandera blanca portará en su tejido en el centro el
sello Constitucional.
Por lo tanto, el
domingo día 28 del mes corriente, la Milicia local de esta villa se presentará
ante las plazas del Ayuntamientos de Moguer a las doce del día, para elegir a
los jefes y demás individuos de la plana mayor de cada destacamento, como manda
las Ordenanzas vigentes. Por el cual se levantará acta de dicha elección, de
que se sacaran dos copias, una exclusiva a la Diputación Provincial, y la otra
a esta Subinspección expresada anteriormente, quedándose la original redactada
por el señor Secretario Municipal de Moguer para archivarla en su Ayuntamiento.
Quedando establecido
el, 1º Batallón del Distrito de Moguer de la siguiente manera: Para Comandante
Capitán de la Milicia don Juan Ramón de Burgos del pueblo citado de Moguer.
Para 2º Comandante Juan José Rodríguez de Villarrasa. Para ayudante, don José
María Betanzo subteniente de Moguer. Para Subteniente abanderado don José Joaquín
Rodríguez. Para Sargento de Brigada don José Gómez y Gómez de Bonares, como 2º
Sargento don Ignacio Gómez también de este pueblo. Para Cabo de Gastadores, don
José Roldán de Niebla. Para Capellán don Antonio Díaz. Para médico, don Manuel
Domingo Pérez. Para Maestro Armero, don Manuel Salvatella.
La disposición
redactada anteriormente no se opondrá a que se hagan nuevos alistamientos, sino
todo lo contrario en cuyo caso serán examinados por esta Subinspección, que
acordará lo que corresponda al mejor servicio dentro de su distrito, y se le destinará
lo mejor que se pueda para sus obligaciones militares.
Los miembros
componentes de esta Milicia Nacional, cuenta con un periodo de renganche de 10
años de servicio, que una vez licenciado con buena conducta tendrá opción
preferente a cubrir servicio Oficiales dentro de este Ayuntamiento.
Mientras otros
soldados sirviendo, que quieran utilizar su posible reenganche y su
alistamiento voluntario de la clase de paisanos, a las Banderas de enganche en
los Batallones de reserva, pero en esto se puede hacer solo por tiempo de
cuatro años, en cuyo caso únicamente tendría un premio al finalizar el periodo
de Servicio de 3,000 reales de vellón. Lo que daba paso en estos años a tener
la vida Militar para algunos jóvenes locales, como una forma de vivir pasable,
donde se documenta en el Archivo Municipal, la compra de terrenos, animales en
piaras etc. como puestos de trabajo una vez licenciados como era la de Guarda
rural, Municipal y demás como la de Alguacil, una vez terminado su servicio
Militar a esta Nación.
Quedando el 2º
Batallón, formado en las fuerzas de caballería, de Huelva que existe en los
pueblos de Moguer, Manzanilla, Niebla y Villanueva de los Castillejos, que
continuaran como hasta ahora formando acciones sueltas hasta tanto que,
disponga de aumentar su número de tropas.
El día 8 de febrero,
recibe esta Alcaldía un Real Decreto por parte del
Ministerio de Gracia y Justicia dentro de la nueva desamortización en el ramo
de Espolio y Vacante por parte del Ministro de Hacienda don Pascual Madoz, que
declaró legal todas las ventas de propiedades de los Ayuntamientos, del Clero,
de las Órdenes Militares, cofradías, obras pías, las del ex infante don Carlos,
que tutelaban los tres molinos harineros más importante en la vecina Niebla
alojado en el Río Tinto, que pasaron bajo subasta a los hacendados de Bonares,
más dos aceiteros junto con las mejores tierras de campiña y los fértiles
huertos cercano del pueblo citado.
Los beneficios que
resulten en cajas tras sus ventas, después de deducir los gastos de
administración y de los recaudadores, serán destinado a la beneficencia
pública, pero lo primero como siempre, a las necesidades urgentes de las
Iglesias, como la de la Nuestra Señora de la Asunción de este pueblo que
importó 784 reales de vellón, el arreglo de su techo que presentaba mal estado
de conservación y a dotes de los niños huérfanos cuyos padres hubiesen
fallecido en Servicio del Estado.
El 15 de marzo,
esta Alcaldía recibe una notificación dentro de las Reales Ordenes, sobre la
instrucción que debe atenerse los investigadores de la Contribución Industrial
y de comercio en el desempeño de sus funciones.
Destacamos las nuevas
medidas que deben dirigirse en esta villa, como es el control de la venta del
bacalao, cuando este artículo se expenda en puesto o barracas, y no de otra
manera, puesto si se hace en tiendas o puestos permanentes y que si se
encuentra en un almacén este debe tener puertas abiertas para la venta del
público, aunque se encuentren en el mismo edificio y se comunique con el
interior de él, con motivo de su oreo y ventilación de sus olores.
De segundo los
alpargateros y abarqueros solo puede vender cáñamo y lino rastrillado que no
pase de una arroba, siempre que lo ejecute en el mismo local o tienda en que
venden manufacturas de su oficio, puesto que, si la venta sobrepasa el peso
citado, serán clasificados como tratantes mayoristas de cáñamo y lino abonando
el importe contributivo destinado para ello.
Pero en especial, es
la información recogida por el Comisionado de Sanidad Veterinaria del Distrito
de Moguer, dirigida a esta Alcaldía sobre el estado del Matadero y de la
Pescadería de titularidad municipal que se surten de un pozo y pileta ambos
locales por su cercanía. No mantiene en cumplimiento las nuevas normas
sanitarias por parte de las Leyes establecidas en materia de salubridad
pública, por donde en este pueblo el inspector de carne recae su atribución de
momento en el médico titular, disponiendo de la autoridad para evitar el
sacrificio de reses no catalogadas de aptas para el consumo, contando con el
auxilio del Aguacil de Consumo Sebastián Martín Velo.
El pozo expresado,
carece del agua necesaria para mantener la limpieza en los meses de estíos, un
suelo que debe de tratarse para acondicionarlo para el sacrificio de los
animales, mientras sus paredes enganchadoras deben de encontrarse enlucidas y
tratadas con cal fundida. Por lo queda establecido mediante un Bando Municipal,
para información de la vecindad que cada semana esta Alcaldía publicará los
precios de la venta de la carne de ganado de hebra al público, así mismo el
precio de compra por cabeza de los citados animales destinado para su
sacrificio. La pescadería deberá de asearse diariamente junto con las panaderías
que existen en esta villa.
Por donde queda
establecida por Orden Real, las nuevas medidas sanitarias alimentarias en esta
villa sobre los despachos al público de lecherías, y tiendas de abarrotes.
A primeros del mes
de julio, dirigida al Alcalde don Mariano Suarez se recibe una Circular por
parte del Comisario de monte de la Provincia de Huelva, don León Martínez de
Cabredo.
Pidiendo a esta
Alcaldía, para que su guarda mayor y locales hagan cumplir esta medida en beneficio
de ella, para evitar los muchos abusos que se comenten en los montes de Propios
y de particulares, y de la verdadera procedencia de los efectos que se conducen
sin dar explicaciones de ellos.
Con tal motivo, el
guarda dispondrá de un número de guías visadas, para que se le entreguen a
señor Alcalde dando parte del nombre del individuo, transporte del material y
su utilidad.
Donde este
Ayuntamiento es el responsable de que sus montes estén limpios de las leñas
muertas, que son las causas inmediatas de los incendios, donde una vez que esto
haya sucedido se deberá de instruirse el oportuno expediente sobre la
responsabilidad de los hechos. El Ayuntamiento tendrá la obligación de limpiar
los efectos de los esquilmos y despojos de los aprovechamientos de maderas u
otro, quedando el terreno quemado acotado por espacio de 10 años, bajo control
del perito Agrónomo.
Quedando
establecido, por mandato de mi autoridad la prohibición de la quema de rosas y
rastrojeras que se encuentren cercas de los montes citados bajo la pena de 300
reales de vellón, aquellos que comenta la infracción expresada en las Reales
órdenes quedan encargados de su cumplimiento, los empleados de montes, la
Guardia civil, carabineros del Reino y agentes de vigilancia pública.
El 18 julio,
dentro del negociado de Sanidad, este Alcalde Constitucional comunica al
Gobierno Civil de la Provincia don Juan de Montemayor, que el domingo pasado
día 15 del actual, en las horas de las Animas se ha cantado un “Tedeum” con
toda solemnidad, en acción de gracia a él todo poderoso por haber hecho
desaparecer completamente de este pueblo el mortífero Cólera morbo que tanto la
ha afligido con la muerte de 5 de sus vecinos de los 13 infectados. Lo que hace
que me apresure a poner en conocimiento de los habitantes de esta Provincia
para su inteligencia y satisfacción.
El 15 de agosto, se
publica una Circular de Oficio por parte del Gobierno de la Provincia, dirigida
a todos los Alcaldes que la forman, comentando las repetidas quejas que todos
los días recibo de la falta de tabaco en muchos pueblos como es este de Bonares,
por motivo que no se deja entrar a los estanqueros o a los conductores, sin
pasar los controles establecidos y de la vigilancia impuesta por las
Autoridades contra el contrabando de las costas, con motivo de posible invasión
del Cólera, queda establecido de nuevo el ingreso en toda las localidades de
las expendedurías de los efectos estancados. Pero si los contraventores son
ilegales, las mercancías serán requisadas contando además que sufrirán una
multa de 500 reales de vellón, quedando inmediatamente este individúo
responsable con sus bienes a los perjuicios que establece la Hacienda Nacional.
Pero lo más
curiosos, solo 10 días después por el mismo Gobierno de la Provincia, publica
una nueva notificación por parte de Hacienda, afirmando que habiendo tenido
lugar un alijo de tabaco y demás género de ilícito comercio por las playas de
Moguer, no tuvieron en cuenta las extremas vigilancia que se están llevando por
los Agentes de la Autoridad que se encuentran bajo mis órdenes, y las
detenciones llevada a cabo entre los contrabandistas conocidos, que ejercen sin
impunidad por estas conocidas playas, que les han sido requisados todos los
medios de transportes y demás, pasando a disposición del Juzgado de 1º instancia
de dicha ciudad citada de Moguer.
José García Díaz.