sábado, 12 de enero de 2019

La Reforma Agraria de 1873 en Bonares.


                                                   
     
 
  Acta }  En la villa de Bonares a nueve de Mayo de mil setecientos setenta y tres, reunido en el Ayuntamiento en sesión extraordinaria para el objeto que se tomó el acuerdo siguiente.
   Que el Secretario Municipal había comunicado y presentado al Presidente de la Corporación la certificación de las órdenes para el "repartimiento" de la Dehesa del Chaparral" ( actualmente las "Esa" el paraje de "Los Llanos") que expone esta municipalidad y cuyas comunicaciones no se han cumplimentado por los anteriores Cabildos argumentado, vagas y inútiles causas con forme con dicha certificación de todos los antecedentes a fin de presentarse ante la Exma. Diputación provincial para corroborar las medidas acordadas del repartimiento de dichos terrenos, los cuales han sido pedidos por más de 600 vecinos de la villa con la cualidad que la mayor parte son braceros y jornaleros que labran y se dedican a las labores del campo; en donde se acordó en esta sesión, y yo como secretario certifico=.
    Mientras sigue el protocolo oficial, los  campesinos locales se impacientas puesto que los momentos buenos sólo queda en el recuerdo  sobre lo que eras el problema agrario, desde que las Cortes de Cádiz anularan los señoríos, han visto como las leyes que venían para beneficios de ellos se mandaban a los  tribunales. Han sido testigo como los "Señores" de este pueblo han reclamado como tierras propias, aquellas en las que tiene el derecho de paso todos los vecinos como son las veredas de carnes o las cañadas.
   En esta villa, como quedaba demostrado, las tierras privadas eran aquellas las que estaban en manos de la Iglesia y del Ayuntamiento como de bien comunal y de montes propios. El pobre labriego local, apenas tenían propiedades. Pero entre nosotros hubo curas progresista entre ellos el " Carlista" don Manuel de Mesa y Cueto, que ejerciendo de portavoz de los derechos de los obreros los defendías con "justicia cristiana" desde púlpito y con denuncia en los Juzgado, terminando en ocasiones a bastonazos con "el Patuo".

                                                           
Documento eclesiástico base para la Desamortización donde aparece más de 155 nombres de vecinos de Bonares, más otro tanto de las Hermandades de la Vera-Cruz y de la Santa.


          Acta}   Extraordinario del día veinte y seis de Agosto de mil ochocientos setenta y tres.
         ..... Que en el paraje local conocido como la Dehesa del Chaparral, que dispone de bastante suelo de agua, con arbolados, al excepción de un pequeño pedazo que tiene cría de pinos. Considerando que en poder y administración de estos en los "montes propios" no produce nada para ellos ni se utiliza para nada el vecindario. Considerando que para la ganadería de labor hay sobrado terreno con la dehesa común, teniendo además los  "Señores de Bonares" parte de propiedades en ellas y colindante.
    Considerando que el terreno que aquí se trata repostería grandes ventajas repartiéndose al vecindario, pues además de asegurar a los fondos municipales una renta, además de fomentar la agricultura actual, estando este campo en poder de manos vivas que lo haría después con el cultivo y hasta repostaría en beneficio al Estado, contribuyendo a las cargas con mayor cuotas, cuando una producción sea el tercio; por cuyas razones el Ayuntamiento acordó se cumpla con éstas órdenes antes citadas, procediendo desde luego a repartir dicha dehesa entre los vecinos de esta villa, por lo cual y con objeto de que se encuentren en el mayor número de brazos posibles, para hacer más fácil el reparto de un lote a todos los individuos que siguen en el Patrón de vecinos de esta villa y del corriente año, como cabeza de familia, el cual se expone al público por término de 15 días para que los vecinos pudiesen reclamar, si en cuestión se da alguna equivocación voluntaria, se pueda corregir.
   También se acordó que se nombre dos peritos para hacer el deslinde mediación y tasación última del plano de la dehesa con señalamiento de suertes numeradas; y que oficial todo esto se remita a este ayuntamiento para ordenar y formar el pliego de Concesión con arreglo a las normas de la Exma. Diputación,
    Mientras  en el pleno ordinario del 20 de septiembre de 1873, hacemos resaltar los siguientes acuerdos de cara a la implantación de la Reforma Agraria en este pueblo:
En la villa de Bonares, reunidos los Concejales en el Ayuntamiento de esta villa en la Casa Capitular, se dio cuenta del contenidos de los Boletines oficiales donde se acordaron el obedecimiento de todos.
        Se da del expediente instruido para el reparto de la dehesa del Chaparral dentro de los montes propios, quedando verificado la propiedad entre los vecinos de esta villa y enterado de él y visto el expediente del reparto de parte de dicha dehesa que se llevó a efecto,  la primera vez en el año de 1844 y no llegó a buen fin;  y  en vista las condiciones que se conocieron de aquella época las cuales fueron aprobada por la Diputación Provincial. El Ayuntamiento acordó establecer  que los solicitantes deben pagar los gastos que ocasione esta operaciones entre ellos un guarda que vigile la parte de la dehesa no repartida y de tener cuidado con las arboledas y respetar las siguientes condiciones:
1º Que el agraciado ha de otorgar la correspondiente escritura hipotecando la finca o tenerse que adquirir con las mejoras que en ella se haga, obligándose a contribuir el tributo de los propios que se le imponga con arreglo al valor de ella o los que dirige la Diputación Provincial.
2ª Que el terreno de cada suerte ha de ser roturado en tres años de la adquisición con un correspondiente cerca, gavia o linde para la introducción al ganado.
3º Que el nuevo propietario a satisfacer los gastos de peritajes.
4ª El agraciado está obligado a cultivar su tierra como mejor le parezca con arreglo a las leyes agrarias.
5ª Queda estos vecinos sujeto a una orden ; donde el Ayuntamiento disponga del arbolado debiendo de pagar el duplo del valor que el perito considere por los árboles que falten que hayan sido cortado sin necesidad.
6ª Los solicitantes quedan obligado a pagar en parte al guarda que el Ayuntamiento elija destinado al cuidado del arbolado.
    Cuyas condiciones pasaran al Regidor Síndico, para que informe de ellas y lo que ofrezca parecer.
  También acordó este cabildo imponer el tributo del dos por ciento sobre el valor de las fincas el cual ha de aligerar las arcas municipales.
  La semana del 9 de Octubre  se acordó con la Diputación Provincial junto con la Comisión local por la que se autoriza a este municipio por la limpieza de los pinares de los montes propios y el Ayuntamiento acordó de pagar cuatro pesetas por peonadas de leña y para control de esta misión se nombra a don Isidro Coronel Moro.
                                                



   Del Pleno del día 10 de Enero de 1874. En donde el Señor Presidente manifestó que había que nombrar una persona que representara al municipio en la villa de Madrid para administrar las operaciones de cobro y demás cuenta, y el Ayuntamiento acordó conforme con el parecer del señor Alcalde nombrar como representante en Madrid a don Carlos Gómez Samper para que en su nombre gestione la liquidación de la tierra parte del ochenta por ciento de sus bienes de propios vendidos y recibiendo en su equivalencia los valores que se le entregaron por la Dirección General de la caja de Depósito.
     Lo más curioso que se daba en estos días era que el 3 de Enero se había desarrollado el Golpe de Estado del General Pavía, junto con el otro General don Francisco Serrano y Domínguez nombrado después Presidente del Consejo de Ministro, donde suprime la Constitución, las locuras cantonales y sobre todo las libertades de los obreros; sólo al mes siguiente deja anuladas las leyes de los repartimientos de tierra , dejando sin valor de la escritura parcelarias que reportaría beneficio en favor del campesino que acabó siendo más pobre que antes, por los gastos que tuvieron que enfrentarse en tan entusiasmada empresa.
     De estos acontecimiento se quedó grabado en la memoria de los viejos vecinos locales el viejo refrán: "El campo es del amo y el agua del señor".
        José García Díaz.

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