lunes, 17 de junio de 2024

La Milicia local en Bonares en 1854.

 

                                                                  


    Comienza el año de 1854, teniendo como Alcalde-Presidente don Mariano Suarez, y como Secretario de este Ayuntamiento el señor don Juan Antonio de Soto, para un pueblo que este año dispone de un Censo de 1,649 habitantes.

 Circular Oficial, destinado a esta Alcaldía de parte del Ministerio de Hacienda publicado por Real Decreto la siguiente Orden:

   Queda establecido, a partir del día 1 de enero donde se comunica que queda establecido en toda la Nación Española, el sistema métrico decimal como medida de longitud y su nomenclatura científica. Mientras las colecciones de pesas y medidas destinadas a todos los establecimientos públicos con destino a tender a las necesidades de sus clientes, no se hallan todavía construidas, y fue forzoso aplazar su plan hasta que quede totalmente arreglada.

   Mientras la siguiente Circular Oficial, dirigida a este Ayuntamiento, por parte del Gobierno de esta Provincia dentro de la Sección Administrativa de la Hacienda pública de este Provincia donde se le comunica al señor Alcalde de esta villa, que tiene como nuevo fijar como Zona-Fiscal como ha quedado establecido por Real Orden, dirigida al Alcalde de esta villa de Bonares, que los ganaderos locales, se verán obligado a presentar un padrón o relación duplicada de su cabaña animal al administrador de aduana de su demarcación asignada en el pueblo de “El Granado”.  ((Teniendo en cuenta que el Matadero local, se encontraba bajo arrendamiento anual, por parte del Ayuntamiento a varios tratantes de ganado de la Sierra Norte, por las condiciones comerciales y económica que ofrecía este pueblo, en la preparación y transporte de la carne salada).

  El día 28 de este mes de la Comandancia de la Guardia Civil del Puesto de Moguer, pidiendo información a la Alcaldía acerca de la captura de una joven francesa de 16 años, llamada María Adelaida de la Concepción, la cual se ha marchado de su casa de sus padres residente en la ciudad de Faro en Portugal. En compañía de una familia de un italiano, llamado Thiagr Rivoz y es reclamada por sus expresados padres, donde parece ser que se encuentra por esta villa y alrededores.

  El 15 de febrero, recibe en esta Alcaldía la Orden del Gobierno Militar de esta Provincia, donde se le presenta la lista de los dos mozos procedente de la quinta de armas de Infantería del Reemplazo del año pasado de 1853:

   Son los siguientes soldados, José Márquez y García, y Pedro Carrasco y Vega.

   Además, se refleja por primera vez documentado el pago en el mes de enero, de 11 reales por la captura de un gato montés, dos cernícalos y 27 ratas, reflejado en material de gatos municipales.

  El 25 de febrero, se recibe un Correo Oficial de parte del Gobernador Civil de la Provincia don Bernabé López Bajo, donde se dirige a esta Alcaldía.

 Poniendo en aviso, que ha visto una sublevación liberal en Zaragoza el día 20 de este mes citado, por parte del Reguimiento de Córdova nº 10, apoyado por algunos paisanos, han sido batido completamente y detenidos muchos de ellos, puesto ya en prisión, para tranquilidad de toda la vecindad.

   En el mismo día, el mismo Gobernador se dirige al señor Alcalde, donde se reconoce la labor local organizada de la hospitalidad domiciliaria a los pobres de solemnidad, por parte de los miembros que forman la Junta de Sanidad y Beneficencia, pero recomienda mejorar la situación en cuanto lo permitan a socorrer a los indigentes en su alimentación, como en los locales de alojamientos precisos para que mantenga óptimas condiciones sanitarias cuando reine una epidemia infecciosa.

   El Ayuntamiento, le contesta a la citada Autoridad Gubernativa, que este pueblo tiene establecido tres casas de socorro, como queda establecido por la nueva Junta Parroquial, presidida por don José Fernández de la Maza y expresada por la Real Orden, para que preste el facultativo local el servicio sanitario en cuando aparecieran algún foco de epidemia de cólera morbo asiático.

   El 15 de marzo, se celebra el alistamiento y el sorteo de los mozos del presenta año, de los cuales en este año se han presentado 32 jóvenes, formando el cupo actual en 6 quintos, motivado por los atrasos de las décimas en años anteriores han registrado un mayor número de quintos que citamos:

Pedro Pulido y Fernández con el nº 19, Manuel García Díaz nº 20, José Domínguez y Toro nº 21, Juan Carrasco y Martín mi 22 y Juan Márquez y Martín nº 23. Librado bajo redención Manuel Prieto y Díaz. Por lo tanto, señor Alcalde, le ruego como Brigadier, Gobernador Militar que estos quintos de deberán de presentarse el día 1 del mes de julio entrante al jefe que se le designe para marchar a sus banderas correspondientes.

    El día 17 de mayo, este Ayuntamiento acordó el remate de los arbitrios municipales, que tendrá lugar a las doce del día 24 del mes actual contando está presupuestado en 13,800 reales de vellón el último trimestre.

  En este año por cada millar de naranja, se abonará 4 reales; cada fanega de aceitunas,3 rs.; por cada cabeza de ganado de cabrío 1rs. y de cerda igual cuantía.

                                                             


                     Soldados de la Milicia local, o Ejercito del pueblo.

  En finales del mes de junio, se proclama un levantamiento militar Carlista encabezado por el General O´Doncel al frente de un Batallón de Infantería contra el gobierno nacional, que fueron combatidos por las fuerzas gubernamentales.

   Lo que motivan de nuevo activar las Juntas provinciales de Gobierno en toda la Provincia, llamada también de armamento o salvación. Por lo que se forma de nuevo en este pueblo la Milicia Nacional del Reino para equiparla y armarla; cuya celaduría de vigilancia pública, atribuyéndose al señor Alcalde don Mariano Suarez y de segundo a don Manuel Carrasco como Teniente Alcalde y Regidor. Ante le necesidad de que no se alteren la calma y el sosiego en toda la vecindad, ante los momentos actuales que está pasando la Nación, mantener la mayor seguridad individual, al mismo tiempo evitar con su vigilancia el que no se cometa robo ni delito en las personas de los viajeros y las propiedades particulares, sobre todo rechazar a toda costa la agresión de los “Carlistas “.

    También, se manda con la mayor facilidad para que los batallones de la Milicia ciudadana puedan adquirir en los puntos en que hay almacenes de artillería, por servicio de S.M. se presente para analizar y revisar el estado del armamento de los miembros de este distrito, para que sus respectivos mandos, haga las gestiones si hace falta fusiles nuevos y se haga constar su número.

 Igualmente, recibe este Ayuntamiento una Circular de la Junta Provisional del Gobierno de esta provincia el día 26 de julio, por donde se acuerda que toda la “sal” que se invierta en las salazones de carnes y pescado de este pueblo, por parte de los vecinos autorizados para este cometido industrial, se le expenda al precio de seis reales la fanega, sin que se les exija si tiene matriculas o traficantes de arrendadores al por mayor; ni la de los géneros vayan estibados y en pipas, y exportados por mar cuando menos de 20 leguas.

        El julio 26 de julio, en el diario sevillano La Paz, donde se comenta que se ha efectuado un levantamiento “popular” en Huelva, donde se desarmado dos buques de guarda-costas que se hallaban en su ría. El exgobernador señor López Bajo, que se quiso oponerse, fue detenido y hecho preso donde dos horas después formó la Junta la Provisional en el mismo día fueron separados varios empleados y en su totalidad el Ayuntamiento, reemplazado a uno y otros individuos en su mayor parte con progresista y todos liberales.

  El 7 de noviembre, esta Alcaldía recibe una Circular de Oficio por parte de la Diputación Provincial, donde se le pide explicación por no haberle remitido el estado de la fuerza de la Milicia ciudadana de este pueblo, con el número de sus componentes, tanto si hay licenciado algún oficial, suboficiales, cabos y tropas que la forman.

   En esta ocasión, los aspirantes a la Milicia local deben ser mayor de 14 año y menor de 45, disponer de cinco pies, y dos pulgadas de estaturas, contando haber tenido buena y honorífica conducta y aptitud por medio de un certificado del Alcalde y párroco de su pueblo, quedándole por su enganche de tropa 5 reales diarios.

    José García Díaz.

martes, 11 de junio de 2024

Bonares, en el Condado de Niebla en 1853.

 


 

  Este Ayuntamiento, recibe por parte de la Comisión Superior de Instrucción Primaria de esta provincia don José María de Cepeda como Presidente interino de ella.

   “Accediendo esta Comisión la fundada solicitud que, con fecha del 9 de este mes de agosto, le ha dirigido el Maestro titular de la Escuela primaria de primeras letras de este pueblo don José Carrasco, ha acordado decirle a usted, que teniendo derecho el interesado, que según la Ley para que además de su dotación actual es de 1,400 reales de vellón anuales, se tiene la obligación de facilitarle una casa habitación para sí y su familia, junto con los recursos necesarios para que la Escuela esté provista de los útiles y enseres que debe tener, disponga ustedes que desde el inmediato termine este mes de agosto se le satisfaga en su dotación exclusivamente de los fondos municipales al respecto a lo expresado los 1,400 reales de vellón, quedando además a beneficio del Maestro los 600 Rs. con que anualmente contribuye la “obra pía” que en este lugar existe; a fin de que con ello pueda satisfacer el alquiler de la casa que habita, y tener constantemente provisto el Establecimiento de los útiles para la enseñanza de los niños pobres, así como de los otros enseres comunes a todo lo que concurren a la Escuela”.

    “Lo que comunico al señor Alcalde para los efectos consiguiente.

  Dios guarde a usted muchos años en Huelva, agosto de 1853.”

       De la 2º Sesión de la Delegación Provincial, se atiende a esta correspondencia:

  “Don José Márquez, menor de esta vecindad, he acudido a esta administración esperando que, por los arrendatarios de Consumo de esta villa, que se ha decomisado un cerdo que mató el día 4 del corriente mes de noviembres. Y no habiéndose recibido de esta oficina las diligencias oportunas sobre este hecho, que se encuentra ordenada en el artículo nº 55 y 56 de la Real Decreto del 20 de junio del año pasado, por lo que les pido que es indispensable que les remita de vuelta de correo, la información que ha motivado los siguientes hechos”.

  Días después, el Regidor Síndico se dirige a esta Administración en representación de esta Alcaldía, dando explicación los motivos por los cuales se han requisado dicho cerdo a este joven local. Que ha formado la siguiente reclamación, es la de no pedir el permiso local reglamentario para su sacrificio dos días antes, como dicta las normas locales y se ponga en aviso al Técnico local Sanitario, para que este ejerza su vigilancia y examen correspondiente de su estado de salud del expresado animal para su consumo.

   De la Comandancia del 2º Tercio de la Guardia Civil de la Palma, se dirige a esta Alcaldía con la siguiente Circular por correo Oficial:

   Me consta que, en este pueblo hay varios sujetos que tienen armas sin estar autorizado con las oportunas licencias también hacen uso de ellas para la caza furtiva.

  Por lo tanto, perteneciendo este pueblo a la jurisdicción dela Línea de mi cargo, me ha parecido conveniente dirigirme a usted como Alcalde, para que tenga bien a disponer corregir este problema. Puesto que yo como Oficial de Rango, provengo a las fuerzas de mi mando que, en servicio de vigilancia, detenga aquellos vecinos que porten armas sin previa autorización, le serán requisadas y puesto a disposición de las Autoridades para que dicte la sentencia correspondiente, que puede llevar a varios meses de presidio”.

  “Haga usted por su parte publicar un Bando, en los sitios destinados para ello en este pueblo, con objeto que dicha información haga llegar al mayor número de vecinos y estos queden prevenidos”.

                                                                  

                      

  Dentro del pago de la Contribución Territorial, en la Sección 3º de este pueblo rescatamos algunas sobre los efectos de los bienes declarados como Riqueza imponible.

  Destacamos a la señora Ildefonsa Bautista, propietaria de una casa, varias besanas de tierra calma, higueras y huerto en el Marote, tiene un mulo y una burra, por lo que deberá de abonar la suma de 685 reales de vellón.

  Doña Matea Cintado, propietaria de poca tierra, tiene a su nombre una media casa y un jumento, por lo que tendrá que abonar 126 rs.

 Doña María Márquez, dispone de una casa, varios millares de viña y un mulo, abonará la suma de 487 rs.

  Doña Josefa Pulido, solo dispone de una casa, donde deberá de abonar la suma requerida de 165 rs.

  Doña Ángela Pulido, tiene en propiedad una casa, tierra de baldíos, olivos y viñas, cuentas con una mula para las labores por lo que supone abonar 537 rs.

   Doña Ana Patricio Pulido, una casa en propiedad, tierra de labor y tres vacas lecheras que suma el importe 583 rs.

   Doña María Díaz, tiene en propiedad media casa y varias higueras alojadas en el corral, abonará 60 rs.

  Doña Josefa Rodríguez, dispone media casa, con la de su cuñada, dispone de gallinas ponedoras para la venta de sus huevos.

  Señora viuda de José Martín, dispone de una casa, huerto y un pozo y una burra deberá de abonar 243 rs.

  Doña María Quintero, una de la más grandes propietaria de tierras de sembrado de cereales, viñas y olivos y utensilios de caña y mimbre, una casa de propiedad con un cerdo en la cochinera, deberá de abonar la suma de 1,478 rs.

  Doña María la O, tiene una casa en su nombre, tierra de campiña con almendros, y gallinas corraleras.

  Doña María Padilla, tiene en propiedad una casa y varias estacas de olivos.

  Doña Ana María Pulido, propietaria de varias besanas de cultivo de cereales.

   Doña Mariana Pérez, tiene media casa con higueras en el corral abonará 146 rs.

  Señora viuda de Cristóbal Martín Pavón, dispone de una casa en propiedad, y está dentro de las grandes propietarias en fanegas de terreno de huertas y frutales, tiene un cerdo en el corral deberán de abonar la suma de 2,007 rs.

                                                              

                                                              

                                                               Fabricando el jabón.

  Doña Salomé Carrasco, solo dispone de media casa, y ejerce como ama de cría, debiendo de abonar 136 rs.

 Doña Magdalena Pabón, media casa lo mismo que la anterior.

 Doña Salomé Romero, un portal de casa, tierra de secano y gallinas en el corral deberá de abonar 212 rs.

Doña María Martín Reinona, por su casa con higueras y gallinero deberá de abonar 228 rs.

  Doña Sebastiana Carrasco, dispone de una casa, tierra calma de cultivo, olivos y una mula, cuyo importe es 386 rs.

 Doña Isabel Martín, por su casa, tierras de labor de secano y un mulo deberá de abonar 786 rs.

 Doña Leonor Pabón, por media casa, 100 rs.

  Doña Mariana Moro, otra media casa 75 rs.

  Doña Sebastiana Barrera, dispone de una suerte de naranjo y limones, una casa y una mula.

  Doña Andrea Limón, tiene una casa, tierra de cultivos y una mula.

  Doña Paula Martín Quintero, manzanos, un jumento a pagar 59 rs.

  Doña Marcelina Barriga, tiene una casa, olivos y un tercio de la fábrica de jabón duro.

   Doña Catalina Quintero, una casa con gallineros, 318 rs.

   Doña Bárbara de los Santos, dispone de un portal de casa 90 rs.

   Doña María Pavón, una casa tasada en 138 rs.

   Doña Carmen García, tierra de siembra, y una casa con gallinero.

   Doña María Josefa Martín, dispone de media casa, olivos y viñas, deberá de abonar 220 rs.

    Doña Antonia Fernández, declara tierra y un jumento.

     Doña María Velo Charandela, una casa y por tierra de siembra abonará la suma de 256 rs.

    Doña Dorotea Carrasco, una casa, tierras y cuatro parejas de bueyes. Aportará 669 rs.

    Doña Ana Muñoz, declara una casa con gallinas en el corral.

     Doña Andrea Coronel, tiene dos casas, fanegas de tierra de cultivos, 7 cabeza de ganado mular, y 9 vacas lecheras abonará la suma de 2, 078 rs.

   Doña María Carrasco Melliza, tiene media casa con gallineros.

   Doña María Antonia Márquez, una casa y tierras de cultivos.

    Doña Dolores Moro, una casa con gallinero en el corral.

    Doña Paula Martín, una casa con gallinero, olivos y viñas donde abonara la suma de  1,034 rs.

    Doña María Fernández, por tierra 101 rs.

    Sr. Viuda de Ildefonso Martín, una casa y tierra de cultivos.

   Doña María Quejada, tiene media casa con higueras.

    Doña Juana Caballero, una casa con gallinero y tierra de labor.

    Doña María Martín Paredes, una casa y tierra de Cultivo.

   Doña Ana Coronel una casa y una suerte de olivos.

    Doña Juana Carrasco, con casa hacendada, deberá de aportar                               3,478 rs.

   Estas señoras, hace cerca de 180 años era las emprendedoras locales, como se demuestra con su contribución anual en beneficio de la vecindad.

José García Díaz.

 

viernes, 7 de junio de 2024

Notas, sobre la vida local en el año de 1853.

 

                                               


          

   En primero de enero, de la Administración de Aduanas se dirige a este Ayuntamiento, bajo Orden de la Superioridad, les mande la relación de las personas mayores de edad de ambos sexos que se encuentren viudos y viudas, los solteros y las solteras y los niños y niñas mayores de 15 años.

  Días después, bajo mandato del ilustrado Gobernador de esta Provincia don Mariano Alonso Castillo, se dirige a este Ayuntamiento mediante la Circular-Instrucción pública- Donde sugiere que, en las escuelas primarias de este pueblo, se deberán dar conocimiento de agricultura, bajo los datos que me ha recomendado el señor Inspector del ramo, sugiriendo el manual del señor don Alejandro Oliber, que ha cumplido los preceptos del Gobierno de su Majestad para este cometido.

  Por donde, para que esto tenga efecto de manera pronta y completa, he recomendado a la Comisión de enseñanza, gire una visita a la escuela de este pueblo, que vean en ella si están provistos de los libros necesarios, en especial los niños pobres, por donde deberán sacarse lo necesario para comprárselos. Y, además objetos como pizarras, tizas y demás utensilios complementario.

   Me dirán ustedes, inmediatamente correo certificado parte del resultado de la visita y de la resolución que hubiesen adoptados en beneficio de los alumnos. Al mismo tiempo se resalta, el presupuesto de dotación de la escuela de niños de esta villa es de 3000 reales de vellón anuales, incluidos los gastos de materiales, y desde el año pasado que se encontraba alojada en la Casa Ayuntamiento, fueron trasladado a la Ermita de San Sebastián, por orden Gubernativa, quedando libre para incluir en ella la reciente escuela de niñas en la citada Casa Ayuntamiento, que conllevan un gasto de 2000 reales las cuales ambas son dotadas por los fondos municipales con el pago en metálico en cada trimestre. Incluyendo el alquiler de la vivienda del señor Maestro.

  En primero de junio, se recibe una Circular de Montes dirigida a este Ayuntamiento, donde avisan que se está aproximando en la época que por desgracia en años anteriores han ocurrido las mayorías de los incendios dentro de esta provincia, cuyos estragos lamenta lo general de ellas, pues los pueblos en cuyos términos radican aquellos, se ven privados de una gran parte de su rendimientos económicos, ya por su maderas, como los arriendos de sus frutos que producen para atender las cargas municipales; si dichos incendios, bien por efectos de la causalidad o resultado involuntario de la quema de rastrojo, pastos de tierra calma o rosas de los mismos montes. Serán de suma obligación mantener los más limpios posibles las limpiezas de ellos, para que en su tiempo el Ayuntamiento mediante contratación de braseros locales ejerzan esta labor de limpieza y mantenimiento.

 De la misma manera, y a propuesta por el Comisario de Montes en su oficio de este día, ha venido a proponer que todos los guardas de a pie de esta provincia que el sueldo diario sea de cuatro reales de vellón, dado que en este caso cubre a el vecino de este pueblo llamado Antonio Boza de 34 años de edad.

   El día 16 de junio, de la Administración de Rentas Estancadas de esta Provincia, dirigida a esta Alcaldía de la siguiente manera: Sírvase usted señores que en la brevedad posible si el estanquero de esta villa y “expendedor de sal” cumple con la ordenanza de la Ley vigente, respecto a la atención de los clientes.

      Al mismo tiempo, si los establecimientos están siempre curtidos de todos los efectos que se re concurre con la población.

   Si los locales de la venta expresada de la sal y del tabaco, se abren y sirven a las horas convenidas por instrucción impuesta por los Regidores de Consumo locales, y si dentro su despacho se trata con atención y agrado al público.

   Si el punto donde está establecido en la calle Niebla, son los más apropiados para su almacenamiento, junto con el estado de la limpieza que se realiza en su momento determinado, debiendo tener alojado un pozo o aljibe con su correspondiente pileta; que las cuadras de los animales de labor y cochiqueras deben de alojarse de una distancia prudente. (Este gobernador, no perdió tiempo en conceder Estancos a las viudas de los militares, Guardias Civiles, y Carabineros muertos prestando servicio, pero lo primero era que estuvieran en manos de los adeptos y simpatizante de su Majestad la Reina Isabel II como así lo hizo, en más de una ocasión).

                                                                  


   En otra ocasión, hace tomar justicia de su cargo de Gobernador sobre la siguiente denuncia remitida por este Ayuntamiento:

   “Puesto que el vecino pobre de esta villa Francisco García, no dispone medios económicos para efectuar el pago de la multa que le han efectuado la Guardia Civil del puesto de Maguer, el día 7 de este mes, en el paraje de La Palomera careciendo de disponer la correspondiente licencia de caza, dispongo conmutarla aquella por diez días de cárcel, y aquí lo certifico”.

 El 27 dentro del mes citado de junio, por parte de la Administración Provincial notifica: Que Fernando Guzmán abastecedor de carnes de esta villa, ha acudido a esta administración que el arrendatario de los arbitrios de consumo le niega el abono del 3% del que devenga las carnes que sacrifica en el matadero local, como determina la Ley vigilante. Y que, al pasarle los menudos y despojos, lo hace sin desprenderlos de la limpieza que conlleva para realizarla en su casa, igualmente hace lo mismo con las cabezas para separar los cuernos.

   Estudiando la reclamación por parte del citado arrendatario de consumo que dispone de las llaves de la casa matadero, el citado carnicero no puede servir al público para aquellos pedidos de carnes que le hace falta hacer en horas extraordinaria para el salado de este alimento sea el correcto.

      De la misma manera, en la misma reclamación también hace notar el carnicero, que se la aplica el expresado porcentaje a los pellejos de cuero para el vino, cuando las unidades se les vende a los particulares a dos reales con 25 maravedíes, nunca ha superado el 2 % de impuesto. (Este pellejo conocido también con el nombre de “odre” era muy común en este pueblo hasta los años setenta del siglo pasado, estaban hecho de la piel de macho cabrío utilizados como recipiente para el traslado del vino de una bodega a otra para su crianza, estaba elaborado artesanalmente, ofrecían una gran resistencia y flexibilidad para utilizarlo, cargando con la capacidad de 30 a 40 litro).

   Seguidamente el señor Gobernador notifica al señor Alcalde interino de este pueblo don José Moro Vega, que se advertido que el sello que utiliza este Ayuntamiento, no se encuentra en óptimas condiciones, junto con su mala impresión para los documentos oficiales. Le recomiendo que en este capital se encuentra el grabador don Rafael Pavía, que con sumo gusto le facilitará otro nuevo.

                                                                


  Esta fue la última Circular oficial Gubernativa, antes el cese inesperado del ilustrado don Mariano Alonso Castillo, por Orden del Ministerio de la Gobernación.

         Desde el día 11 de febrero de 1851, es donde apareció como la primera autoridad de la Provincia por Real Orden de su M.R. Fue sin duda el promotor de elevar la enseñanza primaria, fermentando el número de escuelas en toda la provincia, donde afirmaba que el saber leer y escribir era combatir la exclusión social, y la alfabeticen era la que lleva a los hombres ser esclavos de sí mismo.

   Fue el fundador y director de la Sociedad de Económica del País en Huelva que tanto beneficio cultural aportó a la sociedad en aquellos oscuros años.

   Fue la autoridad competente que autorizó legalmente, nunca expropiación de utilizar la Ermita de San Sebastián como escuela de primera enseñanza, por encontrarse en aquellos años cerrada para el culto de los vecinos de esta villa.

  Fundador de la primera escuela de dibujo y matemáticas en Huelva, donde un joven alumno de este pueblo fue premiado con un diploma de honor de esta escuela, citada de dibujo llamado Antonio Rufete.

   Pero este hombre ilustrado, se pasó de los límites que por aquellos estaba implantado en los cañones sociales, fue suspendido quedando enterrado en el olvido, cómo buenos españoles sabemos hacer, con suerte con los años de primero del siglo veinte, las autoridades de Huelva le dedican una calle, para terminar en pocos años atrás un profesor valiente de esta Capital se atreve escribir un libro en su memoria, contando su vida y su gran obra social en este olvidad Provincia.

   El día 10 de octubre, el nuevo Gobernador Civil de esta Provincia comenta que ha recibido la aprobación del nombramiento hecho por la Junta Municipal de la Beneficencia de este pueblo en favor de su vocal don Francisco Carrasco para desempeñar el cargo de Secretario de la misma citada Comisión.

   José García Díaz.

 

martes, 28 de mayo de 2024

Apuntes económico en 1852.

 

                                                             


 

   El día 13 de enero, mediante información por parte de su Alcalde don José Mateo Carrasco, sobre el comienzo de la obra en este Ayuntamiento, habiéndose rematado con acuerdo con los señores Regidores en favor del Maestro Carpintero de este pueblo llamado Rufete, en la cual me dirijo a usted como la autoridad Gobernativa tome constancia.

  El día 28 del mes citado, se recibe una Circular de Oficio, de parte de la Audiencia de Sevilla, dentro de la Secretaría del Gobierno de la Casa, para que este pueblo dentro del plazo de un mes y bajo notificación Oficial queda integrado en los Juzgados de Instancia de la Palma. Así mismo nos hacemos responsables de todas las incomodidades que estos hechos pueden ocasionar a toda la vecindad de esta villa.

 El día 20 de abril, encontramos la segunda exigencia en este año, dirigida a esta Alcaldía, preguntando por la situación del Cura parroquial de esta villa don Manuel Gómez Feria, que parece ser vicario auxiliar y capellán de monjas en el convento Santa Clara de Moguer, encargado de dirigir espiritualmente a la citada comunidad religiosa en momentos determinados.

  “Lo que hago traslado a usted señor Alcalde, para que disponga de puntual conocimiento en cumplir y aceptar la Real Orden, a cuyo efecto acompaño a usted el expediente de que se trata y que será devuelto para elevarlo a la superioridad, tan pronto como esté diligenciado en la forma prescrita”.

   Desde el Gobierno de la Provincia de Huelva.  En primero del mes de diciembre, por donde el señor Ministro de Fomento, atiende la solicitud presentada por este Ayuntamiento y le comunica de la siguiente manera:

 “De Real Orden devuelvo a esta Alcaldía de Bonares la solicitud de permiso para la celebración de una feria anual en los tres primeros días de septiembre, a fin de que, con arreglo en lo dispuesto en Real orden del 17 de mayo de 1834, en acuerdo de las Cortes de 24 de igual mes de 1837, se acepta y se autoriza la citada feria por el expresado Ministerio de Fomento”.

       El día 10 de mayo, recibe la siguiente Circular por parte del Capitán de Caballería don Juan María Escamilla, que se presentará en este pueblo con diez caballerías para traerse diez “barcinas” de paja para los caballos del destacamento de la Guardia civil en Moguer, las cuales se servirán pesar en arrobas, aportando el importe total de la misma que se le abonarán en su correspondiente plazo.

   En agosto, el Gobierno de Huelva autoriza dos certificados de nuevas Matrículas industriales para dos vecinos locales, uno vinatero y el otro para la fábrica de jabón duro de doña Marcelina Barriga.

 Igualmente se atiende la queja presentad a la Administración de este Gobierno Provincial presentada por José Coronel vecino y abastecedor de carne de esta villa, donde este Ayuntamiento y su Junta pericial le habían incluido en el pago contributivo una demasía sobre la venta de carne en su casa despacho en el año pasado, sobre las canales de 198 carneros y 325 machos cabríos, les habían aplicado el gravamen como que si fueran ganados menores.

   En el documento que exponemos abajo. Proviene de la Comandancia de la Guardia Civil de Moguer, dirigida a esta Alcaldía informándole, sobre la detención en breve tiempo de los individuos, que sustrajeron dos lámparas candelabros de plata de la Iglesia de Nuestra Señora de la Asunción de este pueblo y que se encuentran pendiente de su detención.

                                                                


   Igualmente, de la Comandancia Militar General de esta Provincia se dirige a este Ayuntamiento donde mediante el Oficio se le informa la aprobación de la licencia temporal del soldado José Avilés, miembro del Regimiento de Infantería de Albuhera nº3 que se entrega adjunto.

      Por parte de la Dirección Provincial de Hacienda hace la siguiente notificación sobre el nuevo Comisionado, como dicta las Leyes vigentes, donde se ha tenido a bien separar del cargo del actual que ejerce en este pueblo y su distrito don Santiago Molina, nombrado para su reemplazo a don Manuel de Linde como el nuevo empleado del cesante.

   Como Autoridad Superior, expongo la noticia a toda la Corporación Municipal que sea reconocido de su cargo, mientras se encuentren alguna reclamación de años anteriores, debe de recaer en el cesado señor Molina como así hago constar.

   En el mes de septiembre, rescatamos una curiosa denuncia presentada por el Guarda particular Juan Hilazo, denuncia a una piara de bacas de la propiedad de don Pedro Pinzón de esta vecindad por los daños ocasionado en una viña en el paraje del Marote de este término, en consecuencia, le ruego que le hagan saber al propietario de la expresada viña el señor Rodríguez Acevedo el citado daño ocasionado.

  Así mismo, desde la Administración de Correos de Niebla, se dirige a esta Alcaldía donde se les expone, que tal como manda las ordenanzas locales, la autoridad de este pueblo deben de disponer a su disposición las llaves de las valijas oficiales que transporta el cartero distribuidor, que me ha presentado las quejas correspondientes por no encontrarse otra autoridad responsable para hacerse cargo de la misma en el Ayuntamiento de este pueblo en el día señalado.

   El 20 de noviembre, se publica en el tablón de anuncio de este Ayuntamiento, por donde la subasta de la casa Matadero de esta villa se le adjudicado al tratante de ganado oriundo de la Sierra Norte de este Provincia, para todo el año próximo llamado Juan Fernández Sánchez.

  A la semana siguiente, de nuevo la vecina Niebla sigue con sus quejas y reclamaciones por culpa de los vecinos de este pueblo, una semana si, la otra también, en esta ocasión es por culpa de los daños que ocasionan en los caminos que conducen a los molinos harineros. Donde se la ha pedido a este Ayuntamiento que se dirijan a su vecindario por medio de un edicto, donde le exijan responsabilidad a los transeúntes muleros y arrieros locales, para que los guardas campos no se vean en la necesidad de denunciarlos.

   En este año, los propietarios locales tenían en régimen de alquiler por un periodo de cuatro años los molinos harineros del término de Niebla. La señora Ana Patricio Pulido, junto con Andrés de Vega y Bartolomé Padilla tenían el molino llamado de La Piñuela donde abonaban al Administrador de Fincas del Estado y el escribano de Rentas de la villa de Niebla, la suma de 5632 reales.

   El otro molino conocido como el Álamo, alquilado por don Cristóbal Carrasco. Quedando el conocido como el del Puente situado en la orilla del Río Tinto, que desde el domingo 15 de febrero de este año, que pertenece al secuestro de don Carlos, fue arrendado por el periodo de cuatro años como los anteriores, por el hacendados de este pueblo don Mariano Suarez media parte y la otra a los señores industriales de Valverde del Camino los Vizcaínos y Arrayas.

  El cupo de contribución señalado para este pueblo en este año es de 42,220 reales de vellón, donde el 20% es para los gastos municipales la suma de 8,446 Ros. Para los provinciales supone el importe de 492, quedando el resto para la caja del Tesoro la suma de 823 Ros.

    Mientras los hacendados forasteros salen gravados con el 13 % de reales de vellón por estar exceptuados del pago de los gastos municipales.

José García Díaz.

jueves, 23 de mayo de 2024

La vida local y social de este pueblo en 1852.

 

                                                                  


  Comienza el año, mediante la Circular de Oficio por parte del señor Gobernador el ilustrado y humanista don Mariano Alonso dirigida a esta Alcaldía, dentro de la Dirección de Beneficencia de la siguiente manera:

  “Entre mis muchos trabajos administrativos que han rodeado mi autoridad, desde el instante en que tuve el honor de ponerme al frente de esta Provincia, fue la importancia de la organización y reglamento de los niños expósitos". (En esta villa local, lo forman una media de uno a dos al año uno recogido en la puerta de la Iglesia, donde se documenta que más por necesidad alimentaria, se debía a padres desconocidos o bien de madre soltera).

  A pesar de estar suficiente probado por esta Alcaldía, la ayuda de la lactancia domiciliaria a los vecinos más necesitados por su estado de pobreza, donde recae únicamente en el dulce corazón de las Señoras, cuya educación y virtudes públicas han demostrado su gran caridad cristiana.

  Donde es mi labor agradecer, tan entrañable y profundamente sentimientos maternales, done yo les doy muy particulares gracias en nombre de nuestra amada Reina y Señora, cuya bondad de corazón es tan conocida por sus leales súbditos.

  A las Señoras que representa en este pueblo, tan grandiosas labores son, doña Salomé Carrasco, doña Josefa Coronel y la señora doña Catalina Carrasco.

 Mientras el día 13 de enero, parte del Gobierno de la Provincia de Huelva, el señor don Mariano Alonso se dirige a esta Alcaldía con la siguiente nota:

   “Muy señor mío, para su servicio de la mayor importancia y con toda reserva sobre los datos justificados, me diga usted en la mayor brevedad, si las personas contenidas en la adjunta nota residen en este pueblo, sin son casados, o solteros; respecto a los huérfanos me dirá usted, poco más o menos la edad que tengan; al hablar del Señor Presbítero me manifestará si tiene algún cargo auxiliar o solo se dedica a la Iglesia con asignación económica, como también, si existe colaboración de este señor con algún Convento de monjas de la cercanía".

     A primero de marzo, como cada año se da comienzo el sorteo de los nuevos quintos, para prestar su servicio militar obligatorio donde de los setentas mozos presentados, dos son los escogidos para desempeñar este servicio a la Patria. Serán los mozos que cumplan 19 años, 20 y 25. Por lo que se remitirá esta Alcaldía de nuevo por nota certificada y clasificada a este Gobierno por edades del número de mozos citados anteriormente, y la de los quintos sorteados en 1850. Por lo que dispondrán de un periodo de tiempo de treinta días para realizar este cometido.

   El 15 de marzo, se recibe una circular por parte de la Comisión Superior de la Enseñanza, dirigida a este Ayuntamiento preguntando por las necesidades de estas escuelas pública de primeras letras de esta villa, si disponen de materiales, libros necesarios para esta labor y la situación en que se encuentra el Maestro.

 Este erudito, instruido Gobernador don Mariano Alonso Castillo, implantó la primera revolución cultural en toda la Provincia, aplicando los principios de la Logia Masónica, como era aquello de más Escuelas y menos Iglesia.

   El 14 de mayo, recibe este Ayuntamiento una Circular de Oficio de parte del Gobierno Provincial, donde en nombre de la Reina Isabel II, informa a este Ayuntamiento de la implantación del ferrocarril en todo el Estado Español, dado su importancia que tiene para el desarrollo de la economía de este País.

 Por mandato de la Real Soberana, se autoriza la línea ferroviaria desde Castilla, Extremadura, Bobadilla, Córdoba, Sevilla hasta Huelva donde dispondrá de su base.

     El 30 de mayo, por parte del Gobierno de la Provincia, se dirige a esta Alcaldía con la siguiente Real orden, donde se le dirige al señor Alcalde para que la haga cumplir, la plantación de árboles en los paseos que haya en esta villa, y en sus salidas en el margen de las carreteras con los vecinos pueblos contundente, bajo la Circular de la Dirección general de obras públicas, cuyos ingenieros, jefes de los distritos, se reconozcan los terrenos en las carreteras más apropiadas para la citada  plantación.

                                                        




  En el mes de junio, la Alcaldía recibe la Circular de Oficio donde el Gobierno le pide que el médico local don Rafael Prieto, se traslade al vecino pueblo de Niebla, para ejercer el reconocimiento de dos mozos declarado quinto sorteado, pero unos de ellos han presentado alegación sobre un mal crónico que padece y no se había detectado en la primera revisión efectuada en este Ayuntamiento, durante el mes de marzo pasado.

        En septiembre, por medio de la Dirección de Sanidad le dirige una reclamación a este Ayuntamiento, por donde le exige mediante esta nota: Como esta Alcaldía no ha respondido sobre la publicación en esta villa el bando sobre las medidas de higienes pública, que al efecto se le remitió a ustedes en cumplimiento de la circular de este Gobierno, el día 25 del mes pasado recogido en el Boletín Oficial nº 103, acordado por este Ayuntamiento y que aún no ha remitido a este Gobierno, dando la explicación del efecto causado a esta población.

  Igualmente, se implanta el nuevo Real decreto y tarifa para el pago de los derechos de alambres, chapas, flejes y hoja de lata en este pueblo a partir del 1º día abril próximo por la contribución industrial los vendedores en ambulancia de cualquiera de los géneros establecido en este municipio.

  Mientras a los porteadores o arrieros que con carruaje, caballería o bueyes trafican y recorren los pueblos, comprando y vendiendo toda clase de granos, semillas o legumbres, vino u otros efectos líquidos, madera, carbón u otros efectos semejantes pagaran este año: 40 reales por cada caballería mayor, si es menor 20 y por cada yunta de bueyes otros 20 rs.

     En abril de este año de 1852, se publica la Matrícula general por orden del señor Alcalde, y el pago de la contribución con arreglo a las tarifas vigentes en los respectivos gremios, ya que este pueblo hacía en número 15 en la Provincia relacionado con este arbitrio.

 Don José Coronel Vega, era el único matarife y abastecedor de esta villa deberá de abonar 250 reales de vellón; don Rafael Prieto Médico local, 120 rs. don Antonio Conejo, ejerce de mercader de cintas, seda hilos y demás derivados 200 rs. junto con José Vega Muñoz, Manuel Conejo, Juan José Mozo y Juan Antonio de Soto, que además ejerce de Secretario de este Ayuntamiento que son mercaderes más pequeños que el citado anteriormente deben de abonar cada uno 120 rs.

   En este pueblo hay 2 posadas, la mayor es propiedad del mesonero, don Cristóbal Luis Cintado que deberá de abonar 70 rs. y la más pequeña es de don Mateo Rodríguez 20 rs. don José Fernández de la Mesa, es el escribano y ex alcalde y propietario que tuvo que cerrar su fábrica de aguardiente 70 rs. Hay dos tabernas regentadas por Gerónimo Carrasco y Juan Antonio Garrido 70 rs.

  Don Bartolomé Padilla, que ejerce como corredor de grano 70 rs. don José María Querido, era el sangrador local 40 rs. La carpintería la ejercía 3 industriales, que era Juan Pérez Suarez, junto con José Garrido y Ildefonso de Vega deberán de abonar 40 rs. Zapateros tenemos por aquellos años 4, don Manuel Barba, don José Vega Quintero, don Miguel Mantero y Eusebio de Vega pagando siguiendo el orden detallado 80, 50, 16 y 14 rs.

 Puesto o tienda donde se vende al por menor el bacalao, aceite, vinagres, legumbres secas y demás variados, se encuentran regentados por los 6 vecinos siguientes, don José Coronel Vega, don André Coronel, don Antonio Domínguez, don José Márquez Velo, don Manuel Cabet y doña María Paredes, sobrina del Cura guerrillero García Paredes deberán de abonar 30 rs.

   Hay un horno de bizcochos de Manuel Pérez 40 rs. don Manuel Carrasco Soto, profesional veterinario 40 rs. don Cristóbal Cirilo Bueno, alarife maestro albañil otros 40 rs. Maestro herrero hay 2 don José María Arroyo y don Juan Irlandés, que deberán abonar ambos la suma de 20 rs. un barbero Juan Carrasco otros 20 rs. un espartero Fernando Rodríguez otro 20 rs.

  Dos comisionistas, solo dedicado solamente para granos, los vecinos don Cristóbal Carrasco y don José Prieto, ambos deberán de abonar 150 rs. hay dos lagares de uvas, el primero de don Fernando Guzmán, y el segundo de don Domingo Pulido. Hay 2 tahonas o molino de harina cuya rueda se mueve con caballería, contando que disponían además de hornos para elaborar pan para su venta, eran los propietarios los hermanos don José María Ponce y don Joaquín Ponce que deberán de abonar ambos 140 rs.

 Hay, actualmente tres fábricas de aguardiente, don son de don Diego Guzmán, y la tercera de Juan Antonio Castillo que abonarán por cada una 60 rs. Otra fábrica de tejas y ladrillos de don Juan José Mozo, quedando don Juan Antonio Castillo como propietario de la fábrica de cal del pueblo, que con su horno y los de algunos vecinos la hacen viables deberá de pagar 50 rs.

  José García Díaz.

miércoles, 22 de mayo de 2024

Bonares, en el Condado de Niebla en 1851.

 

                                                                 


 

       Siendo jueves del 23 de agosto de 1851, queda implantado en esta villa el nuevo sello de la Casa Constitucional, por sugerencia del señor Gobernador Civil de esta Provincia don Mariano Alonso del Castillo, como dicta la Real Orden de nuestra señora la Reina Isabel II.

    En primero de enero, el Gobierno de la Provincia se dirige a esta Ayuntamiento pidiendo información sobre el mozo Antonio Márquez Castellano, que es hijo de Carlos que se dice que es vecino de este pueblo, habiendo sido sorteada para el reemplazo del Ejercito en la quinta de 1850, quiere presentar alegaciones familiares.

   Seguidamente, por orden del Corregidor de Sevilla se le ordena a esta Alcaldía que satisfaga de los fondos de la beneficencia municipal los cientos cuatros reales de vellón que ha supuesto el importe de veinte y seis instancia en el Hospital por el enfermo de esta villa Manuel Limón.

  El ilustrado Gobernador, vuelve de nuevo con las medidas sanitarias y de la importancia que tiene para este pueblo en aquellos difíciles años.

                                                           


 

   El Cura párroco de esta villa se dirige al Gobierno de la Provincia con fecha del día 1 de este mes, donde desde hace 20 años suministro la vida eclesiástica, siguiendo la costumbre inmemorial de mis antecesores y donde dentro de mis facultades el día 10 de octubre de cada año se ha traído “Santa María Salomé”, Patrona de esta población para hacerle su novena, desde la Ermita que está fuera de la población y el día 22 de este mes citado de octubre, celebramos su festividad, seguidamente el día de los todos los Santos. Sin el tiempo lo permite, se le traslada de nuevo a la Ermita citada.

  Siguiendo esta costumbre se preparó por su mayordomo don Antonio Caballero, la comunicación de su traslado con varios refriegas y grande preocupación por el Síndico Pregonero don José Carrasco por las quejas de la población ya que la Ermita se encuentra bastante distancia de la Iglesia, además de una vez comenzada su salida, se recibe la orden de volver de nuevo a su Trono, mediante la orden recibida por parte del Teniente Alcalde don José Moro Vega, lo que se verificó con el mayor disgusto, y escándalo de esta devuelta que dio lugar esta impudencia.

  Seguimos teniendo noticia por parte del señor Gobernador, donde parece que se funda en que ninguna procesión puede salir a la calle sea ordinario o de costumbre sin el permiso y licencia de la Autoridad Gubernativa. Por consiguiente, los Rosarios y las procesiones de rogativas de cuatro años, la de la Candelaria por alusión de bulas, el Corpus, la de acompañar al Cura a dar la Comunión a los enfermos, sin función alguna que se haga a petición de algún devoto no podrán salir sin licencia. Como usted conocerá muy bien que, en las financiaciones ordinarias, y de costumbres el párroco no necesitaba permiso alguno de la autoridad civil, y solo cuando se determinaba por una actividad pública sobre el hambre o enfermedades deberán ambas autoridades ponerse de acuerdo para aplacar las “iras de Dios nuestro Padre Celestial”. El culto público lo garantiza nuestras leyes, debiendo las autoridades auxiliarlos protegerlos y defenderlos, no impidiendo, ni entorpeciendo los actos religiosos en perjuicio de la moral cristiana, en un tiempo en que tanto interesa civilizar a los pueblos, para en los términos de fijar lo más el Trono de nuestra Reina. Sin duda el señor Gobernador no tuvo presente el artículo 138 de Gobierno Nacional sobre la libertad del Culto de la Religión Católica.

                                                              

   

 Otra nueva actividad sugerida y recomendada por este Gobernador en los pueblos de esta Provincia, es la actividades de los seguros agrícolas y demás, pero por aquellos años solo podía quedar en manos de los ricos hacendados locales.


 Pero había que tener en cuenta que este Gobernador don Mariano Alonso era “Masón y practicante” donde aplicaba el lema de esta Logia de aquellos años, que era “más sanidad y menos rezos”. Por donde el día 15 de octubre le responde al Cura don Manuel Gómez Feria, la siguiente Circular a través de la Alcaldía:

   “Atendiendo lo que usted me manifiesta como Cura Parroquial de esta villa el día 13 de este de octubre, se ha determinado conceder licencia para este Ayuntamiento para poder efectuar la celebración de su fiesta de su Patrona dentro de esta población, junto con tres corridas de novillos”.

 “Por lo que encargo a esta Alcaldía particularmente, que cuide con esmero estas funciones, y no se altere la tranquilidad pública, como exigió el Cura Párroco de esta localidad, tomando las medidas necesarias para evitarla”.

José García Díaz.