En la sección
ordinaria del 24 de marzo de mil ochocientos setenta y siete, en la sala
capitular de este Ayuntamiento, bajo la Presidencia de señor Alcalde don Rafael
María Prieto Carrasco se dio cuenta de la solitud presentada por el vecino,
señor Bartolomé y su hermano Manuel Bautista Carrasco, solicitando licencia
para la reedificación de un horno de fabricar cal, que se encuentra deteriorado
por los años e inutilizados desde hace tiempo, que se haya en el sitio frente a
la huerta denominada la del Sordo, y en visita por un ordenanza municipal para
calificar la situación, en que se haya el citado horno, se acordó por parte del
Ayuntamiento licencia y autorización para dicha reedificación, que en el mismo
tiempo se menciona para que lo que lo disfruten gratuitamente por el término de
nueve año, con la condición de que el vecino de este pueblo que entre en su
acuerdo labrar hornadas de cal, no siendo fabricante para invertirla en obras
de su propiedad, teniendo preferencia a las mismas concesiones siempre que no
pasen de número de tres hornadas, y sobre todo pudiendo el Ayuntamiento
fabricar en dicho horno, cuando lo necesite para las obras pública del
municipio.
Además se le
informa, que se encuentra pendiente el
arreglo del camino vecinal que se encuentra junto al citado horno. Además de
que unen ésta villa con la de Niebla, haciendo uso de la prestación provincial,
teniendo como encargado de su dirección al señor don Daniel Moro Carrasco cómo
individuo de la Comisión de obras públicas.
El horno de Bautista, de la foto de Diego Camacho.
(En este curioso camino,
conocido como el "de La Cornocá"; dese su comienzo, de la carretera
de Niebla pasando por el antiguo "campo de futbol" se encontraba
hasta 7 hornos de cal, hasta la
"Zuardilla". Que desde el Domingo día 8 de Abril de 1898, contando
con el expediente nº 8.440, se le reconoce cómo la "mina de hierro"
de la Zuardilla, que se presentó la solicitud de propiedad, antes el Gobierno
Civil, el vecino del pueblo de Río Tinto el señor don José Martín Querido, para
apadrinarla con el nombre de "San Rafael").
En el siguiente
Pleno de marzo de 1877, se dio cuenta de otra curiosa solicitud por parte del
vecino don Francisco Villaseñor Riquel pidiendo que se les expida certificado
provisional por carecer de título de una octava parte del Molino de aceite con
viga y prensa que le corresponde cómo marido y conjunto persona de doña Dolores
Márquez Guzmán situado en la calle Sevilla que ocupa el número ciento veinte y
siete de Gobierno, en donde el Ayuntamiento acordó expedir dicho certificado
con referencia a los de los que consta en la Secretaria del Municipio.
(El segundo molino
aceitero, se encontraba en la calle Arenal, conocido como "La Monoleta
" del "Patuo").
En la foto del año de 1964, del archivo de Pepe el Carnicero, se aprecia el molino aceitero del Guzmán, junto a la pozada de la "Pascuala" actual establecimiento del "Jamón" en la calle "Camino de Niebla".
También se
resalta por parte del señor Presidente, de haberle llegado a su poder noticias
por parte del señor Alcalde del Ayuntamiento de San Juan del Puerto, el señor
don Manuel Márquez Cruzado y firmado por el Secretario don Antonio Arroyo, en
donde se ha establecido un arbitrio para el año Económico de mil ochocientos
setenta y ocho de una peseta cincuenta céntimo por cada bota de vino o
aguardiente que se embarque o desembarque por aquel muelle o ría, cobrándose
este impuesto sumamente razonable a los intereses generales de esta localidad
por tener que conviniese a dicho puerto los vinos y aguardientes que se
entregan de la misma quedando deteriorado sus calados porque con este grábame
sabemos que se retirarían los compradores y los cosecheros quedarían
imposibilitados de vender sus productos; atendiendo que el referido impuesto es
legal por estar con acuerdo con la Ley Portuaria y autorizada por el Gobernador
de esta Provincia, el señor don Migue Bethencour Sortino quedando libre
circulación y venta los vinos y aguardiente de esta localidad.
El mes siguiente
el día 5 de Junio, se celebra una sesión extraordinaria, motivada por recibir
este Ayuntamiento una circular dirigida al señor Alcalde, por parte del citado
Señor Gobernador de la Provincia, comunicando lo siguiente: Atendiendo a la reclamación de agravios
entablada por este Ayuntamiento con fecha del veinte y cuatro de mayo último
referido al arbitrio votado por la municipalidad de San Juan del Puerto
motivado por los embarques y desembarques y el tránsito de boquoyes de vinos y
de aguardiente, para cubrir las obligaciones del presupuesto ordinario
municipal correspondiente, se encuentra dentro de las leyes vigentes.
En las marismas de San Juan del Puerto.
De la importancia,
que ejercía este pueblo en aquellos
años, basta consultar el Diccionario
Geográfico Estadístico de Pascual Madoz, vol.4 pág.396, destaca la
actividad de los transportes de productos agrícolas por parte de los harrieros
de Bonares, llevando materiales de los pueblos vecinos a los embarcaderos del
Río Tinto, donde se puede comprobar el elevado números de animales destinado a
esta singular misión, teniendo para ello unas 300 mulas, más de 500 burros, 40
caballos, y 220 carretas. Los mismos datos lo encontramos en la obra de Núñez
Roldán, en su obra, En los confines del Reino,Pag.
456.
( El arriero a
transportistas, era de las mejores profesiones que mejor se valoraban en
aquellos años, en donde éste pueblo ejerció como puntero en la tierra llana del
Condado, hasta casi un siglo, puesto que en el año de 1975, Bonares mantenían
la flota más importante de camiones de la Provincia, teniendo un parque de 129
vehículos, sólo al despuntar en la madrugada del día, casi treinta camiones,
eran los destinados en las labores de la madera con casi 120 jornaleros).
(Queda en el recuerdo,
que este mismo año, el "Rodriguéz, comercial de varias casas de camiones,
logró vender en éste pueblo unos 42 camiones de la marca "Pegaso".
Dado que este año y el siguiente Bonares mantuvo la Renta Per cápita más alta
de toda la Provincia de Huelva, eso sí, el Alcalde era el señor don Juan
Antonio Beltrán Barroso para terminar en lo que hemos quedado actualmente).
La sal común ya
especificada en aquellos días como "cloruro de sodio" que hacía pocos
año que las Cortes Constituyentes habían liberados el Monopolio Real dejando
libre la venta de la sal citada, para que como
siempre quedara en manos de los especuladores locales.
Al hacer un artículo de primera necesidad,
Bonares contabas en aquellos días con dos grandes almacenes de este producto,
el más conocido estaba situado en la calle del Pozo, esquina del Fielato, la
actual Plaza del Consumo, cuyo propietario era don José Vega Carraco y el más
pequeño en la calle Nueva. Por cada kilo deberían de abonar 0´09 céntimos, en
cuanto el arriero entraba con la carga en el pueblo.
Rescatamos, otras
curiosas mercancías a través del pago de sus impuestos municipales:
Pescados, en sus
escabeches y en conservas tanto de río como de mar 0´01 céntimos.
Jabón duro o blando..0´07; carbón vegetal por cada 100
kilos..0´20 céntimos.
Fosforo de cerillas y de madera en caja de 100 fósforos. Doce
docenas de cajas 0´025 céntimos.
Petróleo y los demás aceites minerales rectificados y la
bencina. Por cada 100 kilógramos, se lleva el recargo de 3 pesetas con 75
céntimos.
Mientras
el 9 de agosto de 1877, de parte de don Manuel Conejo Domínguez, teniente 1º y
encargado accidentalmente de la Alcaldía de esta villa, presenta en tablón de
anuncio la siguiente Tarifa del impuesto de consumos:
Por cada kilo de
carne de cabrío y lanar, ( junto con la de cerda, era las más solicitadas en
esta villa, puesta en la venta como muerta en fresco o bien salada, puesto que
aquello días al carecer de refrigeración la mejor conservación se efectuaba en
el salazón, que tras extraerle el agua al producto podrían durar meses, y al mismo tiempo
actuaba como ablandador de carne. Hay que recordar que el salado de las carnes
nobles del cerdo, estuvo vigentes hasta los años finales de los años ochenta
del siglo pasado). Se le aplicaba un impuesto de 0´05 céntimos, mientras, que
en Huelva o en otras poblaciones de mayor número de habitantes se les aplicaba
un porcentajes superior. La de vacuno se ponían a la venta, en días puntuales,
todas mantenían un recargo de 0´05 céntimos.
José García Díaz.