miércoles, 4 de septiembre de 2024

Bonares en el Condado de Niebla en 1860.

 

                                                     


           

 

    El día 6 de enero el señor Alcalde de este pueblo don Bonifacio Carrasco, le comunica al señor Gobernador Civil de esta Provincia, que los vecinos de esta villa han conseguido poner en marcha la entrega de la cantidad de 5 arrobas de hilos y 2 de vendas con destinos a la curación de los heridos del Ejército de África.

   El 15 de febrero, se da por acordado por la Corporación mediante orden Gubernativa, que todas las obras que se proyecten para ejecutarla en esta villa, que serán revisada por el Maestro Alarife, y deberán de presentarse el proyecto por escrito certificado por parte del señor Secretario Municipal, don Juan Antonio de Soto, una será dirigida a la Alcaldía para luego exponerla en el tablón de anuncio de esta Oficina Municipal.

   Días después, el señor Cura Párroco de esta villa don José Gómez Feria le comunica al señor Alcalde, que ha comprado una parcela para una vivienda familiar, al señor Gerónimo Coronel de dos fanegas en el paraje conocido como “Los Cañamales” que linda con el solar enfrente de la calle Santamaría, cuya casa primera casa es de propiedad de Francisco Márquez y la segunda de Juan Bueno y demás propietarios, en la izquierda son terrenos comunes, por detrás el citado terreno linda con los corrales de don José Prieto en la calle Larga, donde se encuentra tasada en la cantidad de 5.000 reales, equivalente su valor a la cuantía de 10 solares, dispondrá de un camino por medio, para la construcción de la casa, que se registrará la propiedad al nombre propio.

    El 30 de abril la Junta Provincial suscritora para los inutilizados de la Guerra de África, mediante esta Circular dirigida al Ayuntamiento, donde se les ponen en conocimiento que les mande información y traslado de la cuantía económica de la aportación de los vecinos y demás identidades locales que han colaborados para este noble y justó fin, ya que la responsabilidad comprometida por parte del Sultán de Marruecos en su rendición, con abonar los daños ocasionados por motivos de la Guerra, no se le a pagado al Gobierno de Nuestra Señora la Reina Isabel II, por haber fallecido el citado Sultán, y haberse anulado el consiguiente compromiso.

  De la Oficina de Fomento, se manda una Circular a los harrieros locales, transportistas de la “sal” destinada para los “alfolíes” o almacenes locales para este cometido, deberán de proveerse en las fábricas de los pueblos de Isla Cristina y Ayamonte, hasta que la que se encuentra en Huelva, esté en condiciones de prestar servicio a sus clientes de los pueblos vecinos.

   El 20 de junio, se recibe un telegrama-Oficial del Gobierno Civil, donde le sugiere al señor Alcalde, que mañana en la noche, sin previo aviso se presente el Aguacil de Vigilancia, junto con el Secretario Municipal y levante acta en el Estanco local, de toda clase de tabaco y cigarrillos peninsulares, el número de libritos de papel, y las cantidades de rapé existente junto a su procedencia.

     Antes las escasas ventas declaradas en la Hacienda Provincial, se hace suponer por las Autoridades, que la oferta del tabaco de contrabando en este pueblo es mucho superior con diferencia a la que presenta Estado.

 El día 10 de octubre, la señora maestra en propiedad doña María del Marganiño de la Escuela de niñas se dirige a esta Alcaldía, de la siguiente manera:

   A los efectos que, por consiguiente, tiene mi participación en mi instalación en este pueblo, mediante haber superado el inconveniente que había para disponer de la casa donde habitar, le ruego que se lo comunique a la Corporación local, con el fin de que se acuerde lo establecido referente a la escuela de niña en las disposiciones expuestas en las cuantías de 2400 reales anualmente.

                                                                   


   Lo que ha permitido, que este Ayuntamiento se dirija al señor Gobernador para que pueda resolver lo que corresponda en el expediente que se instruye con motivo de aceptar la propuesta presentada por esta Alcaldía, sobre la construcción de otra casa escuela en un solar de propiedad en el sitio de la calle Misericordia de esta villa, antes las necesidades que presentan los niños de este Municipio, en la gran labor que desarrolla las primeras enseñanzas escolares.

   Al mes siguiente de mayo, de nuevo esta Alcaldía recibe otra Circular de parte de la Sesión de Fomento e Instrucción, con la siguiente notificación: Sírvase a ustedes en participar a este Municipio que el solar que pertenece a este Ayuntamiento a fin que se destine en el uso de este edificio para Escuela pública de ambos sexos, y para las habitaciones de los maestros encargados de la primera enseñanza, es en efecto una casa solar que existe en la calle Larga de este pueblo, que perteneció a los bienes del secuestro de Don Carlos, y como caso extraordinario, mediante exige las Leyes actuales se podrán utilizar para este fin el citado solar, sus condiciones y linderos, así como su valor en venta y renta, y sobre todo las circunstancia que esta Alcaldía juzgaran conveniente.

   La Comisión de la Policía Urbana local, de este Ayuntamiento, manifiesta, que actualmente se ha consignado la suma de 350 reales, en el presupuesto adicional como es el destino del alumbrado de las casas Capitulares y plaza pública, además se acordado decir que el alumbrado de la Oficina Municipal debe de ser pagado por los fondos destinados a la Secretaría.

   Igualmente. los Regidores don Manuel Toro, como Primer Teniente Alcalde y don Ildefonso Feria como segundo, son los encargados del nombramiento del nuevo alumbrador público y sereno, encargado de encender las farolas de aceite y luego pagarla al señor Juan Agustín Moro, que ha cumplido con el Servicio Militar obligatorio, con la asignación de 134 reales mensuales.

   La Secretaría de Fomento y Montes, se dirige a este Ayuntamiento, confirmando que los Montes Propios están declarados como bienes sociales y económicos de este pueblo, es considerados suficientes por parte del Ingeniero Jefe de este Distrito, donde exige el cuidado y mantenimiento del todo el pinar del Estado en la consiguiente regla que deben de tomarse. Comenzando desde los primeros días del mes de enero del año entrante de 1861, este Ayuntamiento realizará el oportuno expediente para la subasta del piñón, que serán destinados para la siembra, junto con el que será vendido para el consumo humano y confecciones culinarias, que serán recolectados por los vecinos autorizados por esta Alcaldía para luego su venta.

   El 20 de diciembre, varios vecinos domiciliado, oriundos de La Palma que se dirige a la Alcaldía Constitucional de Bonares, Juan y Sebastián García Infantes, (Mi bisabuelo) con el respeto debido exponemos, que habiéndose rematar el ramo de la “carne de hebra” para el consumo del presente año, con libertad de la venta al por menor y salada, donde a primero de enero, se encontrarán presente en un puesto público alojado en la Plaza de Consumo, ( en aquellos años, estaba expuesta provisionalmente en la misma del Ayuntamiento, que se ponía y recogía diariamente, incluido la feria de octubre, con capea de novillos incluida), habiendo de abonar 36 céntimos por cada libra que se venda, dentro del arbitrio acordado por el arrendamiento Municipal del ramo.

   Se le has concedido por aprobación concederle el citado remate. Dado que la segunda oferta presentada es el don Cristóbal Pérez Suarez, que ha presentado satisfacer el pago de 33 céntimos por cada libra de la citada carne de hebra.

   Al mismo tiempo los hermanos, Juan y Sebastián García por ser matarifes, y propietario de varias piaras de cabras, de ovejas y de cerdos se quedan con el remate del degüello, y peso de la romana de los animales que se sacrifiquen en la Casa-Matadero, tras tener que abonar 2760 reales anuales a este Ayuntamiento.

     José García Díaz.

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