lunes, 26 de agosto de 2024

La vida local y social en el año de 1861.

                                                                                


                                                                 


     La vida local en este año, comienza el jueves 3 de enero de este año de 1861, cuando el Alcalde Constitucional de esta villa don Bonifacio Carrasco, realiza la siguiente notificación:

   “Habiéndose concluido el repartimiento de la contribución para este año expresado, el Ayuntamiento que presido he acordado que se ponga de manifiesto por el plazo de ocho días, para que los mayores contribuyentes puedan examinarla, dentro al tanto por ciento que le haya correspondido y deduzcan si realmente es correcto dentro del dictamen de la ley actual.”

   Igualmente informa, que ya están preparadas 200 cédulas de vecindad para los cabezas de familia, que son las licencias para las casas públicas que tienen el número correspondiente en su fachada, debiendo de abonar por cada una un real con veinte céntimos.

   También se le comunica a la población, que en este año hay un nuevo arbitrio que recaerán sobre los buhoneros ya que figuran en el comercio porque trafican con ellos, y sobre los dos barberos de esta villa que deberán de entrar en el ramo de los industriales porque generalmente se acercan a la medicina ministrante y sacamuelas, llevando razón o sin ella, según dictaminen los inspectores que en breve visitará este pueblo.

  Para este fin ha sido asignado al investigador 1º don Lázaro Garzón, y al mismo tiempo utilizaran los ejemplares del interrogatorio de las producciones agrícolas locales, que han sido remitido a esta Alcaldía la semana pasada con el fin de verificar las cantidades que se han cosechado en el año pasado de 1860 en esta villa.

        El 10 de este mes en el Ayuntamiento recibe un telegrama por Real Orden que ha sido comunicada por el señor Ministro de la Gobernación, que ha tenido a bien disponer la entrega de los seis quintos en Caja, serán entregados como último día el 28 de febrero. Estos seis son los escogidos entre los 32 presentados en este año, que participan en las nuevas Ordenanzas Militares sobre los reemplazos, que deberán tener los 20 años cumplidos y medir más de 1 metro con 560 centímetros de altura.

   En primero del mes de mayo la Alcaldía toma un nuevo Presidente don José Joaquín Coronel, y como Secretario Municipal sigue don Juan Antonio de Soto.

   Donde primero comunica a la vecindad, que con la autorización del señor Gobernador de esta Provincia, y por acuerdo de los Regidores del Ayuntamiento Constitucional, queda establecido que el día 24 de este mes de mayo. A las 9 de la noche, se ha de rematar en estas casas capitulares 60 fanegas de trigo del Pósito, bajo las condiciones que estará de manifiesto, para con su valor atender a las obras que ha comenzado para la “panera” de este pueblo. (Las paneras, o almacén de trigos se encuentra documentada que este pueblo tuvo con los años hasta tres, siendo el último el que se encontraba alojado en la calle del Camino del Cementerio, frente a la casa de Felipe Martínez, que perduró hasta los años 70 del siglo pasado). En el mismo expediente gubernativo instruido para este Ayuntamiento dentro de las disposiciones superiores referido a los servicios públicos de la administración municipal acerca del citado Pósito, siempre que no intervengan particulares a quienes favorezcan y aprovechen sus resoluciones en su propio beneficio.

  El día 27 de este mes citado se publica un Edicto, por parte del Gobernador Militar de esta Provincia, don José Lafuente de Alcántara dirigida a este Ayuntamiento, donde ponen en conocimiento a los empleados de vigilancia y guardia civiles de la misma, para que practiquen las más eficacias diligencias para capturar al soldado desertor del “depósito de Ultramar”, del Regimiento de Exploradores de la Reina, que debía de ser embarcado para la Isla de Cuba el día 12 del mes pasado del apostadero de Cádiz, donde jamás se presentó sin dar las oportunas explicaciones, se llama Juan Riquél Fernández, natural de esta villa contando con la edad de 20 años, de oficio jornalero, de estatura mediana, pelo negro, cejas al pelo, ojos pardos, nariz regular, boca igual, frente lo mismo, color de su piel es de color trigueño, contando con poca barba.

                                                         


   Una curiosa noticia sobre el Río Tinto de Bonares:

     Sobre una Circular de Oficio, dirigida a la Alcaldía de este pueblo el 2 de junio, de parte del Ayudante de Marina del Distrito de Moguer y de San Juan del Puerto don José Manuel Mora.

  “Diferente son las quejas, por parte de varios vecinos de esta población, que otros bien conocidos del mismo lugar arrojan a las aguas del Río Tinto las plantas conocida por Verbasco (El gordolobo) para capturar los pescados que se crían en este citado río, y luego conducido a este pueblo para su venta.

   Denunciando este mal proceder, ya que este pescado es nocivo para la salud de los vecinos, le sugieren a este Alcalde que tomen las medidas necesarias para combatir este delito antes de informar al señor Gobernador Civil a fin de que tome parte en este ilegal asunto.

    Por las Ordenanzas actuales, solo los matriculados pueden ejercer esta clase de pesca como recoge el artículo 8º titulo 14, y son los pescadores autorizados los que con criterios y sabidurías saben en qué zona de este río es apto para la captura con redes de los citados pescados, según el estado de las subidas de las mareas.

   Además, los componentes químicos de las plantas citadas, pueden se perjudícales tanto a las personas, como aquellos animales que abrevan en estos charcos de agua dulce”.

   Se encuentra bien documentado, que se pescaban en este río hasta el “malecón” del puerto de Niebla alojado en el paraje conocido como “Los Bojeos” de este término de Bonares, cuyas tierras alquiladas eran propiedad del Clero de San Juan del Puerto, teniendo de enfrente la conocida “Isla del Tinto”, que mantenía los abrevaderos de agua dulces más importante del todo el contorno, que provocó un litigio de propiedad con el vecino pueblo de Niebla que perduró un siglo. Terminando la Justicia del Tribunal Supremo dándole título de la citada propiedad a este pueblo.

   Pero la mejor reflexión del estado del agua del Río Tinto, es la que escribió el gran poeta y premio Nobel mogueleño Juan Ramón Jiménez hace un siglo atrás:

  “Mira, Platero, como han puesto el río entre las minas, el mal corazón y el compadreo,.

 Apenas sin agua roja recoge aquí y allá, esta tarde, entre el fango violeta y amarillo, el sol poniente; y por su cauce casi sólo puede ir barcas de juguetes.

¡Qué vergüenza!

 …Antes los pescadores subían al pueblo sardinas, ostiones, anguilas, lenguajos, cangrejos…

  El cobre de Riótinto lo ha envenenado todo"…

    En efecto, la rotura de la presa de las citadas minas del Ríotinto provocó el mismo efecto que el desastre ecológico que el de Aznacollar, con una curiosa fecha exacta un siglo después en 1998, cuyos vertidos tóxicos por el cauce de este río dentro este término, provocó graves daños a los ricos hacendados.

   El influyente diario de “La Provincia” de Huelva, no recogió la menor noticia del tan grave accidente ocurrido en aquellos años, envueltos con la Guerra de Ultramar, y que contaba con capital económico inglés como accionistas.

   El desastre provocó el aterramiento de este río hasta su desembocadura con el Río Odiel, con ello terminó con la pesca y con los abrevaderos de la “Isla de Tinto” que tanta importancia tenía para el ganado de los vecinos locales.

   Después de 15 años, metidos en juicio contra la poderosa e influyente Compañía minera, sólo valió para hacer más ricos a los hacendados de este pueblo, donde recibieron cientos de miles de duros en lingotes de oro.

  En el mes de septiembre se publica el nuevo Censo de habitante de esta villa, por parte del Ayuntamiento que nos da el número de 2598 habitantes.

  Días después, se recibe una notificación por parte del Arzobispado de Sevilla, dirigida a esta Alcaldía informándole que han aceptado la dimisión presentada por el Cura Párroco de esta villa don José Gómez Feria, y en su lugar la plaza citada pasará al sacerdote don José María Fernández como nuevo Cura de la Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción.

José García Díaz.

miércoles, 7 de agosto de 2024

1860, La primera Guerra en África.

 

                                                             


 

  Documentada, casi en directo gracia al telégrafo conectado con la Península en línea, donde a diario se publicaba en la prensa todo movimiento de la campaña, desde que comenzó en Ceuta y Melilla, al final del mes de agosto del año pasado, y aun no se sabía cuántos jóvenes soldados de este pueblo se encontraba implicado en este conflicto.

   El día 2 de enero del citado 1860, se recibe en este Ayuntamiento una Circular de Oficio, por parte del Gobernador Militar de la provincia don Francisco Javier Camuña, que va dirigido a los vecinos licenciados del ejército que se hayan en casa, y quieran nuevamente plaza por el tiempo que dure la guerra de África, tendrá derecho a un real diario sobre su haber el tiempo que dure su reenganche, (el salario medio de un jornalero en aquellos días era de 3 a 4 reales por peonadas en este pueblo).

   España mantenía en aquellos años un acuerdo de amistad con el Sultán de Marrueco recogido en el Convenio de Tetuán, por donde se reconocían la soberanía de España con estas ciudades de la citada Ceuta y Melilla, pero de nada sirvió ya que las kábilas morunas no aceptaban estas fronteras, por donde las tribus vecinas se levantaron en armas con los españoles, creando lo que el Gobierno español estaban deseando a toda costa declarar la guerra a los infieles y sobre todo al Sultán de Marruecos, el Califa de los Creyentes y Príncipe del Algarbe.

     El 20 de enero, la Alcaldía accidental dirigida por don Luis Cerero se dirige por Circular de Oficio al Ministerio de la Gobernación con fecha actual firmada por el Secretario Municipal de este Ayuntamiento de Bonares don Juan Antonio de Soto, de la entrega voluntaria a esta identidad de la recolección de la suma de 987 reales de vellón a los heridos y necesitados soldados hijos de este pueblo que se encuentra en el ejército expedicionario de África, en donde una mayoría de locales gritan en alto aquello de “españoles a Marruecos “

   El 7 de febrero el Ejército Español entra en Tetuán, y colocan la bandera española en la torre de su fortaleza, dentro de una marcha entre bayonetas, sables junto con las cargas de los lanceros dejando un rastro de sangre de cientos de soldados nacionales en ese recorrido contra la morería de apenas 40 kilómetros de la ciudad de Ceuta.

  Días después el viernes día 10 en este pueblo, hubo por la tarde repique de campana junto con una Misa Tedeum en agradecimiento y acción de gracia por esta victoria, y para mañana en la Plaza del Ayuntamiento habrá una capea de novillos, con el fin de nuevo de auxiliar a los soldados bonariegos que se haya combatiendo por tierra africanas.

    Los vecinos locales podrán colaborar con que guste, y pueda cómodamente de la suma que estime mejor al generoso fin. El Ayuntamiento a través de la Junta Municipal de la Beneficencia se harán responsables de recibir toda suscripción popular, y mandarla al Gobierno Provincial, solamente por parte de un grupo los ricos hacendados contribuyeron con la suma de 657 reales.

     A partir del día de hoy. La ciudad de Tetuán y todo su territorio que formaba el antiguo Bajalato, contando además que una mayoría de sus habitantes son descendientes de los árabes y judíos que fueron expulsados de este país, donde todavía conservan el odio y la desafección a los españoles, se verán obligados a ser súbditos de la Corona de su Majestad Católica doña Isabel II. A cambio se le impone al Sultán a respetar todas las colonias españolas en tierra africana, contando además que deberán de abonar a la misma por los gastos ocasionados por la Guerra de unos cuatrocientos millones de reales antes de terminar el año.

                                                                 


   El 25 de febrero la Alcaldía recibe una notificación de la Sección de Fomento, donde le recuerdan el día 25 de noviembre del año pasado de 1859, el vecino de este pueblo don Rafael Prieto en representación de este Ayuntamiento, asistió en esta Delegación del Gobierno, que junto con los demás portavoces de los pueblos del Andévalos tuvieron a bien a ceder los terrenos comunes del pueblo de Alosno a la empresa minera V Mercier y Compañía. Perteneciente los terrenos citados a la “Mancomunidad de Niebla”, para establecimientos de las minas de Tharsis, por la cantidad de doscientos tres mil cincuentas reales.

   El delegado de este pueblo se obtuvo, por donde el Gobierno Provincial remite a este Ayuntamiento una Circular de Oficio y pregunta incómodamente si en su término existe alguna mina. Le responde atentamente don Andrés Prieto, afirmando que las minas catalogadas en esta villa son de “caolinita o barro arcilloso” para la elaboración y fabricación de materiales cerámicos que se vienen haciendo desde siglos atrás, viniendo a formar parte de la vida económica local.

    Encontramos en este año un curioso caso de un soldado del 3º Batallón de Infantería de Línea de Cádiz llamado Manuel García de la Vega, que ha prestado servicio durante un periodo de 23 años, que empezó cobrando medio real de plus en la Guerra Carlista; en los 15 año y medio último un real y ahora al retirarse del servicio se le entrega la suma de un premio de 3,8547 reales y 81 céntimos. Alistado a los 20 años lo cobra con 43 licenciado, gozando de una afortunada pensión de un solo pago, que ya le hacía que no necesitaría volver a trabajar para nada.

   Al final de junio, se recibe una Circular de Oficio de parte de la Beneficencia y Sanidad provincial, donde el Gobernador se dirige al señor Alcalde don Bonifacio Carrasco, que le pide que le mande en breve tiempo posible la relación del estado de los nacidos en este año que se encuentren vacunados y de aquellos que ha fallecidos de la viruela. De la misma manera se le exige el pago del segundo trimestre de 480 reales a las nodrizas responsable de la lactancia y mantenimiento de los 10 niños expósitos que se encuentra en este pueblo, donde cuatro de ellos son de padre desconocidos.

  Días después recibe este Ayuntamiento, una notificación por parte del Gobernador Civil don Francisco Javier Camuño, dentro de la Sección de la Policía urbana, donde le sugiere al señor Alcalde accidental de esta villa don Luis Cerero, la importancia que tiene para este pueblo que comience la rotulación de sus calles, y la colocación de su número correspondiente en su fachada de la casa, donde daría facilitar la entrega de la correspondencia local, además de proporcionarle un valor añadido jurídico al propietario de la vivienda citada.

                                                              


  Por lo que ruega que se realice esta a una vez que se halla aprobada por el Consistorio, comience su labor ordenada dentro lo expuesto en su rotulación y la colocación de los números en la izquierda y derecha en pares y nones.

   En septiembre se publica en el Boja, que queda vacante la plaza de Secretario Municipal, quedando abierta su suscripción que se encuentra dotada de 2.200 reales anuales. Igualmente, se hace público otra plaza de Aguacil de este Ayuntamiento con un sueldo anual de 730 reales, quedando en prioridad los vecinos licenciados del Ejército Nacional. Seguidamente se expone un Bando local con el presupuesto para el arreglo de las obras de reparación de la casa pósito de esta villa, que se encuentra expuesto en la Secretaría, tendrá lugar la subasta pública del presupuesto, en el primer acto de oraciones a Animas de la noche del día 20 del mes actual en las casas capitulares.

   En primero del mes de diciembre, de parte de las Oficinas Superiores del Gobierno Civil, sobre la Beneficencia y Sanidad Negociado a este Ayuntamiento, donde le sugiere al señor Alcalde que le mande a este Gobierno, el número de vecinos que sean sordo-mudos y ciegos, que deberá de elaborar el señor Cura Párroco dentro de su formalidad con criterio, y remitirlo lo antes posibles para integrarlos dentro de la cartilla de la Beneficencia local.

   En el mes de diciembre, se publica un Bando local comunicando que en los días 19 y 28 del presente mes citado, tendrá efecto en los estrados de estas casas consistoriales el remate del matadero y arbitrio del degüello para el año venidero, con sujeción al pliego de condiciones que estará de manifiesto en el acto de remate, para información de los licitadores.

 José García Díaz.

  

sábado, 27 de julio de 2024

La vida local y social en Bonares en 1857.

 

                                                           


 

     Comienza el año de 1857, cuando a primero de enero el Ayuntamiento recibe una Circular de Oficio, de parte de la Regencia de La Audiencia de Sevilla, donde se pide la dimisión de inmediato del actual Juez de Paz de esta villa, que se encuentra de la mano del rico hacendado don Mariano Suarez, y en su lugar se nombre a don Francisco Márquez, para ejercer de la labor expresada como Juez de Paz de esta villa, como 1º Suplente don Diego Camacho y como 2º don Diego Guzmán.

   La Alcaldía se encuentra actualmente Regentada por don Bonifacio Carrasco, y como nuevo Secretario Municipal don Juan Antonio de Nieto, y como Alcalde Constitucional notifica el siguiente Bando: A partir del día 10 de este mes de enero, tendrá efecto en estas casas Ayuntamiento, de 8 a 10 de su noche, tendrá la subasta de tres suertes de tierra, correspondientes a la obra pía, por haber sido destinada a mantener la escuela elemental de niña, bajo las condiciones que estará de manifiesto en el acto del remate ,celebrándose otro el 17 a la misma hora del 10 %, designándose para el 3º el 24 del actual, en el caso de no haber licitadores en el primero dentro del paraje conocido como “El Palmaron” de este término, mientras la citada escuela cuenta con un presupuesto anual de 2000 reales de vellón.

   La nueva Maestra de enseñanza primaria de la Escuela de niñas, después de permanecer cerrada por un periodo de un año, debido a la inoperancia de la Alcaldía, ha recaído con carácter interino a la señorita Felipa Calderón, y la de niños alojados en la Ermita San Sebastián la dirige don Antonio López, contando con un presupuesto municipal de 3000 reales de vellón.

   Otra obra local es la que la realiza la Hermandad de la Santa Patrona, que mantienen la habitación del Cura Párroco alojada en la Plaza de la Iglesia, (la actual casa del “Rivero” que antaño era almacén de granos y vituallas de la Iglesia).

   El 18 de marzo, se presenta la lista ultimada dentro del Distrito Electoral de la Palma para Diputados a Cortes, aquellos vecinos locales que han pagado para este fin la suma de 400 reales de vellón por contribución directa.

  Son los señores don Andrés Márquez, don Antonio Conejo, don Andrés Coronel, don Cristóbal Francisco Carrasco, don Cristóbal Pérez Suarez, don José Gómez Feria, don José Prieto, don José Fernández de la Mora, don José Márquez Carrasco, José Coronel Vega y don Rafael Prieto.

 Este pueblo tiene destinado en su presupuesto de contribución industrial y comercio del gremio de mercaderes para este año, por un importe de 4085 reales de vellón del ramo del vino, por el vinagre 184 rs. el aguardiente 3635 rs. (la mayor fábrica de este licor era don Manuel Cayetano Coronel), dentro de la parte del aceite 3153 rs. de la elaboración del jabón 393 rs. y 4226 por parte de la venta y sacrificio de la carne. Actualmente cuenta con una base de población de 2668 habitantes.

   Los precios oficiales de tabaco, expuesto en la puerta de su expendería en la calle Niebla, mediante Circular de oficio de la Delegación de Rentas Estancada a propuesta del Ministerio de Hacienda para este pueblo que producen las fábricas de tabaco de la Península es la siguiente, en una libra nominal, la primera nota es la del “rapé” por ser el  más consumido en este pueblo es de 28 reales de vellón, cuando este viene en polvo destinado a los más pudiente queda la libra en 38 rs., el tabaco picado habano para cigarro y pipas es 19 rs.  mientras las cajetillas de cigarro de papel de la Isla en 45 rs. Quedando la venta del tabaco de contrabando tan normal como siempre, en la mitad de precio y de mejor calidad traído por los ingleses de sus Colonias esclavistas, y se podían comprar de tapadillo por el centro del pueblo, como en la famosa venta fuera de él.

                                                                 

   

    De todas las obras pías, en este pueblo es sin duda la más importante y social es la realizada por el Hospital de la Santa Misericordia, que se encontraba alojado en la calle Arenal, (frente a la casa del "Pascualín") siendo mantenida por las tierras arrendadas de la Hermandad de las Animas,y la Hermandad Sacramental una parte, la otra por la Junta Municipal de la Beneficiencia , además de las aportaciones voluntarias de las "Damas de Cristo", para el cuidado y mantenimiento de los pobres de solemnidad de este pueblo.

    El viernes 30 de mayo, el Ayuntamiento recibe una Circular de Oficio del Gobierno de esta Provincia, de la siguiente manera, “Los vecinos de este pueblo que no hubiesen recibido las cédulas de inscripción para el empadronamiento general que debió de serle entregada el día 20 del corriente, cuya falta no debe de recaer sobre los vecinos si no sobre los encargados del repartimiento de las expresadas cédulas; es la voluntad de S.M. la Reina, que las autoridades locales publiquen inmediatamente los oportunos bandos llamando a todos los vecinos que no la disponga se pasen por este Ayuntamiento para recogerlas lo más pronto posible, formando por un grupo de 658 vecinos dentro de la 13 calles que se ha seccionado actualmente este Municipio.”

  En primero de agosto, recibe esta Alcaldía una notificación por parte del Brigadier y Gobernador Militar de esta Provincia don Rafael Primo de Rivera.

   Comentando que todos los Alcaldes dictan bandos sobre los incendios y si hay alguna responsabilidad civil, les recuerda este Gobernador que este derecho y las medidas que se deben de tomar en este asunto según la Leyes actuales compete exclusivamente al Capitán General Militar de Andalucía, antes la sospecha que miembros revolucionarios republicanos de esta Provincia, se encuentren detrás de varios conatos de los citados incendios. Solo veinte días de esta publicación, el Brigadier y Gobernador se dirige de nuevo a este Ayuntamiento con la siguiente nota: Habiéndose levantado una partida compuesta de 15 a 20 desarmados por los pueblos del Condado, cuyos gritos era ¡Viva la república! El Comandante General declaró en estado de sitio en toda la Provincia, no dudando en mandar a un Batallón de Infantería nº 45 de la Milicia provincial para su detención en breve tiempo, como así ocurrió cuando las partidas citadas se encontraban descansando en una aldea entre Niebla y Valverde del Camino, conocida como “Rabo conejo” fueron sorprendido y detenidos, salvo su jefe que pudo salvarse refugiándose en la vecina Portugal.

   Por lo tanto, queda establecida la tranquilidad en todo este distrito, y antes las circunstancias actuales, ya no hace falta las disposiciones pasadas, quedando los procesamientos contra los autores de los delitos de incendios por el Juzgado ordinario.

  José García Díaz.

domingo, 14 de julio de 2024

Ordenanzas Municipales en 1858.

                                                                             

                                                     


        

   Comienza el año, bajo la Presidencia del señor Bonifacio Carrasco; como 1º Teniente don Antonio Coronel y propietario de una de los cuatros “alacerías” o tiendas pequeñas de alimentación alojada en esta villa, don José Coronel Barriga Síndico pregonero, Regidores don Antonio Coronel, José Pérez Velo y don Manuel García.

  En primero del mes de enero y dentro de las nuevas leyes sobre las “Ordenanzas locales” de las este Municipio se encuentra quedando  alguna establecida de la siguiente manera:

   El alumbrado público durará encendido desde el anochecer hasta las 12 de la noche, en las que no haya luna clara, teniendo mucho cuidado en alimentarlos con aceite, y conservar los faroles y reverberos con el mayor aseo, limpiándose diariamente con un paño, igualmente quedarán instalado los citados faroles en las calles a 60 pasos uno de otro. Todo vecino que rompa o inutilice algún farol del alumbrado con mala intención, sufrirá una multa de 6 duros y además la represión correspondiente.

   Se recoge la figura del “farolero” y “sereno” en la misma labor local; que actualmente recae en Diego Martín La O, con la minuta anual de 965 reales de vellón. Donde deberá vigilar las calles vecinales, dentro de la hora señalada por la Alcaldía hasta la madrugada. Dentro de sus obligaciones son anunciar como de costumbre el estado atmosférico, detenerse observando en las esquinas; mandar cerrar las tiendas, tabernas, establecimientos públicos y las puertas de las casas a las horas designadas; evitar las pendencias, riñas e insultos y desmanes; impedir los robos, escalamientos de tapias y todas clases de delitos; contener las algazaras y griterías y todos los ruidos que turben el sosiego y descanso del vecindario, en caso de absoluta necesidad podrá utilizar su arma reglamentaria, contra la agresión o resistencia de los delincuentes; detener a los conductores de bultos con justa sospecha de que hayan sido robados, a los embriagados, mujeres perdidas y personas del mal vivir.

   Sin embrago, este señor es puesto en evidencia el día 28 de febrero, cuando el Comandante del 3º Tercio de la Guardia Civil de Moguer notifica a esta Alcaldía, que han sorprendido en noche atrás una casa de juego prohibido, habiendo denunciados a siete vecinos de este pueblo con la siguiente llamada de atención al sereno.

   El sereno local, deberán prestar auxilio cuando se les pida algún vecino para ir en busca del facultativo y de medicina, o para la administración de los Santos Sacramentos. Cuando observen algún fuego anunciarán en voz alta el punto de la desgracia y si fuese el número de la casa dañada. Si el fuego se notara en las afueras del pueblo, tendría que expresar también este accidente, avisando de inmediato a la parroquia para que haga toque de la campana en la forma acostumbrada el cual no deberá cesar hasta que el fuego quede extendido completamente, o se tenga en cuenta la seguridad de haberse acudido a él, además a las autoridades, al cuerpo de guardia y a las personas con responsabilidades en esta Alcaldía.

     El sereno farolero de este pueblo, deberá cumplir todos los haberes que se ha expuesto con todo detalle, bajo multa con que arreglo a sus facultades que estime oportuno el señor Alcalde, y si el caso lo requiere será inmediatamente destituido.

   Contra los incendios locales, lo primero es tomar las preocupaciones necesarias, donde cualquier vecino que note fuego en alguna casa dará parte inmediatamente a la autoridad local del barrio donde ocurra, si fuera de día o las primeras horas de la noche es avisar al sereno para que este tome las medidas ya citadas.

                                                              

                                      

                                         Horno de pan casero en 1960.

     Así mismo como dicta las Ordenanzas locales, todos los carpinteros, albañiles y maestros de obras están obligados a concurrir a pagar el fuego, además los maestros de obras expresados o el que dependa del Ayuntamiento, será el encargado principal para dirigir las labores de extinción del incendio. El que no lo hiciese así, sin justo motivo, se le impondrá una multa de 10 a 60 reales de vellón, según el caso y las circunstancia.

   Por lo tanto y publicación de un Bando en los sitios destinados para ello, es la prohibición dentro de esta población de los depósitos de pólvora, fósforo, alquitrán, pez, cáñamo, algodón, esparto y otros materiales infumables. Solo los que están para el consumo de sus establecimientos o casa, y los que están destinado para su venta, se deberá tener el mayor cuidado en mantenerlos separados de todo punto que pueda prenderse fuego, no pudiendo acercarse a la misma usando con luz de farol o de lámpara de seguridad.

    Los maestros de obras y albañiles, cuidarán bajo su más estrecha responsabilidad de que la cocina se construya según las reglas del arte, sobre paredes maestras o sobre tabique doble de mezcla o sobre ladrillos, que no tenga contacto con maderas.

   Los dueños de sus casas o inquilinos, cuidarán que su chimenea se limpie dos veces al año, para que su hollín no provoque centellas que puedan daños en los pajares de los vecinos, las posadas y otros establecimientos de esta clase lo harán en cada cuatro meses.

   Todas las fábricas, hornos de cal de ladrillos y todas las que tienen por agente esencial el fuego que a pesar que tenga su licencia correspondiente de la Alcaldía, serán revisada anualmente por el perito destinado para ello.

   En este pueblo, es libre la venta y compra, tráfico, circulación y comercio de harina, trigo, centeno, cebadas y demás semillas y granos alimenticios sin tasa, trabas ni restricciones de ningún género.

   Mientras metidos en el mes de septiembre, el vecino don José Barranca de este Municipio solicita un permiso de apertura de una confitería en la calle Esperanza y ventas de dulces ambulantes por las calles de esta localidad.

   Asimismo, es libre el tráfico delos artículos de abastos y mantenimiento como marcan la legalidad de los pesos y medidas, por el buen estado y salubridad de los víveres y por el aseo y limpieza de los puestos públicos.

   Los granos y semillas se venderán solo en los sitios marcados y que señale el Ayuntamiento, por donde las arrieros y trajineros no podrán venderlos por su cuenta y menos formar ligas para aumentar su precio sobre una escasez aparente o ficticia. Quedando los defraudares de granos preparado para que, entre menos cantidad en el peso de los consumidores, serán castigados con el arresto de uno a cuatro días, y una multa de uno a cuatro duros.

   En el apartado sobre el pan, que se presente a la venta al público ha de estar bien amasado y cocido que ha de ser de harina de buena calidad, sin contar sin ninguna mezcla o alteración que perjudique a los compradores. No pondrá venderse al público, ningún pan que no tenga el peso oficial estipulado, bajo multa de 10 a 30 reales de vellón, según la gravedad del caso, y la pérdida de todo el pan que sea requisado será destinado a los pobres de la caridad.

                                                              

                  

                            La matanza y fiesta familiar en 1966

  Todo pan que se venda en este pueblo, llevará la marca con el nombre del fabricante para cubrir su responsabilidad, así como en el peso como en la calidad. Cuando por causas extraordinarias, la Autoridad competente  podrán aumentar el surtido público del pan, el Ayuntamiento requerirá a los horneros para que, en proporción a sus facultades, hagan hornadas extraordinarias, sin que por ello exija ninguna retribución. Los expendedores de pan están obligados a procurar el mayor aseo y limpieza así en el transporte como en la colocación y despacho del género, debiendo tenerlo cubierto con paños limpios. Pero sobre todo las personas de aspectos asquerosos, con viruelas u otras enfermedades semejantes, bajo ningún pretexto podrán dedicarse a la venta del pan.

   Dentro de las Leyes vigentes locales, cualquier vecino puede vender carnes al por menor, contando con licencia de la autoridad y en los puestos designados o que se designen, las carnes de machos y cabras, carneros y ovejas, cerdos y demás reses en las temporadas que su venta es permitida. Las carnes destinadas a la venta, a excepción de las curadas y saladas, ya sean de cerdo, cordero y cabrito en su determinada época, han de proveerse una vez muerta en la casa del matadero, donde se reconocerá en sanidad. Hierro y señales, tomándose razón de ellas, del dueño y la persona que la introduce.

   Queda completamente prohibido la entrada en este Matadero de las reses heridas recientes causadas por perros, lobos u otro animal carnívoro. No podrán matarse el ganado en la estación de verano, y cuando sea excesivo los calores, sin que antes hayan descansado en la sombra. Tampoco podrán salir las carnes de la casa matadero sin que hayan estado en el fresco por espacio de 6 horas, como menos después de muertas, y si después de colgadas se sospecha su sanidad por el mal estado de sus viseras, se dará conocimiento a la autoridad, para que haga lo más conveniente.

                                                                        

                        

                             Preparando la matanza en enero de 1978.

      Las horas de matanza serán las acostumbradas mientras otra cosa no se disponga, y ningún tratante podrá exigir que se varié bajo ningún motivo. La empleada del matadero, tiene la obligación de mantener limpio el edificio y sus alrededores. El Facultativo local vigilará cualquier foco de infección que se observe y de las carnes corrompidas, o que por un mal estado no pueda presentarse a la venta pública, para que se disponga su enterramiento. Quedando completamente prohibido la venta de carne muy atrasadas o aquellas que proceda de ganado en mal estado.

 El transporte de las carnes después de ser romanadas en el Matadero se haga al puesto público, deberán de exponerse en mesa con largueros y travesaños, o mejor en cajones, procurando siempre el mayor aseo y limpieza. También se colocará una tablilla que, en cada una de sus caras, contendrá en letras clara la calidad de la carne que se expende, y el precio expresado por cuartos y maravedíes.

   La balanza estará colocada convenientemente, colgada del travesar o de una palomilla, y el vendedor no podrá tocarla mientras se mantenga en oscilación y el peso no se determine con toda exactitud. Los platillos estarán siempre listos y arreglados, y las pesas se podrán junto al peso a la vista del público, para que los compradores puedan asegurarse de que no se les defrauda.

   Los cerdos que se introduzcan para la matanza no se podrán llevar a casas particulares, sin previo conocimiento de la autoridad. Los conductores de los cerdos, sus dueños o consignatario presentará en la entrada en la población al delegado de la autoridad local Casimiro Pinzón las guías correspondientes, conocimiento o certificaciones que contendrá el número de los que introduzcan y de los que vendan.

   No podrá introducirse ni destinarse a la matanza ninguna guarra que se encuentre preñada; la matanza de los cerdos de los vecinos podrá realizarse en los días y época que se fije por el Ayuntamiento que deberá ser desde el día de La Patrona en octubre al día 2 de abril día de Santa María Egipciaca.

   Como contrario a la decencia y comodidad pública, se procurará que en los parajes donde no haya Matadero al efecto se haga la matanza en los corrales particulares o en medio de la calles o plazas anchas; pero nunca en las aceras.

   Los cerdos que presenten síntomas de algunas enfermedades que puedan perjudicar a la salud pública, serán inutilizados; y los leprosos o lazarinos, lo mismo que contenga otra causa, quedará prohibida la venta de su carne fresca a fin de evitar la repugnancia que su mal color podría causar al público, y serán destinados a un depósito para su observación.

  José García Díaz.

 

domingo, 7 de julio de 2024

La vida social y local en este pueblo en 1859.

                                                                                  

                                                                               


                                                              

 Comienza este año, estando la Alcaldía bajo el mandato de don Bartolomé Padilla como Presidente Constitucional, como primer Teniente don Manuel Cayetano, Regidor Síndico don Diego Guzmán, donde informa que dentro de las horas de las 6 y 8 de la noche de los 7 y 12 del presente mes, ha de tener lugar en esta Casa Consistorial, antes los señores que forman este Ayuntamiento se presentará la subasta de los derechos de los ramos de Consumo de este pueblo para el corriente año, que se encuentra bajo el tipo de condiciones que queda expresado en el expediente. Para información de los vecinos hacendados y forastero podrán ir a enterarse de sus cuotas correspondientes dentro el plazo de una semana.

  En primero de febrero, se recibe una Circular de la Administración, del 3º Negociado en Quintas, sobre el reemplazo vigente, afirmando que prevengo al señor Alcalde de este pueblo, en la obligación de hacer constar en el expediente de declaración de soldados, la talla que consta cada mozo, sin omitir la de aquellos que fuesen excluido del servicio militar por no llegar a las medidas que dicta las Ordenanzas, expresada en pie, pulgadas y de las medidas de Burgos para que el Consejo en su vista pueda estampar su equivalencia métrica decimal,

   Días después, se recibe en esta Alcaldía una notificación Oficial por parte de la Comandancia de la Guardia Civil de Trigueros, donde se le comunica de inmediato al vecino de este pueblo Juan García Molín que ejerce como Guardia Civil licenciado de este cuerpo citado, para que se presente en este Cuartel, lo más pronto posible.

    El 16 de febrero, por parte del Gobierno Provincial se le manda una Circular dirigida al señor Alcalde, sobre donde se les piden de que no sea perjudicados los derechos de la Ganadería con motivo de la Desamortización.

  Por lo tanto, queda establecido por las Reales Ordenes que, por ningún título, ni por ningún concepto, se puede legitimar las instrucciones cometidas contra las vías y servidumbres pecuarias de este País. Siempre que fuere la Justicia, el Ayuntamiento o el Consejo el que hubiese autorizado esta infracción, donde se les citará para que. por medio del Procurador Síndico de este pueblo, será el responsable de esta denuncia, porque no puede confundirse la autorización con el desimulo, tolerancia o cosa semejante en cuyo caso se ha de seguir la causa precisamente con los culpados en particular.

   Por lo tanto, este Ayuntamiento en nombre del Gobierno, y los legisladores deberán de procurar como siempre, y en todos tiempos el mantener y vigilar todas las veredas, las Cañadas Reales, los abrevaderos, descansaderos y demás servidumbre pecuarias, que se encuentren demarcadas dentro de las Leyes vigentes.

  Días después, se recibe otra notificación de la Sección de Beneficencia y Sanidad del Distrito de Moguer, donde el delegado de Veterinaria ha denunciado al paisano francés, Juan Broset que ejercía como castrador de bestias sin estar autorizado legalmente para dicho ejercicio, como dispone las leyes sanitarias actuales.

  De la misma manera la misma identidad, advierte a este Ayuntamiento las medidas que deban de adoptarse con el ganado portugués que se introduzca en nuestro término y padezcan el mal reinante de la pezuña, conocida como “la pizota”, que es esencialmente contagiosa, y como tal, transmisible de uno a otro animal, ya sea por contacto mediato o inmediato provocando graves pérdidas económicas a sus propietarios de nuestras ganaderías. Por lo queda totalmente prohibido la introducción del ganado portugués enfermo en nuestro País.

                                                            

          

    En el mes de marzo, el Gobierno Militar de Huelva pide a este Ayuntamiento, que se le informe al soldado de esta villa Cristóbal del Toro Márquez, su pronta corporación en su 3º Batallón fijo de Ceuta que disfruta de un permiso de Junio de 1858, y no dispone de su licencia absoluta, para no tener que declararlo cómo prófugo.

    Esta medida de disfrute de permiso determinado, se les concedían a los reclutas que prestaban servicio de tres años reducidos en tierra Africana y en Ultramar.

      El joven Cristóbal del Toro, tuvo que marchar de nuevo para Ceuta, antes los movimientos de amenazas del Sultanato de Marruecos, y las escaramuzas provocadas por los moros que se consideraban amigos de los españoles, conviviendo y trabajando en esta ciudad citada de Ceuta, no tuvieron que esperar mucho, en el mes de agosto cuando los españoles se encontraban reforzando las murallas, fueron atacados por sorpresas para dar comienzo la 1º Guerra Hispana Marroquí, provocando la muerte de miles de españoles.

   En primero de mayo la nueva Alcaldía es presidida por don Bonifacio Carrasco, siendo el Secretario Municipal don Juan Antonio de Soto, recibiendo la siguiente Circular por parte de la Beneficencia provincial, con el fin de adoptar la marcha en el pago de las tres “nodrizas” que amamantan a los niños expósitos de esta villa, y de simplificar la contabilidad en este campo, disponiendo en el menor tiempo posible el señor Secretario se formase y me lo remitiesen los gastos ocasionados de las referidas nodrizas en el primer trimestre para su aprobación y su cobro correspondiente de su labor social.

  El 18 de este mes de agosto, en virtud de la Real orden sobre las “conducciones montadas “, estafetas, peatones y cartería que se ha creado en este pueblo de Bonares, cuyo centro receptor se encuentra alojada en la vecina Niebla, donde tiene la parada establecida en su Arrabal la diligencia de Huelva-Sevilla y viceversa. La nueva cartería ha recaído en el vecino Cayetano Gómez con un sueldo anual de 1600 reales de vellón.

                                                               

  

   Este folletín fue publicado en febrero de este año de 1859, por parte del eminente Gobernador don Mariano, donde se refleja su formación republica y masónica, dado que tiempo después se supo que esta formación política era el motivo de su destitución y no buscarles nuevos traslados,

   El día 20 del citado agosto de este año falleció a los 62 años, en Huelva el que fuera Gobernador de esta ciudad el ilustrado y culto el señor don Mariano Alonso Castillo, donde pudo visitar este pueblo a los pocos meses de tomar posesión de su cargo en 1851, fundó la primera escuela para niñas en esta villa, alojada en la Casa Constitucional, mientras los niños que la utilizaban fueron trasladados a la Ermita San Sebastián, bajo Orden Gubernativa por encontrarse cerrada durante años.

  Fue muy exclusivo para mantener y formar las Juntas Locales Sanitarias de la Beneficencia, junto con la de la enseñanza primaria formada ellas por Regidores y gente de bien, lo que provocó muchas enemistades por aquellos que no aceptaban los nuevos cambios sociales que se les venían abriendo paso.

  En primero de septiembre, como cada semana el alcalde de Niebla don Pedro Santo Prieto, se dirige a este Ayuntamiento presentando una lista de los 56 vecinos de este pueblo de Bonares, donde la Junta pericial del amillaramiento de caudales de esta villa, para la derrama de la contribución territorial para el año próximo.

   Mientras en este pueblo el 30 de octubre, el Gobierno Civil de la Provincia se dirige a esta Alcaldía, de la siguiente manera aclarando que la práctica de los negocios y la experiencia que pueda adquirir en los destinos que sirven  enlazados con la Administración civil y la economía, que proporciona la ocasión de convencer que los pueblos y los particulares pagan las contribuciones dócilmente y sin disgusto, porque saben que las imponen las leyes, contra las que nadie debe ni puede revelarse, y porque se sabe también que son necesarias para sostener las cargas y servicio del Estado.

El Gobernador don Francisco Javier Camuño.

                                                                     


   Dentro de este año, aparece algunos nuevos y hacendados, como era el yerno de don Mariano Suarez, el señor de Bonares don José María Carrasco “el Patuo”, donde ya participa en la compra de una parcela de 11 fanegas en Huelva, dentro de la desamortización de Madoz, que tiempo después se la vendió a la Compañía Inglesa Minera de Río Tinto, para formar el curioso y distinguido “Barrio Obrero”.

   Otro semejante yerno dentro de la vida local es don Juan María Mameles, (con los años el apellido fue recortado en Manele), que comienza con la compra de 15 fanegas la propiedad del Clero, dentro del paraje del Palmar de Niebla en 750 reales de vellón. Años después mediante las propiedades familiares, formaron las mejores parcelas agrícolas del entorno del Huerto de Valperdido, y vecino del paraje de los Montes de Propios locales.

   Días después, contando con la autorización del señor Gobernador de la Provincia, en los días 6, 13 y 21 de noviembre próximo venidero de 8 a 10 de sus respectivas noches, se ha de rematar en renta el Matadero y arbitrio del degüello en las puertas de esta Casa Consistoriales, bajo el pliego de condiciones que se halla de manifiesto en la Secretaría de esta municipalidad.

 José García Díaz.

 

lunes, 24 de junio de 2024

La vida Militar y social en Bonares en 1855.

 

                                                               


   Comienza el año de 1855, mediante el Bando publicado el día 5 de enero por parte del 1º Alcalde Constitucional de este pueblo y Presidente de su Ayuntamiento.

    Hallándose vacante la plaza de Médico Cirujano titular de esta villa, por la presente dimisión que de ella ha hecho el doctor en ambas facultades don Rafael Prieto, se anuncia la vacante por medio del presente, para que los profesores que deseen obtener la mencionada plaza, tendrán que dirigirse presentando su solicitud contando en el término de 30 días al Ayuntamiento de mi presidencia, cuya dotación respeto a los fondos municipales, es de 300 reales de vellón junto la que unida al importe de las igualas que abonan los vecinos, se gradua en 7,000 rs. anuales, quedando la parte de la Misericordia por trimestre de 700 rs. por la asistencia a los pobres enfermos necesitados.

  El Secretario Municipal, Juan Antonio de Soto.

  El día siguiente, se recibe una Circular por valija de carácter Oficial, de la Subinspección de la Milicia Nacional de Infantería de la Provincia de Huelva, al mando de don Miguel Montiel, con destino a los jefes natos de la Milicia Nacional de este pueblo de Bonares.

      Afirmando, que hasta el día de hoy resulta alistada en toda la Provincia, una fuerza de 7,780 plazas, que solo tiene los oficiales correspondientes al número de la respectivas a cada pueblo, que es insuficiente por si sola para dirigir la organización.

    Quedando la fuerza de la Milicia este pueblo integrada en los miembros que forman el partido judicial de Moguer, que asciende a 911 hombres, formarán el 1º Batallón, constituyendo aquel al efecto un solo distrito, cuya cabeza será la ciudad de dicho nombre insertada en el estandarte, mientras su bandera blanca portará en su tejido en el centro el sello Constitucional.

   Por lo tanto, el domingo día 28 del mes corriente, la Milicia local de esta villa se presentará ante las plazas del Ayuntamientos de Moguer a las doce del día, para elegir a los jefes y demás individuos de la plana mayor de cada destacamento, como manda las Ordenanzas vigentes. Por el cual se levantará acta de dicha elección, de que se sacaran dos copias, una exclusiva a la Diputación Provincial, y la otra a esta Subinspección expresada anteriormente, quedándose la original redactada por el señor Secretario Municipal de Moguer para archivarla en su Ayuntamiento.

  Quedando establecido el, 1º Batallón del Distrito de Moguer de la siguiente manera: Para Comandante Capitán de la Milicia don Juan Ramón de Burgos del pueblo citado de Moguer. Para 2º Comandante Juan José Rodríguez de Villarrasa. Para ayudante, don José María Betanzo subteniente de Moguer. Para Subteniente abanderado don José Joaquín Rodríguez. Para Sargento de Brigada don José Gómez y Gómez de Bonares, como 2º Sargento don Ignacio Gómez también de este pueblo. Para Cabo de Gastadores, don José Roldán de Niebla. Para Capellán don Antonio Díaz. Para médico, don Manuel Domingo Pérez. Para Maestro Armero, don Manuel Salvatella.

   La disposición redactada anteriormente no se opondrá a que se hagan nuevos alistamientos, sino todo lo contrario en cuyo caso serán examinados por esta Subinspección, que acordará lo que corresponda al mejor servicio dentro de su distrito, y se le destinará lo mejor que se pueda para sus obligaciones militares.

  Los miembros componentes de esta Milicia Nacional, cuenta con un periodo de renganche de 10 años de servicio, que una vez licenciado con buena conducta tendrá opción preferente a cubrir servicio Oficiales dentro de este Ayuntamiento.

   Mientras otros soldados sirviendo, que quieran utilizar su posible reenganche y su alistamiento voluntario de la clase de paisanos, a las Banderas de enganche en los Batallones de reserva, pero en esto se puede hacer solo por tiempo de cuatro años, en cuyo caso únicamente tendría un premio al finalizar el periodo de Servicio de 3,000 reales de vellón. Lo que daba paso en estos años a tener la vida Militar para algunos jóvenes locales, como una forma de vivir pasable, donde se documenta en el Archivo Municipal, la compra de terrenos, animales en piaras etc. como puestos de trabajo una vez licenciados como era la de Guarda rural, Municipal y demás como la de Alguacil, una vez terminado su servicio Militar a esta Nación.

    Quedando el 2º Batallón, formado en las fuerzas de caballería, de Huelva que existe en los pueblos de Moguer, Manzanilla, Niebla y Villanueva de los Castillejos, que continuaran como hasta ahora formando acciones sueltas hasta tanto que, disponga de aumentar su número de tropas.

                                                          


   El día 8 de febrero, recibe esta Alcaldía un Real Decreto por parte   del Ministerio de Gracia y Justicia dentro de la nueva desamortización en el ramo de Espolio y Vacante por parte del Ministro de Hacienda don Pascual Madoz, que declaró legal todas las ventas de propiedades de los Ayuntamientos, del Clero, de las Órdenes Militares, cofradías, obras pías, las del ex infante don Carlos, que tutelaban los tres molinos harineros más importante en la vecina Niebla alojado en el Río Tinto, que pasaron bajo subasta a los hacendados de Bonares, más dos aceiteros junto con las mejores tierras de campiña y los fértiles huertos cercano del pueblo citado.

   Los beneficios que resulten en cajas tras sus ventas, después de deducir los gastos de administración y de los recaudadores, serán destinado a la beneficencia pública, pero lo primero como siempre, a las necesidades urgentes de las Iglesias, como la de la Nuestra Señora de la Asunción de este pueblo que importó 784 reales de vellón, el arreglo de su techo que presentaba mal estado de conservación y a dotes de los niños huérfanos cuyos padres hubiesen fallecido en Servicio del Estado.

    El 15 de marzo, esta Alcaldía recibe una notificación dentro de las Reales Ordenes, sobre la instrucción que debe atenerse los investigadores de la Contribución Industrial y de comercio en el desempeño de sus funciones.

  Destacamos las nuevas medidas que deben dirigirse en esta villa, como es el control de la venta del bacalao, cuando este artículo se expenda en puesto o barracas, y no de otra manera, puesto si se hace en tiendas o puestos permanentes y que si se encuentra en un almacén este debe tener puertas abiertas para la venta del público, aunque se encuentren en el mismo edificio y se comunique con el interior de él, con motivo de su oreo y ventilación de sus olores.

   De segundo los alpargateros y abarqueros solo puede vender cáñamo y lino rastrillado que no pase de una arroba, siempre que lo ejecute en el mismo local o tienda en que venden manufacturas de su oficio, puesto que, si la venta sobrepasa el peso citado, serán clasificados como tratantes mayoristas de cáñamo y lino abonando el importe contributivo destinado para ello.

   Pero en especial, es la información recogida por el Comisionado de Sanidad Veterinaria del Distrito de Moguer, dirigida a esta Alcaldía sobre el estado del Matadero y de la Pescadería de titularidad municipal que se surten de un pozo y pileta ambos locales por su cercanía. No mantiene en cumplimiento las nuevas normas sanitarias por parte de las Leyes establecidas en materia de salubridad pública, por donde en este pueblo el inspector de carne recae su atribución de momento en el médico titular, disponiendo de la autoridad para evitar el sacrificio de reses no catalogadas de aptas para el consumo, contando con el auxilio del Aguacil de Consumo Sebastián Martín Velo.

   El pozo expresado, carece del agua necesaria para mantener la limpieza en los meses de estíos, un suelo que debe de tratarse para acondicionarlo para el sacrificio de los animales, mientras sus paredes enganchadoras deben de encontrarse enlucidas y tratadas con cal fundida. Por lo queda establecido mediante un Bando Municipal, para información de la vecindad que cada semana esta Alcaldía publicará los precios de la venta de la carne de ganado de hebra al público, así mismo el precio de compra por cabeza de los citados animales destinado para su sacrificio. La pescadería deberá de asearse diariamente junto con las panaderías que existen en esta villa.

  Por donde queda establecida por Orden Real, las nuevas medidas sanitarias alimentarias en esta villa sobre los despachos al público de lecherías, y tiendas de abarrotes.

   A primeros del mes de julio, dirigida al Alcalde don Mariano Suarez se recibe una Circular por parte del Comisario de monte de la Provincia de Huelva, don León Martínez de Cabredo.

  Pidiendo a esta Alcaldía, para que su guarda mayor y locales hagan cumplir esta medida en beneficio de ella, para evitar los muchos abusos que se comenten en los montes de Propios y de particulares, y de la verdadera procedencia de los efectos que se conducen sin dar explicaciones de ellos.

   Con tal motivo, el guarda dispondrá de un número de guías visadas, para que se le entreguen a señor Alcalde dando parte del nombre del individuo, transporte del material y su utilidad.

   Donde este Ayuntamiento es el responsable de que sus montes estén limpios de las leñas muertas, que son las causas inmediatas de los incendios, donde una vez que esto haya sucedido se deberá de instruirse el oportuno expediente sobre la responsabilidad de los hechos. El Ayuntamiento tendrá la obligación de limpiar los efectos de los esquilmos y despojos de los aprovechamientos de maderas u otro, quedando el terreno quemado acotado por espacio de 10 años, bajo control del perito Agrónomo.

                                                                      


   Quedando establecido, por mandato de mi autoridad la prohibición de la quema de rosas y rastrojeras que se encuentren cercas de los montes citados bajo la pena de 300 reales de vellón, aquellos que comenta la infracción expresada en las Reales órdenes quedan encargados de su cumplimiento, los empleados de montes, la Guardia civil, carabineros del Reino y agentes de vigilancia pública.

     El 18 julio, dentro del negociado de Sanidad, este Alcalde Constitucional comunica al Gobierno Civil de la Provincia don Juan de Montemayor, que el domingo pasado día 15 del actual, en las horas de las Animas se ha cantado un “Tedeum” con toda solemnidad, en acción de gracia a él todo poderoso por haber hecho desaparecer completamente de este pueblo el mortífero Cólera morbo que tanto la ha afligido con la muerte de 5 de sus vecinos de los 13 infectados. Lo que hace que me apresure a poner en conocimiento de los habitantes de esta Provincia para su inteligencia y satisfacción.

  El 15 de agosto, se publica una Circular de Oficio por parte del Gobierno de la Provincia, dirigida a todos los Alcaldes que la forman, comentando las repetidas quejas que todos los días recibo de la falta de tabaco en muchos pueblos como es este de Bonares, por motivo que no se deja entrar a los estanqueros o a los conductores, sin pasar los controles establecidos y de la vigilancia impuesta por las Autoridades contra el contrabando de las costas, con motivo de posible invasión del Cólera, queda establecido de nuevo el ingreso en toda las localidades de las expendedurías de los efectos estancados. Pero si los contraventores son ilegales, las mercancías serán requisadas contando además que sufrirán una multa de 500 reales de vellón, quedando inmediatamente este individúo responsable con sus bienes a los perjuicios que establece la Hacienda Nacional.

    Pero lo más curiosos, solo 10 días después por el mismo Gobierno de la Provincia, publica una nueva notificación por parte de Hacienda, afirmando que habiendo tenido lugar un alijo de tabaco y demás género de ilícito comercio por las playas de Moguer, no tuvieron en cuenta las extremas vigilancia que se están llevando por los Agentes de la Autoridad que se encuentran bajo mis órdenes, y las detenciones llevada a cabo entre los contrabandistas conocidos, que ejercen sin impunidad por estas conocidas playas, que les han sido requisados todos los medios de transportes y demás, pasando a disposición del Juzgado de 1º instancia de dicha ciudad citada de Moguer.

  José García Díaz.